Proyectos mejora centros educativos. Convocatoria 14-15
- 40 proyectos seleccionados (27 Primaria, 13 Secundaria) y 116 proyectos desestimados en la convocatoria 14-15
ORDEN EDU/687/2015, de 11 de agosto, por la que se resuelve la convocatoria de selección de proyectos educativos para la mejora en centros docentes públicos de la Comunidad de Castilla y León, regulados en la Orden EDU/1065/2014, de 10 de diciembre, correspondiente al curso escolar 2014-2015.
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Mediante la Orden EDU/331/2015, de 24 de abril, se convoca el proceso de selección de proyectos educativos para la mejora en centros docentes públicos de la Comunidad de Castilla y León, regulados en la Orden EDU/1065/2014, de 10 de diciembre, correspondiente al curso escolar 2014-2015, modificada por Orden EDU/384/2015, de 8 de mayo, («B.O.C. y L.» n.º 83, de 5 de mayo y n.º 89, de 13 de mayo, respectivamente).
Examinados y valorados los proyectos presentados por la comisión de selección y seguimiento constituida al efecto, conforme al apartado sexto de la orden de convocatoria, en atención a los criterios de valoración establecidos en el apartado séptimo de la citada orden, con la relación ordenada de proyectos por orden de puntuación obtenida y vista la propuesta motivada del Director General de Política Educativa Escolar, conforme establece el apartado octavo de la orden de convocatoria,
RESUELVO
Primero.– Seleccionar los cuarenta proyectos educativos para la mejora en centros docentes públicos que han obtenido mayor puntuación, y que se relacionan en el Anexo I, ordenados por modalidad y puntuación obtenida, así como con las cuantías de las aportaciones económicas para cada uno de ellos, de conformidad con lo dispuesto en el apartado décimo de la orden de convocatoria.
Segundo.– Desestimar los proyectos educativos para la mejora en centros docentes públicos que se relacionan en el Anexo II, por las causas que en él se detallan.
Tercero.– De acuerdo con lo establecido en el apartado noveno de la orden de convocatoria, los centros docentes públicos seleccionados formalizarán un compromiso educativo para la ejecución del proyecto en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, mediante la firma de un documento entre el centro seleccionado y la dirección provincial de educación correspondiente.
Contra la presente orden que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el Consejero de Educación o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Valladolid, 11 de agosto de 2015.
El Consejero, Fdo.: Fernando Rey Martínez
ANEXO I
PROYECTOS EDUCATIVOS PARA LA MEJORA SELECCIONADOS EN LA CONVOCATORIA 2014-2015
PUNTUACIÓN: Puntuación del proyecto.
CUANTÍA: Aportación económica expresada en euros.
MODALIDAD: PRIMARIA
N.º | CÓDIGO | PROVINCIA | CENTRO | LOCALIDAD | PUNTUACIÓN | CUANTÍA |
---|---|---|---|---|---|---|
1 | 24005446 | LEÓN | CEIP PONCE DE LEÓN | LEÓN | 94 | 3.361,13 |
2 | 24018283 | LEÓN | CRA HOSPITAL DE ÓRBIGO | HOSPITAL DE ÓRBIGO | 91 | 3.253,87 |
3 | 34002010 | PALENCIA | CEIP ALONSO BERRUGUETE | PAREDES DE NAVA | 90 | 3.218,11 |
4 | 05005991 | ÁVILA | CRA VETONIA | POYALES DEL HOYO | 87 | 3.110,84 |
5 | 24018052 | LEÓN | CRA BABIA | HUERGAS DE BABIA | 87 | 3.110,84 |
6 | 40002200 | SEGOVIA | CEIP MIGUEL DE CERVANTES | NAVALMANZANO | 86 | 3.075,09 |
7 | 05002345 | ÁVILA | CRA ALTO GREDOS | HOYOS DEL ESPINO | 86 | 3.075,09 |
8 | 37008291 | SALAMANCA | CEIP MIGUEL HERNÁNDEZ | S. MARTA DE TORMES | 86 | 3.075,09 |
9 | 40002443 | SEGOVIA | CEIP MARQUÉS DEL ARCO | S. CRISTÓBAL DE SEGOVIA | 86 | 3.075,09 |
10 | 24005495 | LEÓN | CEIP SAN ISIDORO | LEÓN | 85 | 3.039,33 |
