Publicado el Calendario escolar del curso 2025-2026
STECyL-i reivindica un modelo de calendario escolar que equilibre mejor los periodos lectivos, intercalando tiempos de descanso en los trimestres tradicionales para que el alumnado pueda afrontar los procesos de aprendizaje en mejores condiciones de salud y bienestar físico y emocional. Es fundamental que el calendario escolar atienda tanto las necesidades organizativas como las pedagógicas. Durante el mes de septiembre, con el inicio del curso escolar, el profesorado debe realizar numerosas actividades que requieren tiempo y coordinación.
Para STECyL-i, es esencial mantener la jornada reducida durante el mes de septiembre, permitiendo una incorporación gradual del alumnado tras el periodo estival, en el que han disfrutado de horarios y rutinas más relajados. Este tiempo, aunque no es lectivo para el alumnado, forma parte de la jornada laboral de las y los docentes, facilitando la coordinación en programaciones, reuniones y organización pedagógica. Además, permitir que el alumnado realice actividades lúdicas durante esa hora en todos los centros, como ha propuesto la consejería de educación este año, puede ayudar a resolver una de las demandas de conciliación de las familias, permitiendo que niños y niñas permanezcan en los colegios hasta las 14h.
STECyL-i considera que la Consejería de Educación debería avanzar gradualmente hacia un calendario escolar más racional y equilibrado, que garantice la continuidad pedagógica necesaria. Además, insistimos en una negociación del calendario a tres años vista, con el objetivo de proporcionar estabilidad y facilitar la organización de las familias a medio y largo plazo en relación con los periodos vacacionales.
Calendario escolar para el curso 2025-2026 en los centros docentes, que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunidad de Castilla y León
Primero.– Comienzo y finalización del curso académico.
- Los centros docentes que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunidad de Castilla y León, con carácter general, comenzarán las actividades escolares del curso 2025-2026 el día 1 de septiembre 2025 y las finalizarán el día 30 de junio de 2026.
Segundo.– Pruebas extraordinarias correspondientes al curso académico 2024-2025.
- Las pruebas extraordinarias para el alumnado de enseñanza secundaria para personas adultas del segundo cuatrimestre o de todo el curso escolar se realizarán hasta el 4 de septiembre de 2025.
- Las pruebas extraordinarias para el alumnado de enseñanzas de idiomas se realizarán preferentemente en la primera quincena de septiembre de 2025.
- Las pruebas extraordinarias para el alumnado de enseñanzas elementales y profesionales de música y danza se realizarán hasta el 4 de septiembre de 2025, excepto para aquel alumnado que las hubiera realizado en el mes de junio de 2025.
Tercero.– Fechas de inicio de las actividades lectivas del curso académico 2025‑2026.
8 de septiembre |
|
15 de septiembre |
|
18 de septiembre |
|
22 de septiembre |
|
29 de septiembre |
|
6 de octubre |
|
Cuarto.– Jornada reducida.
- Los centros que impartan segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y educación especial, durante el mes de septiembre de 2025 y el mes de junio de 2026 realizarán jornada continua de cuatro horas, en horario matinal.
Quinto.– Periodos vacacionales.
De conformidad con lo señalado en el artículo 7 de la Orden EDU/385/2017, de 22 de mayo, por la que se regula el calendario escolar para los centros docentes que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunidad de Castilla y León, los periodos vacacionales para el curso académico 2025-2026, serán los siguientes:
- a) Las vacaciones de Navidad se iniciarán al término de las actividades del viernes 19 de diciembre de 2025. Las actividades lectivas comenzarán el jueves día 8 de enero de 2026.
- b) Las vacaciones de Semana Santa se iniciarán al término de las actividades del jueves 26 de marzo de 2026. Las actividades lectivas comenzarán el martes día 7 de abril de 2026.
Sexto.– Días festivos.
De conformidad con lo señalado en el artículo 5 de la Orden EDU/385/2017, de 22 de mayo, serán días festivos para el curso académico 2025-2026, los siguientes:
- a) En 2025, el 13 de octubre y el 8 de diciembre.
- b) En 2026, los que la normativa por la que se establece el calendario de fiestas laborales en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León determine.
- c) Los dos días correspondientes a las fiestas de carácter local acordados para cada municipio y que hayan sido publicados o se publiquen en los boletines oficiales de las distintas provincias, en el caso de que coincidan dentro del calendario escolar.
Séptimo.– Otros días no lectivos.
