Adjudicación de Destinos. Concursillo. Concurso de Traslados 16-17. Cuerpo de Maestros

  • Publicación de Adjudicación de Destinos. Concursillo (Publicado el 24 de agosto de 2017, a las 14:30 horas).

Adjudicación de Destinos. Concursillo. Pestaña 14.

Cambios-Provincia-2017-MaestrosCambios de provincia autorizados: Pestaña 9

ConcursoTraslados16-17_Maestros

Resumen Publicación Adjudicación definitiva Destinos Concurso Traslados del Cuerpo de Maestros de:

[Avila] [Burgos] [Leon] [Palencia] [Salamanca] [ Soria] [Valladolid] [Zamora]

PUBLICACIÓN DISPONIBILIDAD FECHA PUBLICACIÓN OBSERVACIONES
Normas Prodecimentales Orden EDU/1596/2016 Publicado BOE 05-10-16 Ámbito estatal
Convocatoria Orden EDU/885/2016 Publicado BOCyL 27-10-16 Plazo presentación: 8 al 28 noviembre
Baremo Provisional Participantes Publicado 31-01-2017 Plazo alegaciones: 7 días naturales.
Baremo Definitivo Participantes Publicado 27-02-2017 No hay plazo reclamaciones- Contencioso
Plantillas y Vacantes Provisionales Publicado 14-02-2017 Plazo reclamación vacantes 10 días
Adjudicación Provisional del Concurso Publicado 14 de marzo Alegaciones y/o renuncias
Plantillas y Vacantes Definitivas Publicado 5 de abril No hay reclamación. Recurso de Reposición o Contencioso
Adjudicación definitiva del Concurso Publicado 17 mayo Recurso de Reposición o Contencioso.
Concursillo. Convocatoria Publicado 7 de junio Plazo 8 al 19 de junio
Concursillo. Participantes Provisional Publicado 14 julio 17 al 20 julio
Concursillo. Vacantes Definitiva Publicado 21 julio Peticiones 22 y 23
Concursillo. Adjudicación Definitiva Publicado 24 agosto No hay reclamación. Recurso de Reposición o Contencioso

CUERPO DE MAESTROS. ADJUDICACIÓN DE DESTINOS:

La  Documento PDF Resolución de 24 de agosto de 2017, de la Dirección General de Recursos Humanos (144.6 KB) (2 páginas)  resuelve la adjudicación de los destinos que han correspondido a los funcionarios de carrera del cuerpo de maestros, que participaron en el procedimiento autonómico de provisión de puestos para su ocupación temporal, en comisión de servicios, para el curso escolar 2017/2018.

Anexos que acompañan a la resolución:


CONCURSILLO: CUERPO DE MAESTROS

FECHA PREVISTA

PUBLICACIÓN DE VACANTES

LUNES

21 DE AGOSTO DE 2017

PLAZO PARA REALIZAR LA PETICIÓN DE VACANTES

MARTES y MIÉRCOLES

22 y 23 DE AGOSTO DE 2017 (36 horas)

ADJUDICACIÓN DE VACANTES

JUEVES

24 DE AGOSTO DE 2017

  • Publicación de Vacantes. CUERPO DE MAESTROS: Publicado el 21 de agosto de 2017, a las 14:00 horas
  • Petición martes 22 (8:00h) hasta miércoles 23 (20:00h). Adjudicación viernes 24

 Documento PDF Resolución de 21 de agosto de 2017, de la Dirección General de Recursos Humanos (139.2 KB) (2 páginas)  , de la Consejería de Educación, por la que se aprueba la relación de vacantes y posibles resultas del cuerpo de maestros derivadas del procedimiento autonómico de provisión de puestos para su ocupación temporal, en comisión de servicios, para el curso escolar 2017/2018.

La  Documento PDF Resolución de 10 de agosto de 2017, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación (23 KB) (2 páginas)  aprueba los listados definitivos de aspirantes admitidos y excluidos en el procedimiento autonómico de provisión de puestos para su ocupación temporal, en comisión de servicios, por funcionarios de carrera de los cuerpos docentes de enseñanzas no universitarias dependientes de la Consejería de Educación, convocado por la Resolución 31 de mayo de 2017, de la citada dirección general.

 

Anexos que acompañan a la Resolución:

Publicado el 14 de julio de 2017, a las 13:00 horas

CUERPO MAESTROS: LISTADOS PROVISIONALES

La  Documento PDF Resolución de 13 de julio de 2017, de la Dirección General de Recursos Humanos (24.3 KB) (2 páginas)  aprueba las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos en el procedimiento autonómico de provisión de puestos para su ocupación temporal, en comisión de servicios, por funcionarios de carrera de los cuerpos docentes de enseñanzas no universitarias dependientes de la Consejería de Educación, convocado por la Resolución 31 de mayo de 2017.

Plazo para la presentación de subsanaciones y alegaciones:

Del 17 al 20 de julio de 2017 (ambos incluidos).

Provisión de Puestos para su Ocupación Temporal por Funcionarios de Carrera. Convocatoria 2017 /2018 (cambios con respecto a cursos pasados). 

  • Solamente se entrega la solicitud indicado que deseas participar en el concursillo (antes del 19 de junio)
  • La relación de vacantes y las posibles resultas se publicará en la segunda quincena de agosto.
  • Se establecerá un plazo (36 horas) para efectuar la petición a través unicamente de la aplicación informática.
CONVOCATORIA:

La  Documento PDF Resolución de 31 de mayo de 2017, de la Dirección General de Recursos Humanos (3.2 MB) (15 páginas)  (BOCYL de 7 de junio de 2017) convoca, para el curso escolar 2017/2018, procedimiento autonómico de provisión de puestos para su ocupación temporal, en comisión de servicios, por funcionarios de carrera de los cuerpos docentes de enseñanzas no universitarias dependientes de la Consejería de Educación.