11 | 47003350 | VALLADOLID | CEIP MACÍAS PICAVEA | VALLADOLID | 85 | 3.039,33 |
12 | 24005896 | LEÓN | CEIP ANTONIO GLEZ. DE LAMA | LEÓN | 84 | 3.003,57 |
13 | 40003381 | SEGOVIA | CEIP SANTA EULALIA | SEGOVIA | 84 | 3.003,57 |
14 | 47001559 | VALLADOLID | CEIP TIERRA DE PINARES | MOJADOS | 84 | 3.003,57 |
15 | 47011267 | VALLADOLID | CEIP KANTIC@ARROYO | ARROYO DE LA ENCOMIEN. | 84 | 3.003,57 |
16 | 09006497 | BURGOS | CEIP NTRA.SRA. DE LAS ALTICES | VILLASANA DE MENA | 83 | 2.967,82 |
17 | 40004831 | SEGOVIA | CRA RETAMA | CHAÑE | 83 | 2.967,82 |
18 | 47002588 | VALLADOLID | CEIP ISABEL DE CASTILLA | SERRADA | 82 | 2.932,06 |
19 | 24003322 | LEÓN | CEIP M.A.CANO POBLACIÓN | CISTIERNA | 82 | 2.932,06 |
20 | 37000929 | SALAMANCA | CEIP LA ANTIGUA | BÉJAR | 82 | 2.932,06 |
21 | 37009520 | SALAMANCA | CRA DOMINGO DE GUZMÁN | DOÑINOS DE SALAMANCA | 82 | 2.932,06 |
22 | 49004187 | ZAMORA | CEIP SANSUEÑA | SANTIBÁÑEZ DE VIDRIALES | 82 | 2.932,06 |
23 | 24016286 | LEÓN | CEIP SAN MIGUEL ARCÁNGEL | CIÑERA | 81 | 2.896,31 |
N.º | CÓDIGO | PROVINCIA | CENTRO | LOCALIDAD | PUNTUACIÓN | CUANTÍA |
24 | 40002431 | SEGOVIA | CEIP ATALAYA | PALAZUELOS DE ERESMA | 81 | 2.896,31 |
25 | 09012281 | BURGOS | CEIP GLORIA FUERTES | VILLALBILLA DE BURGOS | 80 | 2.860,56 |
26 | 42002574 | SORIA | CEIP LOS DOCE LINAJES | SORIA | 80 | 2.860,56 |
27 | 40003320 | SEGOVIA | CEIP MARTÍN CHICO | SEGOVIA | 79 | 2.824,79 |
MODALIDAD: SECUNDARIA
N.º | CÓDIGO | PROVINCIA | CENTRO | LOCALIDAD | PUNTUACIÓN | CUANTÍA |
---|---|---|---|---|---|---|
1 | 05000294 | ÁVILA | IES JUANA DE PIMENTEL | ARENAS DE SAN PEDRO | 100 | 3.575,67 |
2 | 49007164 | ZAMORA | IES VALVERDE DE LUCERNA | PUEBLA DE SANABRIA | 86 | 3.075,09 |
3 | 40004257 | SEGOVIA | IES DUQUE DE ALBURQUER. | CUÉLLAR | 83 | 2.967,82 |
4 | 37009921 | SALAMANCA | IES G. TORRENTE BALLESTER | S. MARTA DE TORMES | 83 | 2.967,82 |
5 | 42003268 | SORIA | IES GAYA NUÑO | ALMAZÁN | 82 | 2.932,06 |
6 | 05006429 | ÁVILA | IESO S. JUAN DE LA CRUZ | FONTIVEROS | 81 | 2.896,31 |
7 | 09008937 | BURGOS | IES DR SANCHO DE MATIENZO | VILLASANA DE MENA | 81 | 2.896,31 |
8 | 24022195 | LEÓN | CIFP TECNOLÓGICO INDUSTR. | LEÓN | 81 | 2.896,31 |
9 | 47007306 | VALLADOLID | IES CAMPOS Y TOROZOS | MEDINA DE RIOSECO | 81 | 2.896,31 |
10 | 47010950 | VALLADOLID | CIFP JUAN DE HERRERA | VALLADOLID | 81 | 2.896,31 |
11 | 49007619 | ZAMORA | IESO LOS SALADOS | BENAVENTE | 81 | 2.896,31 |
12 | 24006049 | LEÓN | IES ORDOÑO II | LEÓN | 80 | 2.860,56 |
13 | 47004706 | VALLADOLID | IES LA MERCED | VALLADOLID | 80 | 2.860,56 |
ANEXO II
PROYECTOS EDUCATIVOS PARA LA MEJORA DESESTIMADOS EN LA CONVOCATORIA 2014-2015
1) POR INSUFICIENTE PUNTUACIÓN
N.º | MODALIDAD | CÓDIGO | PROVINCIA | CENTRO | LOCALIDAD | PUNTUACIÓN |
---|---|---|---|---|---|---|
1 | PRIMARIA | 49006214 | ZAMORA | CEIP HOSPITAL DE LA CRUZ | TORO | 78 |
2 | PRIMARIA | 05006090 | ÁVILA | CRA MORAÑA BAJA | MAMBLAS | 76 |
3 | PRIMARIA | 09008676 | BURGOS | CRA VALLE DEL RIAZA | MILAGROS | 76 |
4 | SECUNDARIA | 37010078 | SALAMANCA | IES TIERRAS DE ABADENGO | LUMBRALES | 76 |
5 | PRIMARIA | 40004981 | SEGOVIA | CEIP LAS CAÑADAS | TRESCASAS | 76 |
6 | PRIMARIA | 49010722 | ZAMORA | CEIP MORALES DEL VINO | MORALES DEL VINO | 76 |
7 | PRIMARIA | 05004780 | ÁVILA | CEIP JUAN LUIS VIVES | SOTILLO DE LA ADRADA | 75 |
8 | PRIMARIA | 05000521 | ÁVILA | CEIP REINA FABIOLA | ÁVILA | 75 |
9 | SECUNDARIA | 05001547 | ÁVILA | IES HERMENEGILDO M. BORRO | CEBREROS | 75 |
10 | SECUNDARIA | 24018741 | LEÓN | IESO DE LA POLA DE GORDÓN | LA POLA DE GORDÓN | 75 |
11 | SECUNDARIA | 24005987 | LEÓN | IES LEGIO VII | LEÓN | 75 |
12 | SECUNDARIA | 24005355 | LEÓN | IES A. GARCÍA BELLIDO | ARMUNIA | 75 |
