Adjudicación definitiva de destinos. Concurso Traslados Cuerpo Maestros 13-14

RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 2014, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se publica la parte dispositiva de la Orden de 8 de mayo de 2014, de la citada Consejería, por la que se aprueba la adjudicación definitiva de destinos correspondiente al concurso de traslados de ámbito autonómico, entre los funcionarios pertenecientes al cuerpo de maestros, para la provisión de plazas en la Comunidad de Castilla y León, convocado por la Orden EDU/878/2013, de 29 de octubre.

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Mediante la Orden de 8 de mayo de 2014, de la Consejería de Educación, se aprueba la adjudicación definitiva de destinos correspondiente al concurso de traslados de ámbito autonómico entre los funcionarios pertenecientes al cuerpo de maestros, para la provisión de plazas en la Comunidad de Castilla y León, convocado por la Orden EDU/878/2013, de 29 de octubre.

El apartado 23.1 de la citada orden de convocatoria establece que la parte dispositiva de la orden por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslados se publicará en el «Boletín Oficial de Castilla y León», y, en la misma fecha, los Anexos con los correspondientes listados se publicarán en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación, en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el portal de educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).

Por lo expuesto

RESUELVO

Hacer pública la parte dispositiva de la Orden de 8 de mayo de 2014, de la Consejería de Educación, por la que se aprueba la adjudicación definitiva de destinos correspondiente al concurso de traslados de ámbito autonómico, entre los funcionarios pertenecientes al cuerpo de maestros, para la provisión de plazas en la Comunidad de Castilla y León, convocado por la Orden EDU/878/2013, de 29 de octubre, cuyo tenor literal es el siguiente:

«Primero.– Resolución del concurso.

Se adjudican con carácter definitivo, los destinos que han correspondido a los funcionarios pertenecientes al cuerpo de maestros que participaron en el concurso de traslados de ámbito autonómico, para la provisión de plazas en la Comunidad de Castilla y León, convocado por la Orden EDU/878/2013, de 29 de octubre, en los términos de los siguientes anexos:

  • a) En el Anexo I se insertan las adjudicaciones definitivas de los participantes que han ejercido el derecho preferente a centro relacionadas por orden alfabético de provincias y, dentro de cada una de éstas, por orden alfabético de localidades.
  • b) En el Anexo II se insertan las adjudicaciones definitivas de los participantes que han ejercido el derecho preferente a localidad o zona relacionadas por orden alfabético de provincias y, dentro de cada una de éstas, por orden alfabético de localidades.
  • c) En el Anexo III se insertan las adjudicaciones definitivas del resto de participantes por orden de mayor a menor puntuación.
  • d) En el Anexo IV se inserta el listado alfabético general de participantes con las puntuaciones obtenidas y el destino concedido o denegado.

Segundo.– Participantes excluidos.

Se declaran excluidos definitivamente de la participación en el citado concurso de traslados, a los participantes que figuran en el Anexo V, con indicación de las causas que han motivado su exclusión.

Tercero.– Alegaciones, renuncias y modificaciones de oficio.

Las alegaciones presentadas contra las adjudicaciones provisionales, las renuncias y las modificaciones de oficio quedan resueltas en los términos comprendidos en los siguientes anexos, que figuran ordenados por provincias y por orden alfabético de participantes afectados:

  • a) El Anexo VI comprende las alegaciones estimadas.
  • b) En el Anexo VII se relacionan las alegaciones desestimadas, con indicación de la causa de su desestimación.
  • c) El Anexo VIII contiene la relación de los maestros que han presentado escrito de renuncia indicando si han sido o no aceptadas así como la causa de su no aceptación. Las renuncias aceptadas supondrán dar por concluso el procedimiento respecto de los mismos.
  • d) El Anexo IX incluye las modificaciones efectuadas de oficio con indicación de su causa.

Cuarto.– Publicación y publicidad de actuaciones.