Plazo de presentación de solicitudes: Del 8 al 19 de junio de 2017 (ambos incluidos).

Se recomienda la lectura de los siguientes ficheros antes de proceder a la cumplimentación de la solicidutd:

Solicitud:

La cumplimentación de la solicitud deberá efectuarse obligatoriamente a través de la aplicación informática habilitada al efecto (apartado 3.1 de la convocatoria):

acceso aplicacion. Este enlace se abrirá en una ventana nueva

(Disponible desde el día 8 de junio de 2017, fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes)

De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4.2.b de la Resolución de convocatoria, la solicitud puede presentarse de forma electrónica a través del siguiente enlace:

Acceso al contenido en la web de la Sede Electrónica. Este enlace se abrirá en una ventana nueva

INFORMACIÓN DE INTERÉS:

  • Correo electrónico: (Apartado 3.5 de la convocatoria): De conformidad con la Orden EDU/1044/2016, de 12 de diciembre, relativa al uso del correo electrónico «@educa.jcyl.es» como medio de comunicación en el ámbito de la educación no universitaria, al cumplimentar la solicitud en la aplicación informática únicamente se admitirá este correo asociado a la cuenta de usuario del Portal de Educación de la Junta de Castilla y León, al ser necesario para el acceso privado a la aplicación informática de petición de vacantes a través del Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).

 


RESOLUCIÓN de 31 de mayo de 2017, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se convoca, para el curso escolar 2017/2018, procedimiento autonómico de provisión de puestos para su ocupación temporal, en comisión de servicios, por funcionarios de carrera de los cuerpos docentes de enseñanzas no universitarias dependientes de la Consejería de Educación.

 

El apartado 2.5 del Acuerdo de 19 de mayo de 2006, de mejora de las condiciones laborales y profesionales del personal docente de centros públicos de enseñanzas escolares de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, publicado por Orden EDU/862/2006, de 23 de mayo, recoge el compromiso de la Consejería de Educación, previa negociación con las organizaciones sindicales, de regular un procedimiento autonómico objetivo de provisión de puestos con carácter temporal para los funcionarios de carrera de los diferentes cuerpos docentes de enseñanzas no universitarias con el propósito de conciliar la vida personal, familiar y laboral.

Anualmente y desde el año 2008 se ha venido convocando dicho procedimiento.

Como en años anteriores, este proceso se realizará mediante un sistema informático, conjugando los principios administrativos de eficacia y economía procesal y garantizando al mismo tiempo la transparencia e igualdad en el acceso a estos puestos.

El proceso se estructurará en dos partes, con dos plazos diferenciados, siendo la primera la presentación de solicitudes de participación, y la segunda la relativa a la petición de vacantes concretas y posibles resultas.

De conformidad con la Orden EDU/106/2016, de 19 de febrero, por la que se regula la obligatoriedad de cumplimentar y presentar mediante aplicativo informático la solicitud de participación en determinados procesos de selección y provisión de puestos de trabajo docentes en los centros públicos no universitarios y servicios de apoyo a los mismos dependientes de la consejería competente en materia de educación, este proceso incluye la obligatoriedad de cumplimentar la solicitud a través de una aplicación informática acorde con el impulso del empleo y aplicación de las técnicas y medios electrónicos.

En consecuencia y de conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Decreto 45/2015, de 23 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación

RESUELVO

Primero. Objeto.

1. El objeto de la presente resolución es convocar, para el curso escolar 2017/2018, procedimiento autonómico de provisión de puestos para su ocupación temporal, en comisión de servicios, por funcionarios de carrera de los cuerpos docentes de enseñanzas no universitarias dependientes de la Consejería de Educación.

2. Este proceso comprenderá la presentación de la solicitud de participación y la petición de las plazas vacantes y, en su caso, resultas que se oferten, actuaciones que se efectuarán en los diferentes plazos indicados en los apartados tercero.10 y quinto.1, respectivamente.

Segundo.– Requisitos de participación.

1. Podrán participar en esta convocatoria los funcionarios de carrera de los cuerpos docentes de enseñanzas no universitarias dependientes de la Consejería de Educación que cumplan los siguientes requisitos:

  • a) Pertenecer a uno de los siguientes cuerpos:

 

