Actividades de Inmersión en Lengua Inglesa en el CRIE de Almazán. Centros de Primaria y ESO. Convocatoria Curso 21-22

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  • Solicitantes: Centros docentes públicos de educación primaria y/o educación secundaria obligatoria.
  • Plazo: del 11 de septiembre de 2021 hasta el 15 de octubre de 2021

Los centros solicitantes podrán proponer grupos constituidos por alumnos de un solo grupo de referencia (grupo aula) del centro docente:

  • Un grupo/aula de hasta 25 alumnos de quinto o sexto curso de educación primaria.
  • Un grupo/aula de hasta 25 alumnos de primer o segundo curso de educación secundaria obligatoria.

Las actividades se desarrollarán en turnos semanales que comenzarán los lunes por la tarde y finalizarán los viernes por la tarde, a lo largo de dieciocho semanas completas que se distribuyen de la siguiente forma: nueve semanas se realizarán con grupos de educación primaria y otras nueve con grupos de enseñanza secundaria obligatoria.

En cada turno asistirá un único un grupo de referencia (grupo aula) de un solo centro, que acudirá acompañado de un profesor que, realizando funciones de tutor, se responsabilizará y permanecerá con su alumnado durante el desarrollo de las actividades del CRIE.

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Centros seleccionados para actividades de inmersión lingüística en el CRIE de Almazán (Soria). Curso 18-19
ORDEN EDU/1020/2021, de 1 de septiembre, por la que se realiza convocatoria para la selección de centros docentes públicos de la Comunidad de Castilla y León para participar en las actividades de inmersión en lengua inglesa programadas por el Centro Rural de Innovación Educativa de Almazán (Soria) durante el curso 2021/2022 y se delega la competencia para su resolución.

Mediante Orden EDU/844/2017, de 19 de septiembre, se crea el Centro Rural de Innovación Educativa de Almazán (Soria) y se dispone su puesta en funcionamiento, con la finalidad principal de realizar actividades que desarrollen y completen la acción educativa llevada a cabo en los centros escolares de la Comunidad de Castilla y León y facilitar la convivencia de los alumnos de estos centros, estando su acción prioritariamente dirigida al alumnado de educación primaria y de primero y/o segundo curso de educación secundaria obligatoria.

El Centro Rural de Innovación Educativa de Almazán tiene como propósito desarrollar las competencias en comunicación lingüística a través de la inmersión en lengua inglesa. Para ello ofrece un espacio básico de comunicación en un ámbito más amplio que el escolar donde el alumnado pueda desarrollar y profundizar en las habilidades comunicativas en situaciones cotidianas. Así mismo, ofrece al profesorado pautas y ejemplos de interés para la innovación y aplicación de buenas prácticas en las aulas.

En este contexto, se considera procedente poner a disposición de los centros docentes públicos de la Comunidad de Castilla y León, a través de la presente orden, un recurso más para potenciar el aprendizaje de las lenguas extranjeras, así como servir de apoyo al plurilingüismo y a la inmersión en lengua inglesa.

La situación sanitaria provocada por la COVID-19 aconseja el establecimiento y mantenimiento de medidas de prevención que garanticen el derecho a la salud de todos los miembros de la comunidad educativa en los CRIE y asegurar la convivencia educativa presencial en estos centros.

Por ello, se ha elaborado el protocolo de organización y prevención en los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2021/2022, para garantizar la seguridad y la salud del alumnado y del personal frente al COVID-19 y asegurar la educación presencial de todo el alumnado en los centros educativos.

Así mismo, también se ha establecido un Protocolo de prevención y organización de los servicios complementarios, actividades extraescolares y otras actividades permitidas en los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2021/2022 que recoge las medidas para organizar y desarrollar estas actividades.

El CRIE de Almazán ha creado un entorno seguro de aprendizaje, implementado las medidas contempladas en estos protocolos.

Por lo expuesto, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO

Primero.– Objeto y ámbito.

1. La presente orden tiene por objeto realizar la convocatoria para la selección de centros docentes públicos de la Comunidad de Castilla y León para participar en las actividades de inmersión en lengua inglesa programadas por el Centro Rural de Innovación Educativa, en adelante CRIE, de Almazán (Soria), durante el curso 2021/2022 y se delega la competencia para su resolución.

Segundo.– Objetivos.

Los objetivos que se pretenden con el desarrollo de las actividades programadas por el CRIE de Almazán para el curso 2021/2022 son, entre otros, los siguientes:

  • a) Desarrollar la competencia en lengua inglesa que ayude al alumnado en su autonomía para desenvolverse en una sociedad pluricultural.
  • b) Favorecer la innovación en el aprendizaje de las lenguas extranjeras a través de novedosos enfoques comunicativos que motiven al alumnado.
  • c) Ofrecer al alumnado la posibilidad de convivir en un espacio no habitual como refuerzo de las competencias o relaciones sociales y cívicas.