13 | PRIMARIA | 34000992 | PALENCIA | CEIP EL OTERO | GUARDO | 75 |
14 | SECUNDARIA | 37002227 | SALAMANCA | IES FRAY DIEGO TADEO GLEZ. | CIUDAD RODRIGO | 75 |
15 | PRIMARIA | 24015397 | LEÓN | CEIP MARTÍN MONREAL | VILLAREJO DE ÓRBIGO | 74 |
16 | SECUNDARIA | 24016584 | LEÓN | IES FUENTESNUEVAS | FUENTES NUEVAS | 73 |
17 | PRIMARIA | 37008631 | SALAMANCA | CEIP MIGUEL DE CERVANTES | GUIJUELO | 72 |
18 | PRIMARIA | 40004890 | SEGOVIA | CRA EL CARRACILLO | SANCHONUÑO | 72 |
19 | PRIMARIA | 47007151 | VALLADOLID | CRA ENTREVIÑAS | FUENSALDAÑA | 72 |
20 | PRIMARIA | 47001511 | VALLADOLID | CEIP EL PRADO | MEGECES | 72 |
21 | SECUNDARIA | 05006399 | ÁVILA | IES MARÍA DE CÓRDOBA | LAS NAVAS DEL MARQUÉS | 71 |
22 | SECUNDARIA | 24016225 | LEÓN | IES ÁLVARO YÁÑEZ | BEMBIBRE | 71 |
23 | PRIMARIA | 34001042 | PALENCIA | CEIP LAS ROZAS | GUARDO | 71 |
24 | SECUNDARIA | 40000835 | SEGOVIA | IES CAUCA ROMANA | COCA | 71 |
25 | SECUNDARIA | 40002169 | SEGOVIA | IES JAIME GIL DE BIEDMA | NAVA DE LA ASUNCIÓN | 71 |
26 | SECUNDARIA | 47001353 | VALLADOLID | IESO CIGALES | CIGALES | 71 |
27 | SECUNDARIA | 47011188 | VALLADOLID | IES ALEJANDRÍA | TORDESILLAS | 71 |
28 | SECUNDARIA | 24022250 | LEÓN | CIFP CIUDAD DE LEÓN | LEÓN | 69 |
N.º | MODALIDAD | CÓDIGO | PROVINCIA | CENTRO | LOCALIDAD | PUNTUACIÓN |
29 | PRIMARIA | 24005252 | LEÓN | CEIP PADRE MANJÓN | ARMUNIA | 69 |
30 | SECUNDARIA | 47006673 | VALLADOLID | IES JUAN DE JUNI | VALLADOLID | 69 |
31 | PRIMARIA | 42001909 | SORIA | CEIP VIRGEN DE OLMACEDO | ÓLVEGA | 68 |
32 | PRIMARIA | 47001328 | VALLADOLID | NTRA. SRA. DE LAS MERCEDES | MEDINA DEL CAMPO | 67 |
33 | SECUNDARIA | 24018210 | LEÓN | IES VADINIA | CISTIERNA | 67 |
34 | PRIMARIA | 40004971 | SEGOVIA | CRA EL PINAR | NAVAS DE ORO | 67 |
35 | PRIMARIA | 47007215 | VALLADOLID | CRA LA ESGUEVA | ESGUEVILLAS DE ESGUEVA | 67 |
36 | SECUNDARIA | 24017916 | LEÓN | IES EUROPA | PONFERRADA | 67 |
37 | SECUNDARIA | 47005863 | VALLADOLID | IES PINAR DE LA RUBIA | VALLADOLID | 66 |
38 | SECUNDARIA | 24001106 | LEÓN | CEO SAN JUAN | BENAVIDES DE ÓRBIGO | 66 |
39 | PRIMARIA | 24010077 | LEÓN | CEIP TREPALIO | TROBAJO DEL CAMINO | 66 |
40 | PRIMARIA | 34002563 | PALENCIA | CEIP HÉROES DE LA INDEPENDEN. | TORQUEMADA | 66 |
41 | PRIMARIA | 40000422 | SEGOVIA | CEIP CARDENAL CISNEROS | BOCEGUILLAS | 66 |
42 | PRIMARIA | 40004361 | SEGOVIA | CEIP SAN GIL | CUÉLLAR | 66 |
43 | PRIMARIA | 40000616 | SEGOVIA | CEIP SAN JUAN BAUTISTA | CARBONERO EL MAYOR | 66 |
44 | PRIMARIA | 40004968 | SEGOVIA | CRA CAMPOS CASTELLANOS | CANTIMPALOS | 66 |
45 | PRIMARIA | 47000075 | VALLADOLID | CEIP MIGUEL DELIBES | ALDEAMAYOR DE S. MARTÍN | 66 |
46 | SECUNDARIA | 49000391 | ZAMORA | IES LOS SAUCES | BENAVENTE | 66 |
47 | SECUNDARIA | 24000990 | LEÓN | IES EL SEÑOR DE BEMBIBRE | BEMBIBRE | 66 |
48 | SECUNDARIA | 47007291 | VALLADOLID | IES JUANA I DE CASTILLA | TORDESILLAS | 66 |
49 | SECUNDARIA | 05004846 | ÁVILA | IES CLAUDIO S. ALBORNOZ | EL TIEMBLO | 65 |
50 | PRIMARIA | 09007970 | BURGOS | CEIP MIGUEL DELIBES | BURGOS | 65 |
51 | SECUNDARIA | 24006128 | LEÓN | IES GINER DE LOS RÍOS | LEÓN | 65 |
52 | PRIMARIA | 37000942 | SALAMANCA | CEIP MARQUÉS DE VALERO | BÉJAR | 65 |
53 | SECUNDARIA | 47004706 | VALLADOLID | IES LA MERCED | VALLADOLID | 65 |
54 | SECUNDARIA | 47004706 | VALLADOLID | IES LA MERCED | VALLADOLID | 65 |
55 | PRIMARIA | 47005917 | VALLADOLID | CEIP NARCISO ALONSO CORTÉS | VALLADOLID | 65 |
56 | SECUNDARIA | 40004725 | SEGOVIA | IES VEGA DEL PIRÓN | CARBONERO EL MAYOR | 65 |
57 | PRIMARIA | 05006120 | ÁVILA | CRA ARTURO DUPERIER | LANZAHITA | 64 |
58 | SECUNDARIA | 09008378 | BURGOS | IES DIEGO DE SILOÉ | BURGOS | 64 |
