Información importante. Confirmación de prórroga de comisiones de servicio para el curso 20-21

ATENCIÓN: Prórroga de las comisiones de servicio.

Parece ser que, aunque no lo indique en la convocatoria, en el escritorio del acceso privado de cada una de las personas afectadas (Anexo I), hay un icono para confirmar las comisiones de servicio prorrogadas.

Aunque en la resolución dice expresamente
RESUELVO
Primero.– Prórroga de las comisiones de servicio.
1. Prorrogar, con carácter excepcional y siempre que no medie la renuncia del interesado, las comisiones de servicio del profesorado de los cuerpos docentes de enseñanzas no universitarias, durante el curso 2020/2021, incluidas en el Anexo I…
Y más adelante dice:
“Los interesados continuarán prestando servicio, en el curso 2020/2021, en el mismo centro educativo en que hayan desempeñado su actividad docente en el curso 2019/2020,…”

Prórroga con carácter excepcional de determinadas comisiones de servicio. Resolución Consejería de Educación.

  • Plazo de conformidad, alegaciones y renuncias del 2 al 8 de julio ambos incluidos

NOTA SOBRE COMISIONES HUMANITARIAS: Las personas que quieran pedir comisiones humanitarias pueden hacerlo con un expone solicita a la atención de su Director/a provincial incluyendo toda la documentación que consideren necesaria.

  • El resto de comisiones se hace a través de la aplicación web con acceso privado Cuenta Portal.

Atención, aunque la resolución lo deja bien claro, se aconseja realizar la solicitud de conformidad de la prórroga de las comisiones de servicio, siguiendo la secuencia que se indica a continuación

Aviso-Conformidad-Renuncia

Aviso-Zona-Usuario

Aviso-prorroga

Aviso-prorroga-aceptacion

Anexos que acompañan a la Resolución:

Plazo para manifestar conformidad, alegaciones y renuncias:

Del 2 al 8 de julio, ambos incluidos.

RESOLUCIÓN de 26 de junio de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se prorrogan con carácter excepcional determinadas comisiones de servicio del profesorado de los cuerpos docentes de enseñanzas no universitarias, durante el curso 2020/2021.

Mediante diversas resoluciones, la Consejería de Educación viene efectuando anualmente convocatorias de provisión de puestos docentes en comisión de servicios, para dar respuesta a necesidades concretas de los centros educativos, de determinados programas desarrollados por la Administración o de situaciones especiales del profesorado.

Así, mediante Resolución de 18 de marzo de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, se convocó la concesión de comisiones de servicios en atención a situaciones especiales del profesorado de los cuerpos docentes de enseñanzas no universitarias, para el curso escolar 2019/2020; mediante Resolución de 3 de abril de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación, se convocó concurso de méritos para la provisión en comisión de servicios de determinados tipos de puestos del sistema educativo para el personal funcionario docente de las enseñanzas no universitarias, durante el curso 2019/2020; mediante Resolución de 12 de abril de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, se convocó concurso de méritos para la provisión, en comisión de servicios, durante el curso 2019/2020, de puestos vacantes en las secciones bilingües y lingüísticas en determinados centros docentes públicos de enseñanzas no universitarias de la Consejería de Educación, y mediante Resolución de 18 de mayo de 2018, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, se convocó concurso de méritos para la provisión, en comisión de servicios, durante el curso 2018/2019, de determinados puestos para impartir las Enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior en los Centros Docentes Militares de Formación de Suboficiales de las Fuerzas Armadas de León, Segovia y Valladolid.

El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, establece en la disposición adicional tercera que se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público.

Aun cuando conforme al artículo 9 del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, con efectos desde el 1 de junio se reanudó o reinicio el computo de plazos, dadas las actuales fechas no es posible tramitar y resolver los procedimientos de concurrencia para concesión de las comisiones de servicio, garantizando los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad, en el plazo necesario para un adecuado comienzo del curso escolar 2020/2021 y sin que la demora en su resolución interfiera en el resto de procesos de provisión de profesorado.

Por ello, mediante la presente resolución se procede, con carácter general, a la prórroga de las comisiones de servicio de determinados tipos de puestos del sistema educativo, de puestos vacantes en las secciones bilingües y lingüísticas, de determinados puestos para impartir las Enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior en los Centros Docentes Militares de Formación de Suboficiales de las Fuerzas Armadas de León, Segovia y Valladolid y en atención a situaciones especiales del profesorado de los cuerpos docentes de enseñanzas no universitarias durante el curso 2020/2021. Asimismo se procede a no prorrogar aquellas comisiones en las que los requisitos determinantes de su concesión han dejado de concurrir.

Por todo lo expuesto, ante la excepcional situación actual y de conformidad con las en uso de las competencias atribuidas por el artículo 9 del Decreto 25/2019, de 1 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación,

RESUELVO

Primero.– Prórroga de las comisiones de servicio.

1. Prorrogar, con carácter excepcional y siempre que no medie la renuncia del interesado, las comisiones de servicio del profesorado de los cuerpos docentes de enseñanzas no universitarias, durante el curso 2020/2021, incluidas en el Anexo I ordenadas por provincias y correspondientes a las siguientes modalidades de concesión:

  • a) Determinados tipos de puestos del sistema educativo.
  • b) Puestos vacantes en las secciones bilingües y lingüísticas.
  • c) Determinados puestos para impartir las Enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior en los Centros Docentes Militares de Formación de Suboficiales de las Fuerzas Armadas de León, Segovia y Valladolid.
  • d) En atención a situaciones especiales del profesorado de los cuerpos docentes de enseñanzas no universitarias, siempre que se mantengan las circunstancias que motivaron su concesión.

