Eliminación del uso obligatorio de las mascarillas. Modificación de los protocolos de los centros

ELIMINACIÓN DEL USO OBLIGATORIO DE LAS MASCARILLAS. Modificación de los protocolos en los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2021/2022

La evolución epidemiológica, así como la reciente publicación de la nueva Estrategia de vigilancia y control frente a covid-19 tras la fase aguda de la pandemia de 23 de marzo de 2022 han permitido avanzar en la desescalada, haciendo necesario el ajuste en los centros educativos de las medidas establecidas para la comunidad educativa durante el final del curso académico 2021-2022.

No obstante, no debemos bajar la guardia, haciéndose necesario el mantenimiento de algunas de las medidas organizativas y preventivas para garantizar la seguridad de toda la comunidad educativa en lo que resta de curso, manteniendo la especial atención a las personas vulnerables del entorno escolar, y que podrán ser adaptadas según indique la autoridad sanitaria.

Ante la nueva modificación de la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 establecida por el Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, se hace necesario adaptar las medidas de carácter preventivo que afecten a las actividades realizadas en centros educativos que para este ámbito se concretan en:

  • No será obligatorio el uso de la mascarilla por parte del alumnado y del personal del centro educativo a excepción de las personas de seis años en adelante que quedan obligadas al uso de mascarilla en el transporte escolar.
  • Se recomienda el uso responsable de la mascarilla en espacios cerrados cuando haya personas vulnerables y no se pueda mantener la distancia de seguridad de 1,5 m.

Una vez que ha sido modificado el Protocolo de Prevención y Organización de los centros educativos para el curso escolar 2021-2022, se hace preciso concretar algunos de los aspectos en él recogidos, que por su singularidad o especificidad requieren de un mayor detalle, como son la gestión de los servicios complementarios de comedor y transporte, así como la ampliación de las medidas para la realización de determinadas actividades que se desarrollan en los centros educativos relativas a madrugadores, tardes en el cole o el desarrollo de las actividades extraescolares u otras actividades permitidas en los centros educativos.

Todo ello sin menoscabo del cumplimiento del resto de medidas recogidas en el Protocolo que sean de aplicación en las aulas o espacios en las se presten los servicios o se desarrollen las actividades anteriormente señaladas.

  1. Comedores
  2. Transporte
  3. Madrugadores y tardes en el cole.
  4. Actividades extraescolares.
    A.- Medidas Generales
    B.- Medidas específicas
           B1.- Tipos de agrupamientos
           B.2.- Requisitos de participación
           B.3.- Condiciones de realización
  5. Desarrollo de otras actividades autorizadas en los centros educativos.
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