59 | SECUNDARIA | 24008411 | LEÓN | IES VIRGEN DE LA ENCINA | PONFERRADA | 64 |
60 | SECUNDARIA | 37006014 | SALAMANCA | IES MATEO HERNÁNDEZ | SALAMANCA | 64 |
N.º | MODALIDAD | CÓDIGO | PROVINCIA | CENTRO | LOCALIDAD | PUNTUACIÓN |
61 | PRIMARIA | 40008433 | SEGOVIA | CEIP SAN JOSÉ | SEGOVIA | 64 |
62 | PRIMARIA | 47005887 | VALLADOLID | CEIP ANTONIO MACHADO | VALLADOLID | 64 |
63 | SECUNDARIA | 47004615 | VALLADOLID | IES ZORRILLA | VALLADOLID | 64 |
64 | SECUNDARIA | 24017904 | LEÓN | IES ERAS DE RENUEVA | LEÓN | 63 |
65 | SECUNDARIA | 24016481 | LEÓN | IES SAN ANDRÉS | VILLABALTER | 63 |
66 | SECUNDARIA | 37002197 | SALAMANCA | IES TIERRA DE CIUDAD RODRIGO | CIUDAD RODRIGO | 63 |
67 | SECUNDARIA | 37013341 | SALAMANCA | CIFP RÍO TORMES | SALAMANCA | 63 |
68 | SECUNDARIA | 40004750 | SEGOVIA | IES CATALINA DE LANCASTER | STA. M.ª LA REAL DE NIEVA | 63 |
69 | SECUNDARIA | 47002060 | VALLADOLID | IES PÍO DEL RÍO HORTEGA | PORTILLO | 63 |
70 | SECUNDARIA | 47006171 | VALLADOLID | IES ANTONIO TOVAR | VALLADOLID | 63 |
71 | SECUNDARIA | 47004913 | VALLADOLID | IES DELICIAS | VALLADOLID | 63 |
72 | PRIMARIA | 24018337 | LEÓN | CRA SANTA BÁRBARA | OLLEROS DE SABERO | 62 |
73 | SECUNDARIA | 49010655 | ZAMORA | IES POETA CLAUDIO RODRÍGUEZ | ZAMORA | 61 |
74 | SECUNDARIA | 24014150 | LEÓN | IES OBISPO ARGÜELLES | VILLABLINO | 61 |
75 | PRIMARIA | 34000013 | PALENCIA | CEIP CASTILLA Y LEÓN | AGUILAR DE CAMPOO | 61 |
76 | SECUNDARIA | 34003749 | PALENCIA | IES RECESVINTO | VENTA DE BAÑOS | 61 |
77 | PRIMARIA | 40002911 | SEGOVIA | CEIP LA PRADERA | VALSAIN | 61 |
78 | SECUNDARIA | 42003761 | SORIA | IES SANTA CATALINA | EL BURGO DE OSMA | 61 |
79 | PRIMARIA | 05001535 | ÁVILA | CEIP MORENO ESPINOSA | CEBREROS | 61 |
80 | PRIMARIA | 24005434 | LEÓN | CEIP LUIS VIVES | LEÓN | 60 |
81 | SECUNDARIA | 40004351 | SEGOVIA | IES EZEQUIEL GONZÁLEZ | SEGOVIA | 60 |
82 | PRIMARIA | 47003519 | VALLADOLID | CEIP ANTONIO ALLÚE MORER | VALLADOLID | 60 |
83 | PRIMARIA | 09003897 | BURGOS | CEIP LOS ÁNGELES | MIRANDA DE EBRO | 59 |
84 | SECUNDARIA | 09008366 | BURGOS | IES VELA ZANETTI | ARANDA DE DUERO | 59 |
85 | PRIMARIA | 47003295 | VALLADOLID | CEIP ISABEL LA CATÓLICA | VALLADOLID | 59 |
86 | PRIMARIA | 47007264 | VALLADOLID | CRA EL PÁRAMO | VILLANUBLA | 59 |
87 | SECUNDARIA | 47007409 | VALLADOLID | CEPA BERNAL DÍEZ DEL CASTILLO | MEDINA DEL CAMPO | 59 |
88 | PRIMARIA | 40008342 | SEGOVIA | CRA LOS ALMENDROS | LA LASTRILLA | 58 |
89 | SECUNDARIA | 37008436 | SALAMANCA | IES TOMÁS Y VALIENTE | PEÑARANDA DE BRACAM. | 58 |
90 | PRIMARIA | 47007331 | VALLADOLID | CRA LA VILLA | PEÑAFIEL | 57 |
91 | PRIMARIA | 24013224 | LEÓN | CEIP BERNARDINO PÉREZ | VALENCIA DE D. JUAN | 57 |
92 | SECUNDARIA | 40000550 | SEGOVIA | IES HOCES DEL DURATÓN | CANTALEJO | 57 |
N.º | MODALIDAD | CÓDIGO | PROVINCIA | CENTRO | LOCALIDAD | PUNTUACIÓN |
93 | PRIMARIA | 42000772 | SORIA | CEIP MANUEL RUIZ ZORRILLA | EL BURGO DE OSMA | 56 |
94 | PRIMARIA | 47011152 | VALLADOLID | CEIP MARGARITA SALAS | ARROYO DE LA ENCOMIEN. | 56 |
95 | SECUNDARIA | 24006050 | LEÓN | IES PADRE ISLA | LEÓN | 56 |
96 | PRIMARIA | 47006090 | VALLADOLID | CEIP LEÓN FELIPE | VALLADOLID | 54 |
97 | PRIMARIA | 47006429 | VALLADOLID | CEIP FCO. GINER DE LOS RÍOS | VALLADOLID | 54 |
98 | SECUNDARIA | 24018234 | LEÓN | IES SAHAGÚN | SAHAGÚN | 53 |
99 | SECUNDARIA | 37010017 | SALAMANCA | IES SENARA | BABILAFUENTE | 53 |
100 | SECUNDARIA | 47007057 | VALLADOLID | IES RÍO DUERO | TUDELA DE DUERO | 53 |
101 | SECUNDARIA | 05009571 | ÁVILA | IES JOSÉ LUIS. L. ARANGUREN | ÁVILA | 51 |
102 | SECUNDARIA | 40004521 | SEGOVIA | IES MARÍA ZAMBRANO | EL ESPINAR | 51 |