  • 1.º Catedráticos de enseñanza secundaria (cuerpo 0511).
  • 2.º Profesores de enseñanza secundaria (cuerpo 0590).
  • 3.º Profesores técnicos de formación profesional (cuerpo 0591).
  • 4.º Catedráticos de escuelas oficiales de idiomas (cuerpo 0512).
  • 5.º Profesores de escuelas oficiales de idiomas (cuerpo 0592).
  • 6.º Profesores de música y artes escénicas (cuerpo 0594).
  • 7.º Catedráticos de artes plásticas y diseño (cuerpo 0513).
  • 8.º Profesores de artes plásticas y diseño (cuerpo 0595).
  • 9.º Maestros de taller de artes plásticas y diseño (cuerpo 0596).
  • 10.º Maestros (cuerpo 0597).
    • b) Encontrarse en situación de servicio activo o excedencia por cuidado de familiares en el cuerpo desde el que se participa en el presente procedimiento, sin perjuicio de lo dispuesto en el punto 2.
    • c) Acreditar a 31 de agosto de 2017 la prestación de servicios efectivos como funcionario de carrera durante, al menos, los dos cursos inmediatamente anteriores a esa fecha, en el cuerpo desde el que se participa. A estos efectos, el tiempo de permanencia en la situación de excedencia para cuidado de familiares, regulada en el artículo 92 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, tendrá la consideración de servicios efectivos prestados en el correspondiente cuerpo.
    • d) Poseer los requisitos de habilitación o especialización y, en su caso, de acreditación, necesarios para el desempeño de los puestos solicitados.
    • Cuando los puestos requieran acreditación de la competencia lingüística además de poseer la habilitación o ser titular de la especialidad correspondiente, deberá haberse obtenido la acreditación de la competencia lingüística en el oportuno idioma:
  • 1.º En el caso del cuerpo de maestros, en aplicación de las siguientes convocatorias:
    • 1.º 1. Resoluciones de 14 de noviembre de 2011, de 29 de octubre de 2012, de 7 de noviembre de 2013, de 27 de octubre de 2014, de 16 de octubre de 2015, y de 24 de octubre de 2016, de la Dirección General de Recursos Humanos («Boletines Oficiales de Castilla y León» de 16 de noviembre de 2011, de 8 de noviembre de 2012, de 15 de noviembre de 2013, de 5 de noviembre de 2014, de 27 de octubre de 2015 y de 3 noviembre de 2016, respectivamente).
    • 1.º 2. Órdenes de 11 de julio de 2012 y de 25 de junio de 2013, de la Consejería de Educación, por las que se resuelven la primera y segunda fase, respectivamente, del procedimiento extraordinario de la acreditación de la competencia lingüística en lengua inglesa, para impartir áreas no lingüísticas en educación primaria en los programas de educación bilingüe de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, convocado por la Orden EDU/344/2012, de 18 de mayo.
    • 1.º 3. Orden de 25 de junio de 2013, de la Consejería de Educación, por la que se resuelve el procedimiento extraordinario para la obtención de la acreditación de la competencia lingüística en lengua francesa, para impartir áreas no lingüísticas en educación primaria en los programas de educación bilingüe de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, convocado por la Orden EDU/693/2012, de 23 de agosto.
    • 1.º 4. Orden de 1 de octubre de 2013, de la Consejería de Educación, por la que se resuelve la convocatoria de las pruebas extraordinarias para la obtención de la acreditación de la competencia lingüística en lengua inglesa y en lengua francesa, para impartir áreas no lingüísticas en educación primaria en los programas de educación bilingüe en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, convocadas por la Orden EDU/673/2013, de 14 de agosto.
    • 1.º 5. Orden de 29 de septiembre de 2014, de la Consejería de Educación, por la que se resuelve la convocatoria de las pruebas extraordinarias para la obtención de la acreditación de la competencia lingüística en lengua inglesa y en lengua francesa, para impartir áreas no lingüísticas en Educación Primaria en los programas de educación bilingüe de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, convocada por la Orden EDU/76/2014, de 5 de febrero.
  • 2.º En el caso del resto de cuerpos, en aplicación de las Resoluciones de 23 de octubre de 2009, de 11 de noviembre de 2010, de 14 de noviembre de 2011, de 29 de octubre de 2012, de 7 de noviembre de 2013, de 27 de octubre de 2014, de 16 de octubre de 2015 y de 24 de octubre de 2016, de la Dirección General de Recursos Humanos («Boletines Oficiales de Castilla y León» de 3 de noviembre de 2009, 24 de noviembre de 2010, 16 de noviembre de 2011, 8 de noviembre de 2012, 15 de noviembre de 2013, 5 de noviembre de 2014, 27 de octubre de 2015 y de 3 noviembre de 2016, respectivamente).
    • e) No estar incurso en la tramitación de un expediente disciplinario por falta grave o muy grave, o cumpliendo sanción con motivo de los mismos, ni haber sido sancionado por falta grave o muy grave en los últimos seis años.
    • f) Haber participado en el concurso de traslados convocado por la Orden EDU/885/2016, de 13 de octubre, para el cuerpo de maestros, o en el convocado por la Orden EDU/886/2016, de 13 de octubre, para el resto de cuerpos, debiéndose dar además los siguientes supuestos:
  • 1.º No haber sido excluido del citado concurso.
  • 2.º No haber presentado renuncia a su participación.
  • 3.º No haber obtenido destino definitivo como consecuencia de su resolución.
  • 4.º No obtener, en su caso, cambio de provincia.
    • g) No desempeñar el cargo de director durante el curso escolar 2017/2018.
    • h) No haber obtenido una comisión de servicios para el curso 2017/2018 a través de un procedimiento distinto al establecido en la presente resolución.
    • i) No haber obtenido una licencia por estudios de carácter anual para el curso escolar 2017/2018.
    • j) No disfrutar del quinto año del permiso parcialmente retribuido en el curso académico 2017/2018.

    2. A los efectos previstos en las letras b), c) y f) del punto 1, no se considerará cambio de cuerpo la integración de los funcionarios de los cuerpos de profesores en los correspondientes cuerpos de catedráticos.

    3. No podrán participar en el presente procedimiento los funcionarios dependientes de otras Administraciones educativas que presten servicios temporalmente, en régimen de comisión de servicios, en centros dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León.

    4. Todos los requisitos señalados en el punto 1, deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta su nombramiento, salvo lo indicado en la letra b) respecto de la excedencia por cuidado de familiares que estará condicionada al reingreso al servicio activo con la fecha límite de 31 de agosto de 2017, la letra c) relativa a la acreditación de la prestación de servicios efectivos como funcionarios a 31 de agosto de 2017, y en las letras g), h), i) y j) que se entenderán cumplidos con el inicio del curso 2017/2018.

    Tercero.– Solicitudes de participación y documentación.

    1. Conforme a lo dispuesto en la Orden EDU/106/2016, de 19 de febrero, por la que se regula la obligatoriedad de cumplimentar y presentar mediante aplicativo informático la solicitud de participación en determinados procesos de selección y provisión de puestos de trabajo docentes en los centros públicos no universitarios y servicios de apoyo a los mismos dependientes de la Consejería competente en materia de educación, quienes deseen participar en esta convocatoria deberán presentar una única solicitud que figura como Anexo I en el caso de participar desde el cuerpo de maestros, o como Anexo II en el supuesto de participar desde otros cuerpos, cuya cumplimentación obligatoriamente deberá efectuarse a través de la aplicación informática disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).