Tercero.– Destinatarios y alumnado participante.

1. Los destinatarios de esta convocatoria serán los centros docentes públicos de la Comunidad de Castilla y León que impartan educación primaria y/o educación secundaria obligatoria.

2. Los centros solicitantes podrán proponer grupos constituidos por alumnos de un solo grupo de referencia (grupo aula) del centro docente, para garantizar el cumplimiento de las medidas preventivas. Creando un entorno seguro de aprendizaje con medidas que controlen la transmisión del COVID-19.

3. Cada centro solicitante podrá proponer:

  • a) Un grupo-aula de hasta 25 alumnos de quinto o sexto curso de educación primaria.
  • b) Un grupo-aula de hasta 25 alumnos de primer o segundo curso de educación secundaria obligatoria.

Cuarto.– Organización de las actividades.

1. Las actividades de inmersión lingüística girarán en torno al tema específico «CRIE FOR ACTION–ODS 2030», que trabajará: El objetivo ODS n.º 11: «Ciudades y comunidades sostenibles», con el propósito de lograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles.

2. Las actividades se desarrollarán en turnos semanales que comenzarán los lunes por la tarde y finalizarán los viernes por la tarde, a lo largo de dieciocho semanas completas que se distribuyen de la siguiente forma: Nueve semanas se realizarán con grupos de educación primaria y otras nueve con grupos de enseñanza secundaria obligatoria.

En el caso que no se cubrieran los turnos con alumnos de los niveles educativos señalados podrán ser utilizados por el otro nivel educativo si hubiera centros en reserva.

3. En cada turno asistirá un único un grupo de referencia (grupo aula) y de un solo centro, que acudirá acompañado de un profesor que, realizando funciones de tutor, se responsabilizará y permanecerá con su alumnado durante el desarrollo de las actividades del CRIE.

El número de profesores podrá aumentar en función de las necesidades del grupo, cuando el alumnado que participe en la actividad tenga necesidades específicas de apoyo educativo o padezca determinadas enfermedades o tenga circunstancias específicas debidamente documentadas.

4. Serán funciones del profesorado acompañante, además de las de tutor, las siguientes:

  • a) Informar a las familias y al alumnado de todos los aspectos relativos a la participación y desarrollo de la actividad, así como la cumplimentación de los documentos que recojan los datos del alumnado y del profesorado participante.
  • b) Colaborar con el profesorado del CRIE tanto en las actividades programadas para la semana de convivencia con su alumnado, como en su evaluación curricular y garantizar la conexión del trabajo desarrollado en el CRIE con el trabajo en el centro participante.
  • c) Asistir a las reuniones de coordinación, presenciales o a distancia, que se celebren entre los centros y en su caso con la dirección provincial de educación correspondiente.

5. Las actividades serán dirigidas por el equipo docente del CRIE debiendo recibir la colaboración del profesorado acompañante. Las actuaciones del CRIE se complementarán con actividades lúdicas y deportivas u otras que propicien el aprendizaje de los aspectos orales y de otra índole en lengua inglesa.

Se desarrollará la propuesta didáctica diseñada por el centro participante que estará relacionada con el objetivo ODS n.º 11: «Ciudades y comunidades sostenibles»

6. Las normas de régimen interno del CRIE serán de obligado cumplimiento por parte de alumnado y profesorado. Ante posibles daños se aplicará el protocolo establecido en las normas de organización, funcionamiento y convivencia del CRIE que estará a disposición del centro participante.

Así mismo serán de obligado cumplimiento las actuaciones contenidas en el Protocolo de prevención y organización de los servicios complementarios, actividades extraescolares y otras actividades permitidas en los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2021/2022 elaborado por la Consejería de Educación.

7. Durante la participación en la actividad, alumnado y profesorado estarán cubiertos por un seguro de accidentes y responsabilidad civil, que les dará protección desde la salida de su centro docente hasta su regreso al mismo.

8. La participación en la actividad incluirá el alojamiento, la manutención y el transporte de los alumnos desde su centro hasta las instalaciones del CRIE de Almazán, y el regreso a su centro una vez finalizada la actividad. Asimismo, se incluirá el material de trabajo necesario.

Quinto.– Solicitudes, documentación y plazo de presentación.

1. El centro interesado deberá presentar una solicitud por grupo que irá dirigida a la Consejera de Educación conforme al formulario de solicitud que como documento número 1.

