Convocatoria renovación directores/as para el curso 26-27 nombrados en 2022
Convocatoria para la renovación de los cargos de los directores y las directoras de los centros docentes públicos nombrados por concurso de méritos en 2022
RESOLUCIÓN de 25 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca la renovación de los cargos de los directores y las directoras de los centros docentes públicos de enseñanzas no universitarias dependientes de la Consejería de Educación, nombrados al amparo de la Orden EDU/321/2022, de 5 de abril.
Plazo de presentación de solicitudes: Del 4 al 18 de diciembre de 2025, ambos incluidos
Anexo que acompaña a la resolución: Criterios e indicadores para evaluación de la renovación:
Listado de centros objeto de convocatoria:
-
ÁVILA-Relación de centros renovación (95.3 KB) (1 página)
-
BURGOS-Relación de centros renovación (95.5 KB) (1 página)
-
LEÓN-Relación de centros renovación (102.5 KB) (1 página)
-
PALENCIA-Relación de centros renovación (96.2 KB) (1 página)
-
SALAMANCA-Relación de centros renovación (98.4 KB) (1 página)
-
SEGOVIA-Relación de centros renovación (92.7 KB) (1 página)
-
SORIA-Relación de centros renovación (89.9 KB) (1 página)
-
VALLADOLID-Relación de centros renovación (103 KB) (1 página)
-
ZAMORA-Relación de centros renovación (99.5 KB) (1 página)
Acceda a la presentación de la solicitud a través del siguiente enlace:

Acceda al formulario para la elaboración del informe a través del siguiente enlace:
Desde las 9:00:00 h. del día 4 de diciembre de 2025 hasta las 23:59:59 del día 18 de diciembre de 2025
![]()
Tras la publicación de la resolución provisional, podrá acceder a la presentación de alegaciones
a través del siguiente enlace:
ANEXO: CRITERIOS E INDICADORES PARA EVALUACIÓN DE LA RENOVACIÓN DE LOS CARGOS DE DIRECTORES Y DIRECTORAS DE LOS CENTROS DOCENTES PÚBLICOS
Criterio 1.– Dirección y coordinación de todas las actividades del centro: planificación, seguimiento, control y evaluación.
Indicadores:
- 1.A.– Promueve la planificación, la elaboración y revisión de los documentos institucionales.
- 1.B.– Coordina y dirige el seguimiento de la aplicación y puesta en práctica de dichos documentos.
- 1.C.– Propicia la reflexión y la evaluación de la actividad del centro a través de los órganos correspondientes.
- 1.D.– Impulsa la coordinación entre ciclos/niveles/departamentos y el trabajo en equipo.
Criterio 2.– Gestión de los recursos humanos y materiales para proporcionar una oferta educativa amplia y ajustada a las demandas sociales.
Indicadores:
- 2.A.– Favorece el clima de cooperación al establecer mecanismos que permiten la participación e integración de las aportaciones de los distintos sectores en la toma de decisiones.
- 2.B.– Propone y coordina iniciativas sobre la forma de organizar y gestionar los recursos materiales y los espacios del centro, en función de las necesidades del alumnado y del profesorado.
- 2.C.– Administra adecuadamente la autonomía económica del centro, respetando los criterios aportados por los órganos competentes de la comunidad educativa.
- 2.D.– Da respuesta a los trámites y requerimientos administrativos que se le trasladan y cumplimenta todos los documentos institucionales del centro en tiempo y forma adecuados.
- 2.E.– Ejerce la labor de coordinación de los procesos pedagógicos y realiza el seguimiento de su desarrollo.
Criterio 3.– Ejercicio de las competencias en materia administrativa y de personal.
Indicadores:
- 3.A.– Ejerce la jefatura del personal, vigilando el cumplimiento de las obligaciones profesionales y toma las decisiones derivadas de esa responsabilidad.
- 3.B.– Ejerce sus competencias en materia de personal, informando puntualmente de las alteraciones en la prestación del servicio y de las ausencias y demoras del personal del centro.
- 3.C.– Colabora activa y eficazmente en la previsión de plantillas docentes.
- 3.D.– Planifica la sustitución del profesorado ausente por causas imprevistas o por bajas de corta duración.
- 3.E.– Tiene establecido un plan de acogida para el profesorado u otro personal nuevo que llega al centro.
Criterio 4.– Dinamización de los órganos de participación docente del centro e impulso de la participación en estos de los diversos sectores de la comunidad educativa.
Indicadores:
- 4.A.– Prepara y, en su caso, convoca, las reuniones de los órganos colegiados y de coordinación docente que le competen, cumpliendo y haciendo cumplir los acuerdos adoptados.
- 4.B.– Impulsa la participación de los sectores de la comunidad en los procesos de renovación o constitución del Consejo Escolar asegurando su correcto desarrollo e implicando activamente a sus miembros.
- 4.C.– Establece mecanismos para garantizar el derecho de reunión de los distintos sectores y facilita los medios para su organización y participación.
- 4.D.– Vela para que la información llegue a todos los sectores de la comunidad educativa en tiempo y forma adecuados.