103 | PRIMARIA | 40003770 | SEGOVIA | CEO VIRGEN DE LA PEÑA | SEPÚLVEDA | 51 |
104 | SECUNDARIA | 49007486 | ZAMORA | IES ARRIBES DE SAYAGO | BERMILLO DE SAYAGO | 51 |
105 | SECUNDARIA | 37005939 | SALAMANCA | IES FEDERICO Gª BERNALT | SALAMANCA | 49 |
106 | PRIMARIA | 40004762 | SEGOVIA | CRA EL ENCINAR | LA LOSA | 49 |
107 | SECUNDARIA | 47006545 | VALLADOLID | IES RIBERA DE CASTILLA | VALLADOLID | 49 |
108 | SECUNDARIA | 24002160 | LEÓN | IES BERGIDUM FLAVIUM | CACABELOS | 49 |
109 | SECUNDARIA | 24018544 | LEÓN | IES FERNANDO I | VALENCIA DE D. JUAN | 48 |
110 | SECUNDARIA | 40003666 | SEGOVIA | IES MARÍA MOLINER | SEGOVIA | 48 |
111 | PRIMARIA | 24005604 | LEÓN | CEIP SAN CLAUDIO | LEÓN | 47 |
112 | SECUNDARIA | 24017734 | LEÓN | IES C. SÁNCHEZ ALBORNOZ | LEÓN | 44 |
113 | SECUNDARIA | 47011309 | VALLADOLID | IES JOSÉ JIMÉNEZ LOZANO | VALLADOLID | 41 |
114 | PRIMARIA | 49006251 | ZAMORA | CEIP LAS ERAS | BENAVENTE | 40 |
115 | SECUNDARIA | 09008536 | BURGOS | IES PINTOR LUIS SÁEZ | BURGOS | 37 |
2) POR PRESENTACIÓN FUERA DE PLAZO
N.º | MODALIDAD | CÓDIGO | PROVINCIA | CENTRO | LOCALIDAD | CAUSA |
---|---|---|---|---|---|---|
1 | PRIMARIA | 34000529 | PALENCIA | CEIP MARQUÉS SANTILLANA | CARRIÓN DE LOS CONDES | Fuera de plazo |
Solicitudes: quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden.
ATENCIÓN: modificación posterior (13-5-15) sobre la valoración. Ver dentro.
ORDEN EDU/331/2015, de 24 de abril, por la que se convoca el proceso de selección de proyectos educativos para la mejora en centros docentes públicos de la Comunidad de Castilla y León, regulados en la Orden EDU/1065/2014, de 10 de diciembre, correspondiente al curso escolar 2014-2015.
- BOCYL-D-05052015-10.pdf – 2820 KB
- BOCYL-D-05052015-10.doc – 189 KB
- BOCYL-D-05052015-10.html y otros formatos
-
MODIFICACIÓN POSTERIOR: «…Modificar el apartado séptimo.1 de la Orden EDU/331/2015, … añadiendo una letra e) con el siguiente texto: e) Los proyectos de centros que no haya suscrito previamente ningún contrato programa con la Administración educativa: 20 puntos.»:
La Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León, en su compromiso de lograr un sistema educativo de calidad, asume como objetivo fomentar el impulso e innovación de las acciones que desarrollen los centros sobre sus procesos educativos, permitiendo la mejora de los resultados y reforzando el desarrollo de modelos de reconocimiento diferenciados.
La Orden EDU/1065/2014, de 10 de diciembre, por la que se regulan los proyectos educativos para la mejora en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, establece en su artículo 2 que la finalidad de dichos proyectos es favorecer el proceso educativo del alumnado, a través de la intervención en los distintos ámbitos que incidan en los indicadores que cada centro se comprometa a mejorar, a partir de la realización de procesos de evaluación externos e internos. Asimismo, en su artículo 3, establece que la participación en los proyectos educativos para la mejora podrá solicitarse por los centros previa convocatoria pública de selección, y en el artículo 5 se determina que la financiación de los proyectos educativos para la mejora en los centros docentes públicos se instrumentarán mediante la suscripción de un compromiso educativo en los términos que se establezca en la correspondiente convocatoria.
Procede, por tanto, efectuar la convocatoria del proceso de selección de los proyectos educativos para la mejora en los centros docentes públicos de la Comunidad de Castilla y León, correspondiente al curso 2014-2015.
En consecuencia, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León
RESUELVO
Primero.– Objeto.