    No obstante, para la obtención de destino, deberán realizar posteriormente la petición de vacantes conforme se indica en el apartado sexto.

    2. La solicitud generada por la aplicación informática se dirigirá al Director General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación y podrá presentarse, en su caso, junto con la documentación indicada en el punto 8, por uno de los siguientes medios:

    • a) De manera presencial. En el registro de la Consejería de Educación, ubicado en la Avenida de Monasterio de Ntra. Sra. de Prado, s/n, Valladolid 47014, en los registros de las direcciones provinciales de educación o en cualquiera de los registros y demás lugares a que se refiere el artículo el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • El participante deberá imprimir y firmar la solicitud al objeto de ser presentada en los lugares antes indicados, siendo válidos como resguardo acreditativo de la presentación, una copia sellada de la solicitud o el justificante de presentación expedido por la oficina de registro electrónico.
    • Si, en uso de este derecho, la solicitud y, en su caso, la documentación a aportar, fuera remitida a través de una oficina de correos, será necesaria su presentación en sobre abierto para que sea fechada y sellada por el empleado de correos antes de que se proceda a su certificación.
    • b) De forma electrónica. Para ello, los solicitantes deberán disponer de DNI electrónico o de cualquier certificado electrónico expedido por entidad prestadora del servicio de certificación que haya sido previamente reconocido por esta Administración y sea compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas.
    • Las entidades prestadoras del servicio al que se refiere el párrafo anterior reconocidas por la Junta de Castilla y León, figuran en una relación actualizada publicada en la web de la Junta de Castilla y León .
    • Los interesados que dispongan de los medios indicados podrán cursar sus solicitudes, junto, en su caso, con la documentación correspondiente, que se digitalizará y aportará como archivo anexo a la solicitud, a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León sin perjuicio de la posibilidad de requerir al particular la exhibición del documento o información original.
    • El registro electrónico emitirá automáticamente un resguardo acreditativo de la presentación consistente en una copia auténtica de la solicitud que incluye la fecha, hora y número de entrada de registro, así como un resumen acreditativo tanto de la presentación de la solicitud como de la documentación que, en su caso, acompañe a la misma.
    • Esta copia está configurada de forma que puede ser impresa o archivada por el interesado, garantizando la identidad del registro y teniendo valor de recibo de presentación. La falta de recepción del mensaje de confirmación o, en su caso, la aparición de un mensaje de error o deficiencia de transmisión implica que no se ha producido la recepción correctamente, debiendo realizarse la presentación en otro momento o utilizando otros medios disponibles.

    3. En el supuesto de presentarse más de una solicitud, prevalecerá la solicitud presentada en último lugar, conforme a la fecha y hora que conste en el correspondiente registro.

    4. La cumplimentación informática de la solicitud no sustituye la obligatoriedad de la presentación de la misma en las formas indicadas en el punto 2.

    5. De conformidad con la Orden EDU/1044/2016, de 12 de diciembre, relativa al uso del correo electrónico «@educa.jcyl.es» como medio de comunicación en el ámbito de la educación no universitaria, al cumplimentar la solicitud en la aplicación informática únicamente se admitirá este correo asociado a la cuenta de usuario del Portal de Educación de la Junta de Castilla y León, al ser necesario para el acceso privado a la aplicación informática de petición de vacantes a través del Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).

    Asimismo, la citada dirección de correo electrónico servirá para recibir información de utilidad relacionada con los actos derivados de este proceso y en especial con la fecha de petición de vacantes indicada en el apartado sexto.

    6. No se tendrá en cuenta ninguna solicitud que no esté cumplimentada a través de la citada aplicación y, en consecuencia, cuando la presentación se efectúe de manera presencial no se admitirán enmiendas, tachaduras ni modificaciones manuales de los datos informáticos que aquélla contenga, aunque se lleven a cabo dentro del plazo de presentación de solicitudes.

    7. En la página de inicio de la aplicación se podrá consultar y descargar un manual de usuario en el que se explican los pasos a seguir para cumplimentar la solicitud.

    8. Conforme a lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la Consejería de Educación recabará de manera electrónica los datos relativos a la identidad del participante salvo oposición expresa manifestada en la solicitud en cuyo caso deberá aportar copia del documento nacional de identidad.

    9. Los solicitantes consignarán al menos una de las especialidades de las que sean titulares o, en el caso de maestros, de las que estén habilitados, por orden de preferencia y conforme a los códigos facilitados por la aplicación informática.

    El número máximo de especialidades que los participantes pueden consignar será de diez en el cuerpo de maestros y de cuatro en el de otros cuerpos.

    Dichas especialidades se tendrán en cuenta en los casos de solicitar la continuidad en el puesto indicada en el apartado sexto.8.

    10. El plazo de presentación de solicitudes será del 8 al 19 de junio de 2017.

    11. Cualquier dato omitido, incompleto o consignado erróneamente por el interesado y que afecte a la adjudicación, no podrá ser invocado por éste a efectos de futuras reclamaciones ni considerar, por tal motivo, lesionados sus intereses y derechos.

    12. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se admitirá ninguna solicitud, ni se podrá efectuar modificación alguna de la misma.

    13. Hasta el momento de la finalización del plazo de petición de vacantes quienes hayan presentado solicitud podrán desistir del proceso, bastando para ello con no realizar ninguna petición de vacantes en la aplicación informática.

    Si finalizado el mencionado plazo se hubiese realizado alguna petición en la citada aplicación, se entenderá que participa en este proceso pudiendo serle adjudicado un destino.

    Cuarto.– Listados de admitidos y excluidos.

    1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Recursos Humanos publicará en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación la resolución por la que se apruebe la lista provisional de admitidos con indicación de su destino definitivo o provisional, puntuación y especialidades solicitadas, así como la lista de excluidos con mención expresa de los motivos de exclusión. En la misma fecha en que se efectúe dicha publicación, esta resolución también será objeto de publicidad a través del Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).