1. En atención al apartado 23.1 de la Orden EDU/878/2013, de 29 de octubre, la parte dispositiva de la orden se publicará en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

2. En la misma fecha, esta orden junto con sus Anexos, se publicará en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de Educación, en el portal de educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es) y en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).

3. Asimismo, dicha información podrá obtenerse a través del servicio telefónico de información y atención al ciudadano 012 (para llamadas desde fuera de la Comunidad de Castilla y León: 983 327 850).

Quinto.– Toma de posesión y cese.

1. Los destinos adjudicados por esta orden son irrenunciables, de conformidad con lo que dispone el artículo 19.3 del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos, y el apartado 23.2 de la orden de convocatoria.

En atención al apartado anteriormente mencionado, cuando se participe simultáneamente en éste y en otros concursos relativos al mismo o diferente cuerpo docente de enseñanzas no universitarias convocados, en el presente curso escolar 2013/2014, por ésta u otras administraciones educativas, y se haya obtenido más de un destino definitivo, se deberá optar por uno de ellos en los diez días naturales siguientes a la publicación definitiva del último destino obtenido, mediante escrito dirigido a la Dirección General de Recursos Humanos.

De no realizarse dicha opción en el plazo indicado, se deberá tomar posesión en la plaza obtenida correspondiente al cuerpo desde el que se ha participado en situación de servicio activo o en la del último cuerpo en el que estuvo en esa situación.

Las plazas a las que no se opte tendrán la consideración de vacantes desiertas y serán ofertadas al personal funcionario o, en su caso, interino por los diferentes medios de provisión de puestos.

2. De conformidad con el apartado vigesimosexto de la Orden EDU/878/2013, de 29 de octubre, la toma de posesión del nuevo destino se realizará con fecha 1 de septiembre de 2014 y el cese en el de procedencia el 31 de agosto de 2014.

No obstante, los maestros que hayan obtenido destino deberán permanecer en su centro de origen, cuando así se establezca por los titulares de las direcciones provinciales de educación, hasta que concluyan las actividades imprescindibles previstas para la finalización del presente curso escolar 2013/2014.

Sexto.– Anulación de destinos.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado vigesimocuarto de la orden de convocatoria, podrá ser anulado el destino obtenido por cualquier concursante que no se haya ajustado a las normas de esta convocatoria o no coincida con las características declaradas en la solicitud y la documentación correspondiente.

Asimismo, en el supuesto de que se provean vacantes o resultas inexistentes o si como consecuencia de la interposición de recursos en vía administrativa o contencioso-administrativa se anulasen las adjudicaciones de puestos, a los maestros afectados se les considerará suprimidos con destino provisional como consecuencia de resolución de recurso o cumplimiento de sentencia, teniendo derecho preferente a la localidad que al efecto determine la correspondiente resolución de anulación de destino, conforme dispone el Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre.

Séptimo.– Adjudicación de destinos provisionales.

1. La adjudicación de destinos provisionales para el curso 2014/2015, de aquellos concursantes que, habiendo participado con carácter obligatorio no hayan obtenido destino definitivo, se realizará mediante resolución del titular de la dirección provincial de educación, teniendo en cuenta las instrucciones que se dicten por la Dirección General de Recursos Humanos relativas al comienzo del citado curso.

2. No obstante, en el caso de que los puestos que vinieran desempeñando en el presente curso hubieran quedado vacantes estando previsto su funcionamiento para el siguiente curso escolar, y sin perjuicio de lo que resulte de la resolución de los procesos de adscripción previstos en la Orden EDU/1076/2008, de 18 de junio, los maestros indicados en el punto 1 podrán solicitar a la dirección del centro en el que han venido prestando servicios en el presente curso permanecer en el mismo con destino provisional durante el próximo curso 2014/2015, en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a la fecha de publicación de la presente orden en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

Concluido el plazo precitado, el director del centro emitirá informe sobre su conformidad o no con la permanencia en el centro de los solicitantes, que en este último caso deberá ser motivado y notificado al interesado para que en el plazo de cinco días hábiles realice las alegaciones que estime oportunas. Asimismo, el director remitirá a la dirección provincial de educación las solicitudes, informes y, en su caso, las alegaciones presentadas.

