STECyL-i INFORMA. PROFESORADO INTERINO.

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  • La primera, sobre los Recursos de reconocimiento de la retroactividad en el el cobro de sexenios.
  • La segunda, sobre posibles reclamaciones del cobro del verano.

La Asesoría Jurídica de STECyL-i informa sobre estas dos cuestiones referidas al profesorado interino.[/vc_column_text][/vc_column][vc_column width=»1/6″][vc_column_text]Interinidades[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_separator color=»juicy_pink» style=»shadow» border_width=»5″][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column width=»1/2″ css=».vc_custom_1498062011375{background-color: #f1f9b8 !important;}»][vc_column_text css=».vc_custom_1498132897643{border-left-width: 10px !important;padding-left: 10px !important;}»]

1.- Sobre los recursos de casación que está interponiendo la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León en las sentencias de sexenios que reconocen la retroactividad.

Como sabéis, los Servicios jurídicos de STECyL-i hemos ido ganando juicio a juicio todos los recursos de sexenios del profesorado interino en los que reclamábamos su retroactividad. Y seguimos ganando todas las sentencias. Pero el 22 de julio de 2016 entró en vigor una modificación de la ley de la jurisdición contenciosa.  Esta modificación supone que ya no son firmes todas las sentencias de los juzgados de lo contencioso y puede interponerse contra ellas un recurso de casación ante una nueva sala que se ha creado en el TSJ de Burgos.

La consecuencia de esta reforma es que las sentencias dictadas a partir de esa fecha (22 de julio de 2016) están siendo recurridas ante dicha sala. Hemos tenido que ir caso a caso personándonos (por escrito) en cada uno de los recursos que nos han interpuesto, que son más de 50. Además nos hemos opuesto a la admisión de estos recursos porque consideramos que no cumplen los requisitos exigidos para ser objeto de casación. Pero los recursos de la Junta han sido admitidos.

En estos días estamos teniendo conocimiento de que la sala de casación del TSJ de Burgos está admitiendo a trámite todos estos recursos y que entrarán a conocer del fondo del asunto. 

Nos darán plazo para contestar sobre si hay derecho a cobrar la retroactividad en estos casos de sexenios o no. Estamos preparando esas respuestas y tendremos que ir contestando individualmente cada caso.[/vc_column_text][/vc_column][vc_column width=»1/2″ css=».vc_custom_1498061991382{background-color: #e2e2e2 !important;}»][vc_column_text]

2.- Respecto al modelo de cobro de verano de los interinos que trabajaron más de cinco meses y medio en el curso 2012/2013 y siguientes.

Si bien el Acuerdo de interinos de Castilla y León reconocía el cobro del verano a los que hubieran trabajado en sustituciones más de cinco meses y medio, a partir de la Ley 1/2012, de 28 de febrero, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras de la Comunidad de Castilla y León  (la cual al ser una ley no pudimos impugnar) derogó este derecho. Hemos visto sentencias que reconocen el derecho perdido a profesoras/es interinas/os que habían trabajado todo el curso. Por ello animamos a reclamar a aquellos que han trabajado en vacantes efectivas aunque se les denominara sustitución. Más difícil es el recurso en el caso de las sustituciones acumuladas de más de cinco meses y medio.

En nuestras sedes tenemos a disposición el  modelo de solicitud para el cobro del verano.

La reclamación del cobro del curso 2012/2013  hay que hacerla ya porque prescribe ahora (antes del 30 de junio) y por ello seria bueno que lo solicitaran las personas que estén interesadas en ello. En principio deben iniciarlo con esa solicitud. Si contestan con denegación ya veremosse verá caso a caso si procede interponer recurso contencioso.

[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]PARA MÁS INFORMACIÓN Y ASESORAMIENTO OS PODÉIS PONER EN CONTACTO CON NUESTRAS SEDES.

Federación STECyL-i, 21 de junio de 2017.[/vc_column_text][vc_separator color=»juicy_pink» style=»shadow» border_width=»5″][/vc_column][/vc_row]

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