    La citada resolución establecerá el correspondiente plazo para que los aspirantes puedan subsanar el defecto que motivó la omisión o exclusión, mediante escrito dirigido al Director General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación (Avenida Nuestra Señora de Prado s/n, 47014 Valladolid), pudiendo ser presentadas preferentemente en el registro de la Consejería de Educación o en las demás dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

    2. Analizada la documentación presentada, la Dirección General de Recursos Humanos dictará la correspondiente resolución aprobando los listados definitivos de admitidos y excluidos, que se publicarán en los correspondientes tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación y, en la misma fecha, se dará publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).

    Contra dicha resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, cabrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el Director General de Recursos Humanos en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo nombre de Valladolid en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación.

    3. En los listados mencionados en los puntos 1 y 2 se incluirán, además de los datos en ellos indicados, el nombre, apellidos y DNI de los participantes.

    4. Asimismo, con el objeto de dar la mayor publicidad, el contenido de los listados antes citados podrán ser consultados en el servicio telefónico de información y atención al ciudadano 012 (para llamadas desde fuera de la Comunidad de Castilla y León 983 327 850).

    Quinto.– Vacantes.

    1. En esta convocatoria se ofertarán los puestos vacantes así como los que resulten del presente procedimiento, cuya cobertura se considere necesaria, de acuerdo con la planificación educativa existente, para el curso 2017/2018, en el momento de su publicación de acuerdo con la organización de grupos, horarios, ciclos y actividades educativas que se programen en los centros educativos.

    La relación de vacantes así como de las posibles resultas derivadas de los participantes que hubieran presentado la solicitud indicada en el apartado tercero, se determinará en la segunda quincena del mes de agosto de 2017, mediante resolución de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación que será objeto de publicidad en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es), estableciendo el correspondiente plazo, no inferior a 36 horas, para efectuar las correspondientes peticiones conforme se indica en el apartado sexto.

    No obstante y con carácter previo a dicha publicidad, el 17 de agosto de 2017 se anunciarán en los lugares antes indicados la fecha exacta en la que se harán públicas las mencionadas vacantes y posibles resultas.

    2. Se eliminarán aquellas vacantes anunciadas cuando se produzca un error de definición en las mismas o se trate de una plaza cuyo funcionamiento no esté previsto en la planificación educativa.

    3. Asimismo, se podrán eliminar o modificar las resultas como consecuencia de la no obtención de destino del titular del correspondiente puesto o por planificación educativa.

    Sexto.– Peticiones de vacantes.

    1. Los aspirantes que presentaron la solicitud de participación indicada en el apartado tercero deberán realizar la correspondiente petición de vacantes obligatoriamente a través de la aplicación informática disponible en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es) con acceso privado.

    Dichas peticiones así efectuadas supondrán la correcta presentación de las mismas ante la Administración sin necesidad de su registro.

    Únicamente se considerarán como válidas las peticiones consignadas en el último acceso a la citada aplicación.

    En la página de inicio de la aplicación se podrá consultar y descargar un manual de usuario en el que se explican los pasos a seguir para cumplimentar las peticiones de vacantes y resultas.

    2. Los aspirantes consignarán por orden de preferencia en la aplicación informática, los puestos a los que deseen optar, siempre que cumplan los requisitos necesarios para ello, utilizando el código identificativo que aparezca en la relación de vacantes y resultas.

    3. En el cuerpo de maestros, únicamente podrán solicitar plazas de Formación Profesional Básica aquellos que cumplan con lo indicado en el apartado b) de la disposición transitoria segunda del Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

    4. Para solicitar puestos con acreditación de la competencia lingüística deberá poseerse la habilitación o ser titular de la especialidad correspondiente y la acreditación de dicha competencia lingüística en el oportuno idioma obtenida conforme al apartado segundo.1.d).

    En el cuerpo de maestros deberá tenerse presente que las plazas de inglés de los centros acogidos al convenio con el «British Council» requerirán la habilitación en la especialidad en lengua extranjera: inglés y la acreditación lingüística en dicho idioma.

    Las acreditaciones derivadas de dichas convocatorias serán incorporadas de oficio por la Administración.

    5. Podrán solicitarse los puestos correspondientes al cuerpo de maestros configurados con otras asignaturas complementarias o de horario compartido con otra u otras especialidades siempre que el solicitante tenga reconocidos los requisitos necesarios para impartirlas.

    En el resto de cuerpos, se podrán solicitar los puestos con asignaturas complementarias o de horario compartido con otra u otras especialidades afines en el mismo centro, siempre que el aspirante posea la primera especialidad por el que esté definido el puesto.

    6. Los participantes con destino definitivo no podrán solicitar puestos de los centros ubicados en la localidad donde radique dicho destino.

    7. Los participantes con destino provisional no podrán solicitar puestos de los centros ubicados en la localidad del destino obtenido en los actos provinciales de adjudicación de destinos provisionales para el curso 2017/2018.

    8. Sin perjuicio de lo indicado anteriormente, los funcionarios que obtuvieron destino en el anterior procedimiento convocado por la Resolución de 30 de mayo de 2016, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación, podrán solicitar y, en su caso, obtener la continuidad en el mismo puesto para el siguiente curso escolar 2017/2018, si así lo manifiestan en la petición de vacantes, siempre que cumplan los requisitos de esta convocatoria y no exista resolución desestimatoria de la dirección provincial de educación emitida a partir de informe motivado desfavorable del director del centro.

    En caso de emitirse informe desfavorable por el director del centro, que deberá estar suficientemente motivado, se dará traslado del mismo al interesado con el fin de efectuar las correspondientes alegaciones en el plazo de cinco días hábiles. Dicho informe junto con las alegaciones, será remitido al titular de la dirección provincial de educación para su resolución en el plazo de cinco días hábiles. Contra dicha resolución, que no pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes ante el correspondiente Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León.