2. De conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes se presentarán exclusivamente de forma electrónica, a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.com), para lo cual los titulares de la dirección del centro deberán disponer del DNI electrónico o de cualquier certificado electrónico expedido por una entidad prestadora del servicio de certificación que haya sido previamente reconocida por esta Administración y sea compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas corporativas.

Las entidades prestadoras del servicio al que se refiere el párrafo anterior reconocidas por la Junta de Castilla y León, figuran en una relación actualizada que se encuentra publicada en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.com).

El registro electrónico emitirá de forma automática un resguardo acreditativo de la presentación, consistente en una copia auténtica de la solicitud que incluye la fecha, hora y número de entrada de registro, así como un resumen acreditativo de la presentación de la solicitud.

Esta copia estará configurada de forma que pueda ser impresa o archivada por el interesado, garantizando la identidad del registro y teniendo valor de recibo de la presentación. La falta de recepción del mensaje de confirmación o la aparición de un mensaje de error o deficiencia de transmisión implica que no se ha producido la recepción correctamente, debiendo realizarse la presentación en otro momento o utilizando otros medios disponibles.

3. El plazo de presentación de las solicitudes comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Boletín Oficial de Castilla y León y finalizará el día 15 de octubre de 2021, incluido.

4. De acuerdo con lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, si la solicitud no reuniese los requisitos exigidos en la presente orden, la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado requerirá al interesado para que en el plazo de diez días hábiles, subsane la falta, con indicación de que, si así no se hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada en los términos del artículo 21 de la precitada ley.

5. La subsanación se realizará a través del Registro Electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en la forma determinada en el apartado quinto.2, mediante el envío de un formulario de incorporación de datos cumplimentado según el documento número 2.

Sexto.– Notificaciones y comunicaciones.

Las notificaciones y comunicaciones derivadas del procedimiento se realizarán exclusivamente por procedimientos electrónicos. La práctica de las notificaciones se realizará de conformidad con el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, previo envío de un aviso sobre la puesta a disposición de la notificación efectuada al correo electrónico indicado en la solicitud de acuerdo con el artículo 41.6 de la citada ley.

Séptimo.– Comisión y criterios de valoración.

1. Finalizado el plazo de presentación y subsanación de solicitudes, éstas serán evaluadas por una comisión de valoración constituida al efecto que presidirá el Jefe de Servicio de Participación Educativa y Ayudas al Estudio o persona en quien delegue, y dos funcionarios de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, nombrados por su titular, uno de los cuales actuará como secretario.

2. La comisión de valoración evaluará las solicitudes y realizará una prelación entre los centros solicitantes, de acuerdo con los siguientes criterios de valoración:

  • a) Características del centro, hasta 6 puntos de acuerdo con el siguiente baremo:
    • 1.º Si el centro tiene sección lingüística o sección bilingüe, 1,5 punto.
    • 2.º Contexto del centro de acuerdo con lo reflejado en el apartado de la solicitud, «características del centro», que permitan valorar las características socioeconómicas de su ámbito, hasta 2 punto.
    • 3.º Ubicación del centro, primando las localidades de menor a mayor número de habitantes, referido en educación primaria a la localidad en la que está ubicado el centro de educación infantil y primaria (CEIP) y en el caso de los centros rurales agrupados (CRA) a la localidad de procedencia del grupo participante, hasta 2,5 puntos de acuerdo con el siguiente desglose:

3.º.1. Educación primaria: Menos de 400 habitantes, 2,5 puntos; entre 401 y 1.000 habitantes, 2 puntos y más de 1.001 habitantes, 1 punto.

3.º.2. Educación secundaria: Menos de 1.000 habitantes, 2,5 puntos; entre 1.001 y 5.000 habitantes, 2 puntos y más de 5.001 habitantes, 1 punto.

  • b) Calidad de la propuesta didáctica el objetivo ODS n.º 11: «Ciudades y comunidades sostenibles», hasta 3 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:
    • 1.º Propuestas que faciliten la comunicación oral en lengua inglesa, 1 punto.
    • 2.º Inclusión de soluciones educativas innovadoras que integren el tema específico propuesto, hasta 1 punto.
    • 3.º Conexión con el trabajo en el aula, tanto previo como posterior a su participación en la actividad del CRIE, hasta 1 punto.
  • c) Para favorecer la mayor participación del mayor número de alumnos, hasta 1 punto con el siguiente baremo:
    • 1.º Grupos de entre 15 a 25 alumnos: 1 punto.
    • 2.º Grupos de menos de 15 alumnos: 0,5 puntos.