La presente orden tiene por objeto convocar el proceso de selección de proyectos educativos para la mejora en centros docentes públicos de la Comunidad de Castilla y León, correspondiente al curso escolar 2014-2015, regulados en la Orden EDU/1065/2014, de 10 de diciembre, por la que se regulan los proyectos educativos para la mejora de los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.
Segundo.– Destinatarios.
1. Podrán presentarse a esta convocatoria, los centros docentes públicos de la Comunidad de Castilla y León que impartan educación primaria, secundaria y/o formación profesional.
2. El número de proyectos a seleccionar en la presente convocatoria vendrá determinado por la cuantía máxima individualizada de las ayudas, establecido en el apartado décimo de la presente orden, en relación con la financiación prevista en el mismo, sin que en ningún caso, atendiendo a las disponibilidades presupuestarias, supere los cuarenta proyectos.
Tercero.– Finalidad, objetivos, modalidades y contenido mínimo de los proyectos.
La finalidad, objetivos, modalidades y contenido mínimo de proyectos educativos para la mejora presentados se deberán ajustar a lo dispuesto en los artículos 2, 3 y 4 de la Orden EDU/1065/2014, de 10 de diciembre.
Cuarto.– Solicitudes y documentación.
1. Las solicitudes de participación se dirigirán al Excmo. Sr. Consejero de Educación y se formalizarán conforme al modelo que figura en el Anexo I, disponible también en la sede electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es), en el portal de educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es), en las Oficinas Generales, en la Departamental de la Consejería de Educación y en los Puntos de Información y Atención al Ciudadano de esta administración.
2. Las solicitudes podrán presentarse por algunos de los siguientes medios:
- a) Directamente en la dirección provincial de educación de la provincia que corresponda, o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- b) De forma electrónica. Para ello, los solicitantes deberán disponer de DNI electrónico, o de cualquier certificado electrónico que hayan sido previamente reconocido por esta Administración y sea compatible con los distintos elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas.
- Las entidades prestadoras del servicio al que se refiere el párrafo anterior reconocidas por la Junta de Castilla y León, figuran en una relación actualizada publicada en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).
- Las personas interesadas que dispongan de los medios indicados podrán cursar sus solicitudes, junto con el resto de la documentación que se digitalizará y aportará como archivos anexos a la solicitud, a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, sin perjuicio de la posibilidad de requerir al articular la exhibición del documento o información original, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.
- Las solicitudes así presentadas producirán los mismos efectos jurídicos que las formuladas de acuerdo con el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. El registro electrónico emitirá resguardo acreditativo de la presentación consistente en una copia auténtica de la solicitud que incluye la fecha, hora y número de entrada de registro, así como un resumen acreditativo tanto de la presentación de la solicitud como de los documentos que, en su caso, acompañen a la misma.
- Esta copia está configurada de forma que puede ser impresa o archivada por el interesado, garantizando la identidad del registro y teniendo valor de recibo de presentación. La falta de recepción del mensaje de confirmación o, en su caso, la aparición de un mensaje de error o deficiencia de transmisión implica que no se ha producido la recepción correctamente, debiendo realizarse la presentación en otro momento o utilizando otros medios disponibles.
3. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
- a) Proyecto educativo para la mejora conforme al modelo del Anexo II.
- b) Documentos en los que conste expresamente la aprobación del proyecto presentado por parte del claustro de profesores y del consejo escolar del centro, de acuerdo con el modelo de los Anexos III y IV, respectivamente.
4. En atención a lo establecido en el artículo 4.a) de la Orden EDU/1065/2014, de 10 de diciembre, en el caso de centros que no hayan participado en los procesos de evaluación previstos en la Orden EDU/958/2007, de 25 de mayo, por la que se aprueba el Modelo de Autoevaluación para Organizaciones Educativos de Castilla y León, la presentación de la solicitud supondrá la adquisición del compromiso de participar en estos procesos de evaluación en el caso de resultar seleccionados.
Quinto.– Plazo de presentación de solicitudes y subsanación de defectos.
1. El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en «Boletín Oficial de Castilla y León».
2. Las solicitudes y su documentación se remitirán al Servicio de Educación Infantil Básica y Bachillerato de la Dirección General de Política Educativa Escolar en un plazo máximo de cinco días hábiles desde su recepción.
3. De acuerdo con lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, si la solicitud no reuniese los requisitos exigidos en la presente orden, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días hábiles desde el día siguiente a la notificación de dicho requerimiento, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no se hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos del artículo 42 de la precitada ley.
Sexto.– Comisión de selección y seguimiento.
1. De conformidad con el artículo 7 de la Orden EDU/1065/2014, de 10 de diciembre, la selección y seguimiento de los proyectos educativos para la mejora se realizará por una comisión de selección y seguimiento constituida al efecto, integrada por los siguientes miembros:
- a) El Director General de Política Educativa Escolar o persona en quien delegue, que la presidirá.
- b) Dos funcionarios del Servicio de Educación Infantil Básica y Bachillerato de la Dirección General de Política Educativa Escolar, designados por su titular, uno de los cuales actuará como secretario.
- c) Dos funcionarios de la Consejería de Educación designados, uno, por el titular de la Dirección General de Innovación Educativa y Formación del Profesorado, y otro, por el titular de la Dirección General de Recursos Humanos.
- d) Dos representantes de centros docentes públicos que hayan formalizado contratos-programa en cursos anteriores, y no participen en la presente convocatoria, designados por el Director General de Política Educativa Escolar.
2. Para el desarrollo de sus funciones, la comisión de selección, podrá recabar la colaboración de las direcciones provinciales de educación a través de representantes provinciales designados por su titular.
