Se regula el acceso a las enseñanzas elementales y profesionales de danza, así como la admisión y la matriculación
Se regula el acceso a las enseñanzas elementales y profesionales de danza, así como la admisión y la matriculación en los centros sostenidos con fondos públicos que impartan estas enseñanzas en la Comunidad de Castilla y León.
Los centros concretarán las fechas de realización de las pruebas con un mínimo de ocho días de antelación en el tablón de anuncios y en la página web de los centros donde se realizarán, así como en las páginas web (www.educa.jcyl.es) y (www.fuescyl.com).
- CAPÍTULO II: Acceso excepcional y pruebas de acceso
- CAPÍTULO III: Admisión, adjudicación de vacantes y matriculación en los centros que impartan enseñanzas elementales y profesionales de danza en la Comunidad de Castilla y León
- Artículo 2. Acceso excepcional a primer curso de enseñanzas elementales de danza para aspirantes de menor edad. (que cumplan siete años de edad dentro del año natural )
- Artículo 3. Disposiciones comunes para todas las pruebas de acceso.
- Artículo 4. Prueba de acceso al primer curso de las enseñanzas elementales de danza:
- Constará de una única parte y consistirá en la realización de una serie de ejercicios dirigidos que se realizarán en grupo y tendrán una duración aproximada de 60 minutos.
- Artículo 5. Pruebas de acceso de segundo a cuarto curso de las enseñanzas elementales de danza que constará de dos partes:
- Primera parte: realización de ejercicios de nivel. Se realizarán en grupo y tendrán una duración aproximada de 60 minutos.
- Segunda parte: realización de los ejercicios específicos por curso, con una duración máxima de 30 minutos:
- Artículo 6. Prueba de acceso al primer curso de las enseñanzas profesionales de danza, en la especialidad de Danza clásica.
- Artículo 7. Pruebas de acceso de segundo a sexto curso de las enseñanzas profesionales de danza, en la especialidad de Danza clásica.
- Artículo 8. Prueba de acceso a primer curso de las enseñanzas profesionales de danza, en la especialidad de Danza española.
- Artículo 9. Pruebas de acceso de segundo a sexto curso de las enseñanzas profesionales de danza, en la especialidad de Danza española.
- Artículo 10. Prueba de acceso al primer curso de las enseñanzas profesionales de danza, en la especialidad de Danza Contemporánea.
- Artículo 11. Pruebas de acceso del segundo a sexto curso de las enseñanzas profesionales de danza, en la especialidad de Danza Contemporánea.
ORDEN EDU/295/2024, de 3 de abril, por la que se desarrolla el Decreto 23/2023, de 26 de octubre, por el que se regula el acceso a las enseñanzas elementales y profesionales de danza, así como la admisión y la matriculación en los centros sostenidos con fondos públicos que impartan estas enseñanzas en la Comunidad de Castilla y León.
Pruebas Admisión Matriculación Enseñanzas Elementales y Profesionales de DANZA (BOCyL-11-04-2024)
https://stecyl.net/wp-content/uploads/2024/04/Pruebas-admision-matriculacion-EEAASS-Danza-2024-BOCYL-D-11042024-1.pdf
DECRETO 23/2023, de 26 de octubre, por el que se regula el acceso a las enseñanzas elementales y profesionales de danza, así como la admisión y la matriculación en los centros sostenidos con fondos públicos que impartan estas enseñanzas, en la Comunidad de Castilla y León.