3. En los casos de empate en la puntuación, los centros serán ordenados en función de la siguiente prelación:

  • a) En primer lugar, los centros que no hayan participado con anterioridad en actividades de inmersión en lengua inglesa programadas por el CRIE de Almazán.
  • b) En segundo lugar, los centros con sección lingüística o bilingüe.

4 En el caso de centros educativos que presenten más de una solicitud, solo será seleccionada una de ellas cuando el número de solicitudes sea mayor que el número de plazas.

Octavo.– Resolución.

1. Visto el expediente y el informe de la comisión de valoración, la convocatoria será resuelta por resolución del Director General de Innovación y Formación del Profesorado, mediante delegación que se efectúa en esta orden.

2. La resolución, que se publicará en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación y León, y será objeto de publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es), recogerá un listado con los centros seleccionados y dos listados, uno de centros de educación primaria y otro de secundaria, con los suplentes debidamente ordenados.

3. El plazo máximo para resolver la convocatoria y publicar la resolución será de tres meses a contar desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Si transcurrido dicho plazo no se hubiera resuelto y publicado la convocatoria, las solicitudes se entenderán desestimadas.

4. Contra la resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, podrán interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Consejera de Educación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo nombre del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en los tablones de anuncios.

5. En el caso de que existiera una causa debidamente justificada que no permitiera a un centro seleccionado participar se deberá enviar por escrito su renuncia, además de informar a la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado y al CRIE de Almazán con la antelación suficiente para que poder ocupar esa plaza con el centro de reserva correspondiente. En caso otro caso se le considerará como centro que ya ha participado.

6. Los centros seleccionados deberán remitir al CRIE de Almazán, debidamente cumplimentados, a través del correo electrónico 42700113@educa.jcyl.es, los siguientes documentos:

  • a) Documento número 3, relativo a los datos del grupo y profesor acompañante, firmado por el director o directora del centro docente.
  • b) Documento número 4, relativo a los datos del alumnado participante.
  • c) Documento número 5, relativo a la autorización para la participación del alumnado, firmado por el padre, la madre o el tutor legal.
  • d) Documento número 6, relativo a la ficha médica del alumnado participante, firmado por el padre, la madre o el tutor legal.
  • e) Documento número 7, relativo al consentimiento informado para el tratamiento de datos de imagen y voz del alumnado participante, firmado por el padre, la madre o el tutor legal, o bien por el propio alumno/a si tiene 14 o más años.
  • f) Documento número 8, autorización firmada por el titular de la dirección del centro para alojar en la página web del CRIE la propuesta didáctica, presentada por el centro asistente, en el caso de que se desee su difusión.
  • g) Documento número 9, declaración responsable relativa a la ausencia de síntomas COVID en el alumnado participante, firmado por el padre, la madre o el tutor legal.

7. Los plazos para que los centros seleccionados remitan los documentos anteriormente relacionados serán los siguientes:

  • a) Los turnos seleccionados para participar en el segundo trimestre del curso escolar: Entre el 1 y el 15 de diciembre de 2021.
  • b) Los turnos seleccionados para participar en el tercer trimestre del curso escolar: Entre el 1 y el 15 de marzo de 2022.

Noveno.– Documentos.

Todos los documentos mencionados en la presente orden estarán disponibles en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.com) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://.www.educa.jcyl.es).

Décimo.– Informe final y reconocimiento al profesorado.

1. Durante el mes siguiente a la realización de la actividad, los centros participantes remitirán al CRIE un informe final de la actividad, elaborado por el profesorado acompañante, en el que se deberá indicar el grado de consecución de los objetivos y el compromiso del centro docente con la actividad del CRIE plasmando los resultados del desarrollo de la propuesta didáctica y su integración con las actividades del CRIE, así como sugerencias y propuestas, en su caso.

2. El CRIE recogerá en su memoria final, un breve resumen y valoración de los respectivos informes finales de los centros participantes. Esta memoria será remitida por el CRIE a la Dirección Provincial de Educación de Soria para que ésta a su vez la remita, junto con una relación certificada de la totalidad del profesorado participante en las actividades del CRIE durante el curso escolar 2021/2022, a la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado.

3. La Dirección General de Innovación y Formación el Profesorado podrá reconocer al profesorado acompañante un máximo de tres créditos de formación, en función del informe final presentado.

Undécimo.– Desarrollo.

Se autoriza al Director General de Innovación y Formación del Profesorado para dictar cuantas resoluciones e instrucciones sean necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en esta orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Consejera de Educación o bien directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 1 de septiembre de 2021.

La Consejera,
Fdo.: Rocío Lucas Navas

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