3. A las reuniones de la comisión de selección podrán asistir, con voz pero sin voto, un representante de la organización sindical mayoritaria del profesorado de la enseñanza pública, un representante de cada una de las confederaciones de madres y padres de centros públicos más representativas y un representante de la organización más representativa entre el alumnado de los centros de enseñanza no universitaria.
Séptimo.– Criterios de valoración.
1. La valoración de los proyectos se realizará por la comisión de selección y seguimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la orden EDU/1065/2014, de 10 de diciembre, otorgando hasta un máximo de cien puntos, de acuerdo con los siguientes criterios de selección:
- a) Alumnado afectado por el proyecto y profesorado comprometido directamente en el mismo, de acuerdo con el contenido de la convocatoria: máximo 20 puntos distribuidos de la forma siguiente:
- 1.º Porcentaje de alumnos participantes en el proyecto sobre el total del alumnado matriculado en el centro: hasta 10 puntos:
- 1.º 1. Centros con un número de alumnos participantes en el proyecto inferior al 25%: 2 puntos.
- 1.º 2. Centros con un número de alumnos participantes en el proyecto entre el 25% y el 50%: 5 puntos.
- 1.º 3. Centros con un número de alumnos participantes en el proyecto entre el 51% y el 75%: 7 puntos.
- 1.º 4. Centros con un número de alumnos participantes en el proyecto superior al 75%: 10 puntos.
- 2.º Porcentaje de profesores implicados directamente en el proyecto sobre el total del profesorado centro: Hasta 10 puntos:
- 2.º 1. Centros con un número de profesores participantes en el proyecto inferior al 25%: 2 puntos.
- 2.º 2 Centros con un número de profesores participantes en el proyecto entre el 25% y el 50%: 5 puntos.
- 2.º 3 Centros con un número de profesores participantes en el proyecto entre el 51% y el 75%: 7 puntos.
- 2.º 4 Centros con un número de profesores participantes en el proyecto superior al 75%: 10 puntos.
- b) Los factores contextuales condicionantes del proyecto y la vinculación entre las propuestas y compromisos derivados y los objetivos generales de los proyectos educativos para la mejora: máximo 20 puntos, distribuidos de la forma siguiente:
- 1.º Factores condicionantes de la situación del centro: hasta 10 puntos:
- 1.º 1 Centros ubicados en localidades con población inferior a 20.000 habitantes: 2 puntos.
- 1.º 2 Centros con un porcentaje de alumnado que supera 6.º de educación primaria, con respecto al total del alumnado matriculado en dicho curso, inferior al 80% (modalidad de participación «Primaria»): 4 puntos.
- 1.º 3 Centros con un porcentaje de alumnado que titula en 4.º de ESO con respecto al total del alumnado matriculado en dicho curso, inferior al 80% (modalidad de participación «Secundaria»): 4 puntos.
- 1.º 4 Centros que han desarrollado procesos de autoevaluación: 4 puntos.
- 2.º Coherencia entre el diagnóstico de la situación del centro y los Objetivos, medidas y recursos propuestos y compromisos de mejora derivados de los mismos y su vinculación a los objetivos generales de los proyectos educativos para la mejora establecidos en el artículo 2 de la Orden EDU/1065/2014, de 10 de diciembre, por la que se regulan los proyectos educativos para la mejora en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León: Hasta 10 puntos:
- 2.º 1 Proyectos educativos para la mejora que incluyan acciones vinculadas a tres o menos de los objetivos establecidos en la Orden EDU/1065/2014: 5 puntos.
- 2.º 2 Proyectos educativos para la mejora que incluyan acciones vinculadas a cuatro o más de los objetivos establecidos en la Orden EDU/1065/2014: 10 puntos.
- c) Indicadores del nivel de logro de los compromisos de mejora adquiridos en el proyecto, que se valorarán en relación con la precisión en la formulación de los mismos y el grado de ajuste y coherencia con los objetivos del proyecto educativo para la mejora: Máximo 20 puntos, distribuidos de la forma siguiente:
- 1.º Muy buen nivel de precisión, ajuste y coherencia: 20 puntos.
- 2.º Buen nivel de precisión, ajuste y coherencia: 15 puntos.
- 3.º Correcto nivel de precisión, ajuste y coherencia: 10 puntos.
- 4.º Nivel de precisión, ajuste y coherencia mejorable: 5 puntos.
- d) La implicación y participación de la comunidad educativa del centro, expresada mediante el respaldo del consejo escolar del centro al proyecto, graduando la puntuación por tramos: máximo 20 puntos, distribuidos de la forma siguiente:
- 1.º Superior al 80%: 20 puntos.
- 2.º Entre el 60 y el 80%: 15 puntos.
- 3.º Inferior el 60 %: 10 puntos.
(ATENCIÓN: MODIFICACIÓN POSTERIOR: «…Modificar el apartado séptimo.1 de la Orden EDU/331/2015, … añadiendo una letra e) con el siguiente texto: e) Los proyectos de centros que no haya suscrito previamente ningún contrato programa con la Administración educativa: 20 puntos.»).
2. La suma de la valoración obtenida con los criterios que figuran en el anterior punto, dará como resultado la puntuación total obtenida por el proyecto.
3. En caso de empate se dará prioridad, en primer lugar, a aquellos proyectos que permitan una más adecuada distribución territorial de los centros seleccionados, teniendo en cuenta el número total de centros de la provincia y los que ya han sido seleccionados; en segundo lugar, se dará prioridad a aquellos proyectos que tengan como destinatarios mayor número de alumnos.
Octavo.– Resolución.