    La continuidad estará condicionada a la existencia de vacante o resulta, o a que la plaza no sea solicitada por otro funcionario con mayor derecho que el interesado en los actos provinciales de adjudicación de destinos provisionales, de acuerdo con las prioridades que se determinen en las Instrucciones que dicte la Dirección General de Recursos Humanos para regular el inicio del curso escolar 2017/2018, por lo que no generará derecho alguno a favor del solicitante.

    Para optar a la continuidad en el mismo puesto asignado durante el curso 2016/2017, deberá indicarlo en el apartado correspondiente, procediendo la aplicación informática a incorporar el puesto o puestos de la especialidad por la que ha sido nombrado en dicho curso aun teniendo otras características. En el caso de puestos bilingües dicha incorporación requerirá el mantenimiento de ese carácter.

    En el caso de existir varios participantes que soliciten la continuidad en el mismo puesto se tendrá en cuenta los criterios de desempate indicados en el segundo párrafo del apartado séptimo.1.

    No obstante, quienes soliciten la continuidad y en previsión de la no concesión de la misma podrán hacer uso de la petición de vacantes y posibles resultas señalada en este apartado.

    9. En cualquier caso, se entenderán solicitados por los aspirantes exactamente los puestos a que correspondan los códigos consignados en su petición de vacantes.

    Cualquier dato omitido, incompleto o consignado erróneamente por el interesado y que afecte a la adjudicación, no podrá ser invocado por éste a efectos de futuras reclamaciones ni considerar, por tal motivo, lesionados sus intereses y derechos.

    10. Finalizado el plazo de presentación de peticiones de vacantes no se admitirá ningún cambio en las mismas.

    11. Los participantes admitidos en este proceso que no realicen ninguna petición de vacantes en la aplicación informática se entenderá que desisten de su participación y deberán ocupar su destino definitivo o, en su caso, el provisional que obtuvieron en los actos provinciales de adjudicación de destinos provisionales para el curso 2017/2018.

    Séptimo.– Procedimiento para la adjudicación de puestos.

    1. Sin perjuicio de la posibilidad de la continuidad en el puesto indicada en el apartado sexto.8, la aplicación informatizada efectuará las adjudicaciones conforme a las especialidades señaladas en la solicitud indicada en el apartado tercero, a las peticiones consignadas por el aspirante conforme a lo recogido en el apartado sexto, teniendo en cuenta la puntuación obtenida por cada participante en el concurso de traslados convocado por la Orden EDU/885/2016, de 13 de octubre, para el cuerpo de maestros, o en el convocado por la Orden EDU/886/2016, de 13 de octubre, para el resto de cuerpos.

    En el caso de que se produzcan empates, éstos se resolverán conforme a los criterios de desempate que se establecen en los apartados de la convocatoria de los citados concursos.

    2. Aun cuando se concurra a plazas de diferentes especialidades, solamente podrá obtenerse un único destino.

    Octavo.– Resolución del procedimiento.

    1. Una vez realizado el proceso informático de adjudicación, y de manera separada, para el cuerpo de maestros y para el resto de cuerpos docentes, la Dirección General de Recursos Humanos dictará, en el plazo máximo de 24 horas desde la finalización del plazo para la cumplimentación de peticiones, las correspondientes resoluciones de adjudicación de destinos que se publicarán antes del 1 de septiembre de 2017, junto a los anexos con los listados de adjudicación, así como los de desistimientos, eliminaciones o modificaciones de vacantes o resultas.

    La citada resolución así como los anexos mencionados únicamente se publicarán en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación, siendo objeto de publicidad, en la misma fecha, en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).

    Contra dicha resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, cabrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el Director General de Recursos Humanos en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo nombre de Valladolid en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación.

    2. En los anexos mencionados en el punto 1 se incluirán, al menos, el nombre, apellidos y DNI de los participantes y, según proceda, la puntuación, las especialidades consignadas y el destino adjudicado o su denegación.

    3. Asimismo, con el objeto de dar la mayor publicidad, el contenido de todos los anexos antes citados podrán ser consultados en el servicio telefónico de información y atención al ciudadano 012 (para llamadas desde fuera de la Comunidad de Castilla y León 983 327 850).

    4. Se podrán anular los destinos adjudicados como consecuencia de cambios sobrevenidos que pudieran afectar tanto a la propia vacante o resulta como a las características de aquélla, y que sean consecuencia de la planificación educativa en relación con la organización de grupos, horarios, ciclos o actividades educativas. A los participantes afectados se les ofertará, en caso de ser posible, otra plaza de características similares.

    Noveno.– Irrenunciabilidad de los destinos.

    Una vez hecha pública la adjudicación de la plaza, no se aceptará la renuncia al destino obtenido, salvo por razones del servicio o por situaciones excepcionales, cuya valoración corresponderá a la Dirección General de Recursos Humanos previo informe, en su caso, de la dirección provincial de educación correspondiente.

    Los destinos adjudicados serán considerados de carácter voluntario y, en consecuencia, no generarán derecho al abono de la indemnización en concepto alguno, sin perjuicio de las excepciones previstas en el régimen de indemnizaciones por razón del servicio.

    Décimo.– Nombramiento e incorporación al destino.

    1. El Director General de Recursos Humanos nombrará en comisión de servicios a los participantes que hayan obtenido destino mediante el presente procedimiento.

    El nombramiento en puestos de las secciones bilingües y lingüísticas implicará la obligatoriedad de impartir las horas del idioma de las mismas. En caso de no completar horario con las horas de las áreas o materias no lingüísticas propias de dichas secciones se impartirán horas no bilingües, de acuerdo con los criterios de elección de horarios establecidos por la normativa de aplicación.