La solicitud y el correspondiente informe favorable del director del centro no generará derecho alguno a favor de los solicitantes, al quedar condicionada la permanencia en el centro a que la plaza desempeñada durante el curso 2013/2014 estuviese vacante en el siguiente curso escolar y no haya sido solicitada por maestros con mayor derecho, de acuerdo con las prioridades que se determinen en las instrucciones de inicio del curso escolar 2014/2015 de la Dirección General de Recursos Humanos.

En los casos en que deba determinarse entre varios maestros la posibilidad de confirmación en el centro se dirimirá de acuerdo con la puntuación asignada en el concurso general de traslados y, en su caso, a los criterios de desempate establecidos en el apartado vigésimo de la orden de convocatoria del mismo.

El titular de la dirección provincial de educación, antes de proceder a la adjudicación provisional de destinos a la que se refiere el punto 1, dictará resolución indicando las confirmaciones, que será objeto de publicación en el tablón de anuncios de la dirección provincial de educación y en el portal de educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es), y notificará mediante resolución individual motivada la denegación de las solicitudes.

3. Las resoluciones del titular de la dirección provincial de educación a las que se refieren los puntos 1 y 2, se adoptarán por delegación efectuada por el Director General de Recursos Humanos, mediante Resolución de 4 de julio de 2012, de la indicada Dirección General, y contra ellas podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el citado Director General.

4. Con carácter general, los maestros indicados en el punto 1 que no hayan solicitado la confirmación señalada en el punto 2 o solicitándola no la hayan obtenido, quedarán ordenados atendiendo a la mayor puntuación asignada en el concurso general de traslados. En el caso de que se produjesen empates en el total de las puntuaciones éstos se resolverán atendiendo a los criterios de desempate establecidos en el apartado vigésimo de la orden de convocatoria.»

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo nombre de Valladolid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 8.2, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición, ante el Consejero de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Valladolid, 8 de mayo de 2014,
El Director General de Recursos Humanos,
Fdo.: Jesús Manuel Hurtado Olea


 

Relación de las distintas fechas del Concurso de Traslados de ámbito autonómico de funcionarios docentes de los Cuerpos de EEMM y de Maestros. Curso 2013-2014

Fecha publicación
Cuerpo de Maestros

Fecha de publicación
Cuerpos de EEMM

Convocatoria jueves, 07 de noviembre de 2013 jueves, 7 de noviembre de 2013
Provisional: Listados de Participantes viernes, 31 de enero de 2014 lunes, 3 de febrero de 2014
Definitivo: Listados de Participantes jueves, 27 de febrero de 2014 martes, 4 de marzo de 2014
Provisional: Plantillas y Vacantes miércoles, 05 de marzo de 2014 lunes, 10 de marzo de 2014
Provisional: Adjudicación de destinos miércoles, 12 de marzo de 2014 martes, 18 de marzo de 2014
Definitivo: Plantillas y Vacantes jueves 21 de abril de 2014 jueves 24 de abril de 2014
Definitivo: Adjudicación de destinos viernes 16 de mayo de 2014
viernes 16 de mayo de 2014

Reclamación vacantes: Se ha publicado la relación provisional de vacantes del Concurso General de Traslados [EEMM][Maestros], hay que estar atent@ y reclamar individualmente las plazas que hayáis consignado en vuestras opciones y que no hayan salido en la citada resolución. Plazo de 10 días.

Si necesitáis asesoramiento y/o conocéis alguna vacante que no ha sido ofertada poneos en contacto con el Sindicato.

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Reclamación vacantes: Se ha publicado la relación provisional de vacantes del Concurso General de Traslados [EEMM][Maestros], hay que estar atent@ y reclamar individualmente las plazas que hayáis consignado en vuestras opciones y que no hayan salido en la citada resolución. Plazo de 10 días.

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