Novedades en permisos y derechos de conciliación modificados por el Real Decreto Ley 5-2023

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El Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio que ha modificado los permisos recogidos en el EBEP (Estatuto Básico del Empleado Público)

  • Estos permisos laborales que iba a establecer la ley de familias (no aprobada por el adelanto electoral) son permisos retribuidos de cuatro y cinco días al año por causas de fuerza mayor y por cuidado de familiares, respectivamente, y también de otro de ocho semanas (no retribuidas) para cuidado de los hijos.

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  • Cinco días retribuidos
    El permiso de cinco días al año para que los trabajadores cuiden a familiares a su cargo será remunerado y podrá utilizarse en caso de accidente o enfermedad grave de un familiar, así como si este familiar necesita hospitalización o va a ser intervenido quirúrgicamente sin que lo ingresen en el hospital, pero con necesidad de guardar reposo.

 

  • Cuatro días retribuidos
    El permiso de cuatro días al año incluirá remuneración y se podrá disfrutar en casos «de fuerza mayor». Esta licencia permitirá a padres y madres ausentarse del trabajo cuando haya motivos familiares urgentes, como una enfermedad sobrevenida del menor que le impida terminar su jornada escolar.

 

  • Nuevo permiso parental de 8 semanas, NO retribuidas
    Se introduce un nuevo artículo (48 bis) que establece que las personas trabajadoras tendrán derecho a un permiso parental de un máximo de 8 semanas, continuas o discontinuas, para el cuidado de hijo, hija o menor acogido por tiempo superior a un año, hasta el momento en que el menor cumpla 8 años.
    Este permiso podrá disfrutarse a tiempo completo, o en régimen de jornada a tiempo parcial y constituye un derecho individual de las personas trabajadoras, hombres o mujeres, por lo que no puede transferirse su ejercicio de un progenitor al otro.

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Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea.

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