Los interesados continuarán prestando servicio, en el curso 2020/2021, en el mismo centro educativo en que hayan desempeñado su actividad docente en el curso 2019/2020, salvo en el caso de comisiones de servicio en atención a situaciones especiales del profesorado, en que la prórroga se concede a la misma provincia en que se hayan prestado servicios en el curso 2019/2020.

2. No prorrogar, salvo estimación de las alegaciones en contrario de los interesados, las comisiones de servicio reseñadas en el Anexo II, correspondientes a las modalidades señaladas en el punto 1, ordenadas por provincias, con indicación expresa del motivo.

Segundo.– Renuncia y declaración responsable.

1. En el plazo de cinco días hábiles siguientes a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Castilla y León los docentes incluidos en el Anexo I podrán renunciar a la prórroga de su comisión de servicios.

Asimismo en el citado plazo los docentes incluidos en el Anexo I cuya comisión de servicio sea en atención a situaciones especiales del profesorado de los cuerpos docentes de enseñanzas no universitarias, deberán presentar una declaración responsable de que siguen concurriendo en él o en sus familiares hasta el segundo grado las mismas situaciones de salud o de índole social todas ellas especialmente graves que motivaron la comisión en el curso 2019/2020. La no presentación de esta declaración responsable se entenderá como renuncia a la comisión.

2. La renuncia a la prórroga propuesta se realizará cumplimentando un formulario a través del aplicativo informático disponible en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es) con acceso privado para su Cuenta de Portal.

Se considerará como válida la renuncia grabada en el último acceso al aplicativo informático. Los participantes podrán descargar un archivo PDF acreditativo de su renuncia en cualquier momento, figurando en la cabecera el código, fecha y hora de generación del documento.

3. La declaración responsable de los docentes cuya comisión de servicio sea en atención a situaciones especiales a la que se refiere el punto 1, se cumplimentara en el formulario específico para estas comisiones a través del aplicativo informático disponible en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es) con acceso privado para su Cuenta de Portal.

La Administración podrá requerir en todo momento a estos docentes que aporten la documentación actualizada acreditativa de su situación.

Tercero.– Alegaciones.

1. En el plazo de cinco días hábiles siguientes a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Castilla y León los docentes incluidos en el Anexo II podrán formular las alegaciones que estimen convenientes, dirigidas a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, mediante la cumplimentación del modelo que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).

2. Las alegaciones deberán presentarse de forma electrónica, acompañadas de la documentación que el interesado considere oportuna.

Para ello, los solicitantes deberán disponer de DNI electrónico o de cualquier certificado electrónico expedido por entidad prestadora del servicio de certificación que haya sido previamente reconocido por esta Administración y sea compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas. Las entidades prestadoras del servicio de certificación reconocidas por la Junta de Castilla y León, figuran en una relación actualizada publicada en la web de la Junta de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).

Los interesados cursarán sus alegaciones junto, en su caso, con la documentación justificativa correspondiente, que se digitalizará y aportará como archivo anexo a la solicitud, a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León sin perjuicio de la posibilidad de requerir al particular la exhibición del documento o información original.

El registro electrónico emitirá automáticamente un resguardo acreditativo de la presentación consistente en una copia auténtica de la solicitud que incluye la fecha, hora y número de entrada de registro, así como un resumen acreditativo tanto de la presentación de la solicitud como de la documentación que, en su caso, acompañe a la misma.

Esta copia está configurada de forma que puede ser impresa o archivada por el interesado, garantizando la identidad del registro y teniendo valor de recibo de presentación. La falta de recepción del mensaje de confirmación o, en su caso, la aparición de un mensaje de error o deficiencia de transmisión implica que no se ha producido la recepción correctamente, debiendo realizarse la presentación en otro momento o utilizando otros medios disponibles.

Cuarto.– Resolución definitiva.

A la vista de las renuncias y alegaciones presentadas la Dirección General de Recursos Humanos dictará resolución aprobando los listados definitivos de comisiones de servicio prorrogadas y no prorrogadas con indicación, en este último caso, del motivo y la contestación a las alegaciones presentadas. Esta resolución se publicara en los tablones de anuncios de las Direcciones Provinciales de Educación, pudiéndose consultar asimismo en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).

Contra dicha resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, cabrá interponer potestativamente recurso de reposición ante la Directora General de Recursos Humanos en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo nombre de Valladolid en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación.

Quinto.– Obligatoriedad de los destinos.

1. Los destinos de los docentes cuya comisión de servicio se haya prorrogado serán irrenunciables, salvo en situaciones excepcionales, cuya valoración corresponderá a la Dirección General de Recursos Humanos previo informe, en su caso, de la dirección provincial de educación correspondiente.

2. El destino será considerado de carácter voluntario y, en consecuencia, no generará derecho al abono de la indemnización en concepto alguno, sin perjuicio de las excepciones previstas en el régimen de indemnizaciones por razón del servicio.

3. Los docentes a los que se les haya prorrogado la comisión de servicios en atención a las situaciones especiales del profesorado para obtener el puesto que se desempeñará en comisión de servicios durante el curso escolar 2020/2021, deberán participar en el procedimiento convocado por Resolución de 24 de junio de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos, por el que se convoca, para el curso escolar 2020/2021, proceso de adjudicación informatizada de destinos provisionales para los funcionarios de carrera y en prácticas de los cuerpos docentes de enseñanzas no universitarias (AIDPRO). El destino adjudicado en dicho procedimiento será irrenunciable, salvo en situaciones excepcionales, debidamente justificadas y apreciadas por la Dirección General de Recursos Humanos.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo nombre de Valladolid, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de conformidad con los artículos 8.2, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición ante la Directora General de Recursos Humanos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de acuerdo con el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Valladolid, 26 de junio de 2020.

La Directora General de Recursos Humanos, Fdo.: Araceli Valdés Tremiño

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