Personal docente interino . Se regula la formación de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad en centros educativos españoles en el exterior.
En aplicación de la LOMLOE, Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se regula la composición, ordenación y, en su caso, prórroga de las listas de aspirantes a desempeñar plazas docentes en régimen de interinidad en los centros y programas de la acción educativa española en el exterior
- Serán las Consejerías de Educación en el exterior del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes las que realizarán las convocatorias públicas para la formación de listas de personas aspirantes a cubrir puestos en régimen de interinidad de los cuerpos docente
- Se constituirá para cada cuerpo y especialidad una lista de aspirantes que se ordenará conforme a las puntuaciones obtenidas en el baremo de méritos, anexo I.
- Se podrán elaborar listas específicas que integren a aspirantes de distintos cuerpos y especialidades.
- En aquellos cursos académicos en los que las Consejerías de Educación no realicen convocatoria pública porque cuenten con suficiente número de personas aspirantes se prorrogarán las listas.
- Deberá establecerse, al menos cada tres cursos, a través de convocatoria un plazo que permita la incorporación de nuevas personas aspirantes a las listas existentes.
- La tramitación del procedimiento tendrá carácter electrónico y la presentación de estas solicitudes deberá hacerse de forma electrónica.
- El plazo de presentación de solicitudes será al menos de quince días hábiles.
- El personal funcionario interino que tenga un nombramiento a fecha 30 de junio del curso escolar, y a esa fecha haya prestado un mínimo de cinco meses y medio de servicio, tendrá derecho a que le sea prorrogado dicho nombramiento hasta el comienzo del siguiente curso escolar (verano)
- ANEXO I: Baremo de méritos para desempeñar puestos en régimen de interinidad en centros y programas de la acción educativa española en el exterior.
- ANEXO II: Titulaciones y certificados para el desempeño de puestos en régimen de interinidad
- ANEXO III: Titulaciones, certificados y diplomas para la acreditación de competencia en lenguas
Personal docente interino
Orden EFD/116/2025, de 5 de febrero, por la que se regula la formación de listas de aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad en plazas de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en centros y programas de la acción educativa española en el exterior.