    2. No obstante, se podrá revocar el nombramiento al constatarse el incumplimiento de alguno de los apartados de esta convocatoria. Sin perjuicio de la posible incursión en responsabilidad disciplinaria, aquellos participantes a los que, en su caso, se revoque la comisión de servicios por causas imputables al propio interesado, no podrán volver a solicitar plazas en virtud de este procedimiento de provisión durante los cinco cursos siguientes a la fecha en que se haga efectiva dicha revocación.

    3. La comisión de servicios tendrá efectos desde el 1 de septiembre de 2017 hasta el 31 de agosto de 2018.

    4. En las resoluciones de la Dirección General de Recursos Humanos por las que se resuelvan las adjudicaciones de destinos se indicarán las fechas de incorporación a los mismos, sin perjuicio del deber de participar en los centros en los que estuvieran destinados durante el curso 2016/2017 en las labores de evaluación de los alumnos.

    Undécimo.– Elección de horarios y grupos.

    1. La adjudicación de plaza mediante esta convocatoria, implicará la renuncia expresa del interesado al orden de prelación que la normativa establece para la elección de horarios y grupos en el centro al que sea destinado.

    2. Deberá realizar dicha elección inmediatamente después de los funcionarios docentes destinados definitiva y provisionalmente en dicho centro y con anterioridad, en su caso, a los funcionarios en prácticas y a los funcionarios interinos, sin perjuicio de lo indicado en el apartado décimo.1 en relación con las enseñanzas bilingües.

    3. En el supuesto de que dos o más funcionarios nombrados en comisión de servicios entren en concurrencia en esa elección, la prelación vendrá dada por el orden establecido en el apartado séptimo.1, sin perjuicio del derecho preferente en la elección de horarios reconocida a los funcionarios que pertenecen al cuerpo de catedráticos únicamente para este supuesto.

    Contra la presente resolución que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo nombre de Valladolid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 8.2, 14.2 y 46 de le Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

    Con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición, ante el Director General de Recursos Humanos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Valladolid, 31 de mayo de 2017.

    El Director General de Recursos Humanos, Fdo.: Jesús Manuel Hurtado Olea

Documento PDF Corrección de errores (48.7 KB) (2 páginas)  de la Resolución de 7 de junio de 2017, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación, por la que se aprueba la relación de funcionarios del cuerpo de maestros pendientes de adjudicación de destino provisional para el curso 2017/2018, con indicación de la provincia a la que quedan adscritos.

Los anexos resultantes, una vez incorporada la corrección de errores, son los siguientes:

Cambios-Provincia-2017-Maestros


La  Documento PDF Resolución de 7 de junio de 2017, de la Dirección General de Recursos Humanos (58.6 KB) (2 páginas)  por la que se aprueba la relación de funcionarios del Cuerpo de Maestros pendientes de adjudicación de destino provisional para el curso 2017/2018, con indicación de la provincia a la que quedan adscritos.

Anexos que acompañan a la Resolución:

Anexos que acompañan a la Resolución:


RESOLUCIÓN de 9 de mayo de 2017, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se publica la parte dispositiva de la Orden 9 de mayo de 2017, de la citada Consejería, por la que se adjudican con carácter definitivo los destinos correspondientes al concurso de traslados de ámbito estatal, entre los funcionarios pertenecientes al cuerpo de maestros, para la provisión de plazas en la Comunidad de Castilla y León, convocado por la Orden EDU/885/2016, de 13 de octubre.

  • Resumen-CT2017-Definitivo-Maestros

[Avila] [Burgos] [Leon] [Palencia] [Salamanca] [ Soria] [Valladolid] [Zamora]

RELACIÓN DEFINITIVA:

La  Documento PDF Resolución de 28 de marzo de 2017, de la Dirección General de Recursos Humanos (752.4 KB) (3 páginas)  (BOCYL de 5-abr-2017) publica la parte dispositiva de la Resolución de la misma fecha y Dirección General, por la que se aprueba la definitiva de vacantes a ofertar en el concurso de traslados, de ámbito estatal, convocado por la Orden EDU/885/2016, de 13 de octubre, entre los funcionarios pertenecientes al cuerpo de maestros, y la modificación definitiva de las unidades y puestos de determinados centros públicos de educación infantil, primaria y especial, centros de educación obligatoria, institutos de educación secundaria y centros de educación de personas adultas pertenecientes al citado cuerpo.

Anexos que acompañan a la resolución:

  • Centros públicos de E. Infantil, Primaria y Especial y Centros de Educación Obligatoria con puestos de trabajo vacantes de carácter ordinario y singular/itinerante:  Documento PDF Anexo I def. (206.9 KB) (17 páginas) 
  • Institutos de Educación Secundaria con puestos de trabajo vacantes en los cursos primero y segundo de la Educación Secundaria Obligatoria de carácter ordinario y singular/itinerante: Documento PDF Anexo II def. (49.9 KB) (3 páginas) 
  • Centros de Educación de Personal Adultas con puestos de trabajo vacantes de carácter ordinario y singular/itinerante: Documento PDF Anexo III def. (43.4 KB) (3 páginas) 
  • Relación de Centros Públicos de E. Infantil, Primaria, Especial y Obligatoria con indicación de aquellos puestos que se definen como ordinarios y singulares/itinerantes: Documento PDF Anexo IV def. (339.5 KB) (57 páginas) 
  • Relación de Institutos de Educación Secundaria, con indicación de aquellos puestos que se definen como ordinarios y singulares/itinerantes:  Documento PDF Anexo V def. (79.6 KB) (18 páginas) 
  • Relación centros de Educación de Personas Adultas, con indicación de aquellos puestos que se definen como ordinarios y singulares/itinerantes:  Documento PDF Anexo VI def. (16.5 KB) (3 páginas) 

ConcursoTraslados15-16_Maestros

La  Documento PDF Resolución de 13 de marzo de 2017, de la Dirección General de Recursos Humanos (75.3 KB) (3 páginas)  adjudica con carácter provisional los destinos correspondientes al concurso de traslados de ámbito estatal, entre los funcionarios pertenecientes al cuerpo de maestros, para la provisión de puestos de trabajo en la Comunidad de Castilla y León, convocado por la Orden EDU/885/2016, de 13 de octubre.

