Aprobado el anteproyecto de la «Ley de protección digital del menor» con incorporación de medidas educativas en el itinerario curricular

En el ámbito educativo el anteproyecto contempla que se incorporen en el itinerario curricular desde edades tempranas (educación primaria y secundaria) medidas educativas de ciudadanía digital y alfabetización mediática.

  • STECyL-i ve positivo el anteproyecto si se destinan los recursos humanos,  materiales y de formación del profesorado suficientes que permitan poner en práctica todos los planes y las medidas que se recogen en el texto del anteproyecto.

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La ley para la protección de los menores en entornos digitales

  • Incluirá una Estrategia nacional para la protección de la infancia con medidas de mayor alcance temporal.
  • Establecerá la modificación del Código Penal para incluir una orden de alejamiento en los entornos digitales.
  • Exigirá un control parental de fábrica en los móviles.
  • Implantará sistemas de verificación de la edad «efectivos y obligatorios».

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El anteproyecto de la ley de protección del menor en entornos digitales establece que todos los dispositivos tecnológicos como móviles, tabletas, ordenadores y televisiones inteligentes deberán contar de fábrica con un control parental gratuito y accesible que se podrá configurar una vez encendido.

El Consejo de Ministros ha aprobado el martes 4 de junio el anteproyecto de ley para la protección de menores en entornos digitales, que incluye órdenes alejamiento virtual, test pediátricos para detectar usos inadecuados, penas por la difusión y creación con inteligencia artificial de contenido sexual o vejatorio, así como la imposición obligatoria y gratuita de controles parentales en todos los dispositivos digitales y etiquetado informativo, entre otras medidas.

El Gobierno afirma que se trata de una ley que apela y que responde a una «inquietud» que ha dicho que comparte «la práctica totalidad de la ciudadanía de este país»

Actualmente el Ministerio de Transición Digital se encuentra elaborando un sistema de verificación de la edad, que tendrá su propio marco jurídico y que está previsto que esté definido en los próximos meses.

Obligaciones para las empresas del sector tecnológico

La norma incluye la obligación de incorporar de fábrica el control parental en todos los móviles, tabletas, ordenadores y televisiones inteligentes. Los fabricantes deberán asegurar que los dispositivos digitales cuenten con sistemas de control parental y etiquetado informativo sobre los riesgos.

Las plataformas de intercambio de videos estarán obligadas a tener un enlace directo al canal de denuncias y a los sistemas de control parental. «Que no sea una yincana buscar en la página web donde están los sistemas de control parental o los sistemas de denuncia».

En los videojuegos y en otras plataformas digitales, se prohibirá el acceso de los menores a los loot boxes o cajas botín que son mecanismos de recompensa que «en ocasiones» cuestan dinero y también se reforzarán las obligaciones de los influencers, que deberán llevar a cabo medidas de protección a los menores en su actividad habitual.

Control parental de fábrica gratuito y accesible

Está previsto que este sistema aparezca por defecto en todos los dispositivos y que se pueda configurar una vez encendido. Han precisado que, desde la entrada en vigor de esta ley, los poderes públicos estarán obligados a hacer campañas de sensibilización sobre los derechos de los menores en el ámbito digital y los riesgos asociados al entorno digital.

Test en revisiones pediátricas para identificar usos inadecuados

El anteproyecto añade revisiones pediátricas, donde se realizarán test para identificar si los menores están haciendo un uso inadecuado de los dispositivos electrónicos.

Nuevos delitos

El anteproyecto modifica el Código Penal e incluye nuevos delitos. Uno de los que se tipifica son las denominadas deepfakes, es decir la «ultrafalsificación». Recoge penas para combatir las ultrafalsificaciones, por la difusión y creación con inteligencia artificial de contenido sexual o vejatorio. Incluye la modificación del artículo 39 del Código Penal para incluir órdenes de alejamiento virtual para quienes cometan delitos en espacios digitales.

Grooming’ o el engaño online a menores.

El anteproyectos tipifica como delito el ‘grooming’ o el engaño online a menores. Se trata de la falsificación de la edad, el género, o alguna característica personal entablar contacto con un menor y acabar cometiendo un delito contra la libertad sexual de menores en España. El anteproyecto también añade que las plataformas de intercambio de vídeos estarán obligadas a tener un enlace directo al canal de denuncias y a los sistemas de control parental. La norma prohíbe el acceso de los menores a las cajas botín o de recompensa en los videojuegos ya que son mecanismos de recompensa que en ocasiones cuestan dinero, sobre todo en videojuegos y en otro tipo de sistemas o de plataformas digitales.