Además de los días señalados como festivos en el apartado sexto, se considerarán días no lectivos a efectos académicos, conforme con lo señalado en el artículo 6 de la Orden EDU/385/2017, de 22 de mayo, los siguientes:
- a) 31 de octubre de 2025, viernes, «Día del Docente».
- b) 16 y 17 de febrero de 2026, lunes y martes, respectivamente «Fiestas de Carnaval».
- c) 24 de abril de 2026, viernes.
Octavo.– Fechas de finalización de las actividades lectivas del curso académico 2025‑2026.
22 de mayo |
|
29 de mayo |
|
17 de junio |
|
24 de junio |
|
(1) En base a lo establecido en el artículo 4.3 de la ORDEN EDU/385/2017, de 22 de mayo, con el fin de facilitar al alumnado de segundo curso de ciclos de grado superior el acceso a estudios universitarios, quienes vayan a realizar las pruebas de acceso a la universidad podrá finalizar sus actividades lectivas en el mes de mayo, en función de las fechas que se determinen en los procedimientos de admisión que se establezcan para dichas pruebas.
Noveno.– Pruebas extraordinarias y segunda sesión de evaluación final de ciclos formativos correspondientes al curso académico 2025-2026.
1. Entre el 1 y el 5 de junio de 2026 se celebrarán las pruebas extraordinarias para el alumnado de enseñanza secundaria para personas adultas del primer cuatrimestre.
2. Entre el 16 y el 23 de junio de 2026 se celebrarán:
- a) Las pruebas extraordinarias para el alumnado de segundo curso de bachillerato en régimen ordinario.
- b) Las pruebas extraordinarias para el alumnado de segundo curso de bachillerato en régimen nocturno que cursen según el modelo B.
- c) Las pruebas extraordinarias para el alumnado que curse el tercer bloque del modelo A del régimen nocturno de bachillerato.
- d) Las pruebas extraordinarias para todo el alumnado de bachillerato en régimen a distancia.
- e) Las pruebas extraordinarias de las enseñanzas profesionales de música y danza para el alumnado que superando todas o algunas de las asignaturas, o habiendo solicitado su convalidación, pudiera obtener el título de Bachiller, previa comunicación escrita por parte del interesado de su situación a la dirección del centro donde curse dichas enseñanzas profesionales. Esta comunicación deberá realizarse como máximo en el mes de abril, de forma que los centros puedan adaptar, en su caso, las fechas de la evaluación ordinaria de este alumnado.
- f) La sesión de evaluación excepcional para el alumnado del segundo curso de los ciclos formativos de grado superior en modalidad presencial, semipresencial y virtual que vaya a realizar la prueba de acceso a la universidad.
- g) La evaluación final extraordinaria para el alumnado del segundo curso de los ciclos formativos de grado superior de artes plásticas y diseño.
3. Entre el 24 y el 29 de junio de 2026 se celebrarán:
- a) Las pruebas extraordinarias para el alumnado de primer curso de bachillerato en régimen ordinario.
- b) Las pruebas extraordinarias para el alumnado de primer curso de bachillerato en régimen nocturno que cursen según el modelo B.
- c) Las pruebas extraordinarias para el alumnado que curse el primer o el segundo bloque del modelo A del régimen nocturno de bachillerato.
- d) La segunda sesión de evaluación final, en su caso, de los ciclos formativos de grado básico, ciclos formativos de grado medio y ciclos formativos de grado superior en modalidad presencial, semipresencial y virtual.
- e) La evaluación final extraordinaria para el alumnado de los ciclos formativos de grado medio y del primer curso de los ciclos formativos de grado superior de artes plásticas y diseño.
- f) Las pruebas extraordinarias de las asignaturas de las enseñanzas profesionales de música y danza para las que el alumnado haya solicitado convalidación en Educación Secundaria Obligatoria o en 1º de Bachillerato, y cuya superación condicione las decisiones de promoción, o en su caso, titulación, previa comunicación escrita por parte del interesado de su situación a la dirección del centro donde curse dichas enseñanzas profesionales. Esta comunicación deberá realizarse una vez conocidas las calificaciones derivadas de la evaluación ordinaria, con al menos dos días hábiles de antelación a la celebración de las pruebas extraordinarias.
- g) La evaluación final extraordinaria para el alumnado de enseñanzas deportivas.
ORDEN EDU/527/2025, de 16 de mayo, por la que se aprueba el calendario escolar para el curso académico 2025-2026 en los centros docentes, que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunidad de Castilla y León, y se delega en las direcciones provinciales de educación la competencia para la resolución de las solicitudes de su modificación.