Criterio 5.– Protección y fomento de la convivencia en el centro y de la resolución de los conflictos de acuerdo con las normas que establezcan las Administraciones educativas en cumplimiento de los criterios fijados en el reglamento de régimen interior del centro.
Indicadores:
- 5.A.– Dinamiza y participa activamente en la Comisión de Convivencia.
- 5.B.– Establece mecanismos para aplicar los procedimientos establecidos en la normativa sobre fomento de la convivencia en los centros docentes y en la de resolución de conflictos.
- 5.C.– Promueve actividades que involucren a los integrantes de la comunidad educativa para lograr su implicación en la prevención y tratamiento de los conflictos de convivencia.
- 5.D.– Atiende a las demandas puntuales de las familias y busca la colaboración entre éstas y el profesorado para buscar alternativas de respuesta a los problemas del alumnado.
Criterio 6.– Promoción de planes de mejora de la calidad de los centros, así como la puesta en marcha de programas e iniciativas de innovación y formación que mejoren el funcionamiento del centro.
Indicadores:
- 6.A.– Adopta iniciativas y motiva a los miembros de la comunidad educativa en la implantación de sistemas de mejora de la calidad.
- 6.B.– Conoce y difunde las iniciativas de la Administración educativa para la mejora del sistema educativo y promueve la participación del centro en las mismas.
- 6.C.– Conoce, difunde y fomenta las convocatorias sobre los proyectos y programas de innovación en las que el centro puede participar.
- 6.D.– Establece los mecanismos adecuados para que las necesidades de formación del profesorado obtengan una respuesta satisfactoria.
- 6.E.– Fomenta la participación del profesorado en las actividades de formación y perfeccionamiento, facilitando el uso de los locales y recursos del centro.
- 6.F.– Promueve la organización y realización de actividades que respondan a las necesidades del alumnado, asegura su planificación sistemática y su periódica actualización.
Criterio 7.– Impulso de los procesos de evaluación interna del centro y colaboración en las evaluaciones externas.
Indicadores:
- 7.A.– Establece mecanismos y controla su funcionamiento para realizar la evaluación interna del centro.
- 7.B.– Muestra actitud favorable y de colaboración en las acciones de evaluación externa del centro.
Criterio 8.– Dinamización de la atención a la diversidad del alumnado.
Indicadores:
- 8.A.– Promueve la coordinación y seguimiento de los procesos pedagógicos para garantizar la aplicación adecuada de medidas de atención a la diversidad.
- 8.B.– Controla el cumplimiento de los apoyos a este alumnado establecidos en los horarios del profesorado.
- 8.C.– Impulsa actuaciones destinadas a integrar y atender eficazmente al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.
- 8.D.– Vela para que las acciones a realizar con el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo estén suficientemente explicitadas en las programaciones.
- 8.E.– Establece mecanismos para que la acción tutorial y, en su caso, la orientación académica y profesional respondan a las necesidades del alumnado del centro.
Criterio 9.– Colaboración con los órganos de la Administración educativa en todo lo relativo al logro de los objetivos educativos del centro.
Indicadores:
- 9.A.– Contribuye a la consecución de los objetivos del centro mediante el establecimiento de canales de comunicación fluidos con los respectivos órganos de la Administración educativa.
- 9.B.– Gestiona con diligencia las demandas procedentes de la Administración educativa relativas a los datos de alumnado, resultados, recursos, etc.
- 9.C.– Establece una adecuada distribución del profesorado para la consecución de los objetivos del centro y de la Administración educativa.
Criterio 10.– Impulso de la colaboración con las familias, instituciones y organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomento de un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos.
Indicadores:
- 10.A.– Impulsa la participación de las familias y del alumnado en el centro a través del desarrollo de las tutorías y del Consejo Escolar, de las asociaciones de madres y padres del alumnado y, en su caso, asociaciones de alumnos y alumnas y propone iniciativas que favorezcan su interrelación.
- 10.B.– Establece cauces de colaboración con instituciones del entorno para el desarrollo de actividades que contribuyan a la formación integral del alumnado.
- 10.C.– Facilita el uso de espacios y recursos del centro a la comunidad educativa, favoreciendo su apertura al entorno.
- 10.D.– Establece directrices para la organización de medios, espacios y recursos materiales para lograr un clima que facilite y valore el esfuerzo personal del alumnado en la consecución de los objetivos educativos.
Criterio 11.– Implantación de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación (TIC) en las actividades que se desarrollen en el centro educativo.
Indicadores:
- 11.A.– Impulsa la utilización de las TIC en las comunicaciones interna (intranet) y externa del centro y en la gestión de la documentación académica y administrativa.
- 11.B.– Promueve la utilización de las TIC y pone a disposición del profesorado los medios para el desarrollo de la actividad docente.
Criterio 12.– Ejecución de las actuaciones contenidas en el proyecto de dirección.
Indicador:
- 12.A.– Grado de consecución de los objetivos propuestos en el proyecto de dirección.
Criterio 13.– Resultados de las evaluaciones individualizadas realizadas durante su mandato a las que hace referencia el artículo 144 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, de conformidad con lo indicado en el artículo 136.2 de dicha norma.


BOCYL-D-03122025-2.pdf – 878 KB
BOCYL-D-03122025-2.html y otros formatos