1. La convocatoria será resuelta por el Consejero de Educación, a propuesta motivada del Director General de Política Educativa Escolar, visto el informe de la comisión de selección y seguimiento, indicando los proyectos educativos para la mejora seleccionados y ordenados por modalidades de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 de la Orden EDU/1065/2014, de 10 de diciembre.
2. La resolución de la convocatoria será publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y será objeto de publicidad en el Portal de Educación (www.educa.jcyl.es).
3. El plazo máximo para resolver la convocatoria y publicar la resolución será de seis meses a contar desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que haya sido publicada la resolución, se entenderán desestimadas las solicitudes.
4. La resolución de la convocatoria, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá ser impugnada mediante recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el Consejero de Educación o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Noveno.– Formalización del compromiso educativo.
1. En el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» de la resolución de la convocatoria, los centros docentes públicos cuyos proyectos educativos para la mejora hayan sido seleccionados, formalizarán un compromiso educativo para la ejecución de dicho proyecto.
2. Se delega en los titulares de las direcciones provinciales de educación, en el ámbito de sus respectivas provincias, la firma de los compromisos educativos cuya competencia corresponde al Consejero de Educación.
3. El compromiso educativo tendrá efectos inmediatos a la firma, se redactará a partir del proyecto educativo para la mejora seleccionado e incorporará, entre otros aspectos, los compromisos específicos asumidos por las partes que lo suscriben conforme a lo establecido en el artículo 6 de la Orden EDU/1065/2014, de 10 de diciembre, y el plazo para la ejecución de los mismos coincidirá con la finalización del período lectivo del curso escolar siguiente al de la suscripción del compromiso educativo.
Décimo.– Financiación.
1. El crédito destinado para la financiación de los proyectos seleccionados será de CIENTO VEINTE MIL EUROS (120.000 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 0702322A0522900 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2015.
2. Los centros cuyos proyectos educativos para la mejora sean seleccionados recibirán una aportación económica que dedicarán íntegramente al desarrollo de los compromisos adquiridos con la suscripción del compromiso educativo.
3. El importe individualizado que recibirá cada centro se calculará dividiendo el total del crédito previsto en esta orden entre el sumatorio total de los puntos obtenidos por los proyectos seleccionados y multiplicado por los puntos obtenidos por cada proyecto, sin que la cantidad resultante pueda ser superior a SEIS MIL EUROS (6.000 €) por proyecto.
4. Una vez formalizado el compromiso educativo en el plazo de 20 días se reconocerá la obligación correspondiente para que los centros reciban la financiación aprobada. La dotación económica correspondiente se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta señalada por cada centro en el modelo de solicitud, Anexo I.
Undécimo.– Gastos imputables a los proyectos.
1. Con carácter general, serán gastos imputables a la ejecución de los proyectos seleccionados en la convocatoria, los realizados y pagados antes del 31 de mayo de 2016.
2. Específicamente, los fondos concedidos al amparo de la presente convocatoria deberán destinarse a sufragar los gastos corrientes ocasionados por el desarrollo del proyecto en los conceptos siguientes:
- a) Adquisición de material fungible y didáctico que el proyecto requiera.
- b) Desarrollo de actividades necesarias para alcanzar los objetivos del proyecto.
Duodécimo.– Evaluación y memoria del proyecto educativo para la mejora.
Finalizada la ejecución del compromiso educativo formalizado por el centro, y de conformidad con el artículo 10.2 de la Orden EDU/1065/2014, de 10 de diciembre, los centros incorporarán en su memoria anual la evaluación del grado de ejecución de su proyecto educativo para la mejora en relación con el contenido el compromiso educativo en el que se formaliza el mismo. Dicha evaluación se llevará a cabo de acuerdo con los procedimientos específicos e indicadores que se establezcan en el compromiso educativo.
Decimotercero.– Justificación económica del proyecto.
1. Los centros deberán justificar la aportación económica recibida con la presentación ante la dirección provincial de educación de la siguiente documentación:
- a) Certificado del centro en el que conste haber dedicado la aportación económica concedida íntegramente al desarrollo de los compromisos adquiridos.
- b) Declaración responsable firmada por el director o directora del centro, conforme al modelo del Anexo V, acreditativa de los costes del proyecto, acompañada de las facturas o documentos contables de valor probatorio equivalente y de los documentos justificativos del pago. En el caso de pagos con cheque bancario, además de copia de éste, deberá aportarse el correspondiente cargo en cuenta.
2. El plazo para presentar la documentación justificativa indicada en el apartado anterior, finalizará el día 30 de junio de 2016.
3. Las direcciones provinciales de educación remitirán al Servicio de Educación Infantil Básica y Bachillerato de la Dirección General de Política Educativa Escolar, la documentación justificativa, en un plazo máximo de un mes desde su recepción.
Decimocuarto.– Incumplimientos y reintegros.
El incumplimiento de las condiciones de esta convocatoria o la no justificación por parte del centro de la totalidad de la cuantía concedida, dará lugar al inicio de un procedimiento de reintegro total o parcial de las cantidades percibidas.
Decimoquinto.– Mecanismos de control e inspección.
Los mecanismos de control e inspección se establecerán de conformidad con las disposiciones del Decreto 120/2002, de 7 de noviembre, por el que se regula el Régimen Jurídico de la Autonomía de Gestión Económica de los Centros Docentes Públicos no Universitarios.
Decimosexto.– Desarrollo.
Se faculta al Director General de Política Educativa Escolar, para dictar cuantas resoluciones e instrucciones sean necesarias para el cumplimiento de lo previsto en la presente orden.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Consejero de Educación o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Valladolid, 24 de abril de 2015.
El Consejero, Fdo.: Juan José Mateos Otero