Alegaciones y renuncias:

Plazo para la presentación de alegaciones: del 15 al 29 de marzo de 2017 (ambos incluidos).

En el citado plazo, únicamente quienes hayan participado voluntariamente en dicha convocatoria, hayan obtenido o no destino provisional, podrán presentar renuncia total a su participación en el concurso, debiendo utilizar el modelo siguiente:  Documento PDF Anexo VII_Modelo de renuncia (57.6 KB) (1 página) 

Anexos que acompañan a la resolución:

  • Relaciones de destinos provisionales en las diversas convocatorias:

RELACIÓN PROVISIONAL:

Resolución de 14 de febrero de 2017, de la Dirección General de Recursos Humanos (179 KB) (3 páginas)  por la que se aprueba la relación provisional de vacantes a ofertar en el concurso de traslados, de ámbito estatal, convocado por la Orden EDU/885/2016, de 13 de octubre, entre los funcionarios pertenecientes al cuerpo de maestros, y la modificación provisional de las unidades y puestos de determinados centros públicos de educación infantil, primaria y especial, centros de educación obligatoria, institutos de educación secundaria y centros de educación de personas adultas pertenecientes al citado cuerpo.
  • Centros públicos de E. Infantil, Primaria y Especial y Centros de Educación Obligatoria con puestos de trabajo vacantes de carácter ordinario y singular/itinerante:  Documento PDF Anexo I (203.3 KB) (16 páginas) 
  • Institutos de Educación Secundaria con puestos de trabajo vacantes en los cursos primero y segundo de la Educación Secundaria Obligatoria de carácter ordinario y singular/itinerante: Documento PDF Anexo II (49.9 KB) (3 páginas) 
  • Centros de Educación de Personal Adultas con puestos de trabajo vacantes de carácter ordinario y singular/itinerante: Documento PDF Anexo III (43.7 KB) (3 páginas) 
  • Relación de Centros Públicos de E. Infantil, Primaria, Especial y Obligatoria con indicación de aquellos puestos que se definen como ordinarios y singulares/itinerantes: Documento PDF Anexo IV (339.5 KB) (57 páginas) 
  • Relación de Institutos de Educación Secundaria, con indicación de aquellos puestos que se definen como ordinarios y singulares/itinerantes:  Documento PDF Anexo V (79.6 KB) (18 páginas) 
  • Relación centros de Educación de Personas Adultas, con indicación de aquellos puestos que se definen como ordinarios y singulares/itinerantes:  Documento PDF Anexo VI (16.5 KB) (3 páginas) 

Concurso de Traslados. Maestros. Curso 2016/2017. Relación Definitiva de Participantes

De acuerdo con lo dispuesto en la Apartado 21.2 de la Orden EDU/885/2016, de 13 de octubre, por la que se convoca, en el curso 2016/2017, concurso de traslados de ámbito estatal, entre los funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Maestros, para la provisión de plazas en la Comunidad de Castilla y León, se expone la relación definitiva de participantes.

Contra esta relación definitiva no podrá efectuarse alegación alguna debiendo esperarse a la publicación de la resolución por la que la Dirección General de Recursos Humanos apruebe la adjudicación provisional de destinos.

Relaciones definitivas expuestas:

De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 21 de la Orden EDU/885/2016, de 13 de octubre (BOCYL del 27) por la que se convoca, en el curso 2016/2017, concurso de traslados de ámbito estatal entre los funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Maestros para la provisión de plaza en la Comunidad de Castilla y León, se expone la Relación provisional de participantes.

Se establece un plazo de 7 días naturales para que los interesados presenten alegaciones o subsanen los méritos alegados y no justificados: del 1 al 7 de febrero de 2017, ambos incluidos.

 

Relaciones provisionales expuestas:

ORDEN EDU/885/2016, de 13 de octubre, por la que se convoca, en el curso 2016/2017, concurso de traslados de ámbito estatal, entre los funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Maestros, para la provisión de plazas en la Comunidad de Castilla y León.

acceso. Este enlace se abrirá en una ventana nueva

INFORMACIÓN DESTACADA

El acceso a la aplicación estará disponible desde el día 8 de noviembre de 2016, primer día del plazo de solicitud.

De acuerdo con lo establecido en el apartado 12.1 de la orden de convocatoria, la solicitud se cumplimentará obligatoriamente a través de esta aplicación informática.

Apartado 13.1 de la orden de convocatoria: «… no será necesaria la presentación de los documentos justificativos de las actividades de formación que se ajusten a los apartados 5.1 y 5.2 del anexo III que figuren inscritos en el Registro de Formación Permanente del Profesorado de Castilla y León en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes»

Podrá consultar el Registro de Formación Permanente siguiendo las instrucciones de este enlace: registro de formaciónEste enlace se abrirá en una ventana nueva

Plazo de presentación de solicitudes: Del 8 al 28 de noviembre de 2016 (ambos incluidos)

Anexos que acompañan a la convocatoria:

Cuerpos de funcionarios docentes
Orden ECD/1596/2016, de 23 de septiembre, por la que se establecen las normas procedimentales aplicables a los concursos de traslado de ámbito estatal, que deben convocarse durante el curso 2016/2017, para personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa. (BOE 05/10/16)
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4 Respuestas

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    Publicarán el concurso antes de comunicarnos la resolución de la fase de practicas? Qué pasaría si le dan destino a alguien que luego obtiene un «no apto»?
    Saludos.

  3. VIRGINIA dice:

    Me gustaría saber si van a organizar reuniones informativas en las diferentes provincias. Un saludo.

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