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Elevar a 16 años el consentimiento de datos en redes sociales

La norma también eleva de 14 a 16 años la edad para prestar el consentimiento en el tratamiento de los datos de carácter personal para el acceso a redes sociales. Por otro lado, la regulación consolida los derechos de los menores de edad en el entorno digital, a través del artículo 2, que establece que «tienen derecho a recibir información suficiente y necesaria en una forma y lenguaje apropiado según la edad sobre el uso de las tecnologías, así como de sus derechos y de los riesgos asociados al entorno digital».

Entre las medidas que contempla está el desarrollo de una Estrategia nacional para la protección de la infancia y la juventud en los entornos digitales que se revisará cada tres años.

Revisión pediátrica y centros especializados

La ley para la protección de los menores en entornos digitales, según fuentes del Gobierno, también incluye la realización de un test pediátrico para detectar posibles señales de un uso inadecuado de los dispositivos digitales y las pantallas.

Entre las medidas dirigidas a los sanitarios, la ley prevé medidas para fomentar la «detección precoz, la prevención, y la atención especializada a menores con patologías relacionadas con el uso de herramientas digitales», ya que estas «adicciones soncada vez más frecuentes».

Se crearán centros especializados relacionados con la salud mental para «afrontar estas patologías» y prevenir esas adicciones y también se formará en el ámbito sanitario sobre todos los trastornos adictivos que se están produciendo como consecuencia de las tecnologías de la información.

Etiquetado de contenidos

La norma incluye el etiquetado de los contenidos digitales, con lenguaje accesible, donde se añadirán advertencias si este no es apto para menores de edad. Igualmente, en el ámbito educativo, recoge un plan de alfabetización digital, con mecanismos concretos que den a los menores herramientas y autonomía con los dispositivos tecnológicos para combatir bulos. Se realizará en asignaturas de primaria y secundaria. Según el gobierno «Esta ley lo que hace es intentar también facilitar que esas familias tengan mayor tranquilidad y que los menores no se vean sometidos a los riesgos que hoy lleva navegar por Internet o participar en redes sociales»,.

El anteproyecto de ley va acompañado por un diagnóstico sobre el impacto de los entornos digitales en menores de edad realizado con las aportaciones del grupo de 50 expertos

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Plan de alfabetización digital

En el ámbito educativo el anteproyecto contempla que se incorporen en el itinerario curricular desde edades tempranas (educación primaria y secundaria) medidas educativas de ciudadanía digital y alfabetización mediática con contenido transversal (a través de distintas asignaturas, como la educación afectivo sexual) con conocimientos para fomentar la autonomía de los menores y herramientas para combatir, por ejemplo, los bulos.

Se fomentará la educación sobre privacidad y protección intelectual, sobre protección de datos y los riesgos que tiene asociados el uso de redes sociales.

Informe de los expertos

EL 20 de junio se presentará su informe para la elaboración de la Estrategia, que tendrá medidas con un alcance temporal mayor.

Este grupo de expertos realizará un diagnóstico y planteará un plan de acción para proteger a los menores de la exposición a los móviles y a las pantallas en general. El diagnóstico que acompaña el anteproyecto se encuentra que la edad media de tener el primer móvil es de 10,96 años (11 años), según el informe ‘Impacto de la tecnología en la adolescencia. Relaciones, riesgos y oportunidades’, elaborado en 2021 por Unicef. Según este mismo estudio, el 94,8% de los adolescentes dispone de un teléfono móvil con Internet y un 90,8% se conecta todos o casi todos los días. Asimismo, casi el 49,6% de los adolescentes usa Internet más de 5 horas al día los fines de semana y un 31,6% hace ese mismo uso entre semana.

Además, el 98,5% de adolescentes está registrado en alguna red social y hasta un 83,5% lo está en tres o más de tres. Por otro lado, los principales usos que hacen los jóvenes del entorno digital son para comunicarse (84,1%), buscar información (83,6%) y ocio digital (79,9%), según el estudio ‘Consumir, crear, jugar. Panorámica del ocio digital de la juventud’, de Fad Juventud. Por su parte, la Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda en su Plan de Acción 2013-2030 reorganizar los entornos que influyen en la salud mental

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