Certificación del nivel de competencia digital «CoDiCe TIC» centros educativos. Convocatoria 18-19

  • Plazo solicitud 30 de septiembre.
    • Se presentará exclusivamente por vía electrónica a través de la Aplicación STILUS y se debe informar previamente al claustro de profesores y al consejo escolar del centro.
  • Modalidades:
    • Modalidad A: «Concesión de la certificación».
    • Modalidad B: «Mejora del nivel de certificación»
    • Modalidad C: «Renovación del nivel de certificación».
  • ANEXO: Guión para Autoevaluación 1.635 kbytes

 

ORDEN EDU/912/2018, de 21 de agosto, por la que se convoca el procedimiento para la obtención de la certificación del nivel de competencia digital «CoDiCe TIC», en la integración de las tecnologías de la información y la comunicación, de los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, en el curso escolar 2018/2019.

Orden BOCyLLa Comunidad de Castilla y León, a través de la Consejería de Educación, considera fundamental el desarrollo de las tecnologías de la información y la comunicación como medio de favorecer la innovación en la enseñanza y de promover la mejora continua de la calidad educativa.

Con esta finalidad, la Consejería de Educación ha llevado a cabo actuaciones de reconocimiento de la integración, aplicación, fomento e innovación en la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación en la actividad diaria de los centros docentes.

Mediante Orden EDU/600/2018, de 1 de junio, se regula el procedimiento para la obtención de la certificación del nivel de competencia digital «CoDiCe TIC», en la integración de las tecnologías de la información y la comunicación, de los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.

El artículo 2.1 de la citada orden establece que la certificación del nivel de competencia digital de los centros educativos se obtendrá previa convocatoria que será realizada mediante orden de la consejería competente en materia de educación.

Con el fin de dar continuidad al procedimiento de certificación ya existente, en atención a la disposición transitoria de la Orden EDU/600/2018, de 1 de junio, los centros a través de la presente convocatoria podrán renovar o mejorar el nivel de certificación en la aplicación de las tecnologías de la información y la comunicación obtenido en las dos últimas convocatorias realizadas mediante Orden EDU/744/2016, de 19 de agosto, y Orden EDU/717/2017, de 22 de agosto, por las que se convoca el procedimiento para la obtención de la certificación en la aplicación de las tecnologías de la información y la comunicación por los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, en los cursos escolares 2016/2017 y 2017/2018, respectivamente, recibiendo la certificación del nivel de competencia digital «CoDiCe TIC».

En consecuencia, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO

Primero.– Objeto.

1. La presente orden tiene por objeto convocar el procedimiento para la obtención de la certificación del nivel de competencia digital «CoDiCe TIC», en la integración de las tecnologías de la información y la comunicación, de los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, en el curso escolar 2018/2019.

2. La Consejería de Educación otorgará la certificación en alguno de los niveles descritos en el artículo 2.3 de la Orden EDU/600/2018, de 1 de junio, por la que se regula el procedimiento para la obtención de la certificación del nivel de competencia digital «CoDiCe TIC», en la integración de las tecnologías de la información y la comunicación, de los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.

3. La participación de los centros requerirá informar previamente al claustro de profesores y al consejo escolar del centro.

Segundo.– Modalidades de participación.

De conformidad con el artículo 1.2 de la Orden EDU/600/2018, de 1 de junio, las modalidades de participación serán las siguientes:

  • a) Modalidad A: «Concesión de la certificación», en el supuesto de que el centro no tenga la certificación o la haya mantenido en un mismo nivel durante cuatro cursos consecutivos.
  • b) Modalidad B: «Mejora del nivel de certificación», en el supuesto de que el centro desee obtener la certificación en un nivel superior al obtenido en alguna de las dos últimas convocatorias realizadas mediante Orden EDU/744/2016, de 19 de agosto, y Orden EDU/717/2017, de 22 de agosto, por las que se convoca el procedimiento para la obtención de la certificación en la aplicación de las tecnologías de la información y la comunicación por los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, en los cursos escolares 2016/2017 y 2017/2018, respectivamente. En ningún caso se otorgará menor nivel del que obtuvo en la anterior convocatoria.
  • c) Modalidad C: «Renovación del nivel de certificación», en el supuesto de que el centro, manteniendo las mismas circunstancias por las que obtuvo la certificación en un determinado nivel al amparo de la convocatoria efectuada mediante Orden EDU/744/2016, de 19 de agosto, en el curso escolar 2016/2017, desee renovar la certificación durante dos cursos más con el mismo nivel.

Tercero.– Solicitudes.

1. Los centros educativos indicados en el apartado primero.1 que quieran obtener, en cualquiera de sus modalidades, la certificación del nivel de competencia digital, deberán presentar dentro del plazo indicado en el apartado cuarto, la solicitud de participación exclusivamente por vía electrónica, a través del formulario general de solicitud, que se encuentra disponible en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León http://www.educa.jcyl.es, en el entorno Stilus Enseña, dentro del espacio destinado a las aplicaciones disponibles para cada centro y que enlazará con el registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Sólo podrán acceder al formulario general de solicitud los responsables de los centros que estén registrados y autenticados en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León como directores.

El registro electrónico emitirá resguardo acreditativo de la presentación, consistente en una copia autentica de la solicitud que incluye la fecha, hora y número de entrada de registro, así como un resumen acreditativo tanto de la presentación de la solicitud como de los documentos que, en su caso, acompañen a la misma.

Esta copia estará configurada de forma que pueda ser impresa o archivada por el interesado, garantizando la identidad del registro y teniendo valor de recibo de presentación. La falta de recepción del mensaje de confirmación o, en su caso, la aparición del mensaje de error o deficiencia de la transmisión implicará que no se ha producido la recepción correctamente, debiendo realizarse la presentación en otro momento o utilizando otros medios disponibles.

2. Se ofrecerá soporte y asistencia a los directores de los centros para resolver las posibles incidencias que pudieran producirse en la cumplimentación y presentación de la solicitud a través de la siguiente dirección de correo electrónico certificacion.tic@educa.jcyl.es.

3. El formulario general de solicitud incluye:

  • a) Declaración responsable sobre la información de participación realizada al claustro de profesores y al consejo escolar del centro.
  • b) En el caso de solicitar renovación de la certificación, la declaración responsable de que se mantienen las mismas circunstancias por las que obtuvieron la certificación en un determinado nivel.

Cuarto.– Plazo de presentación de solicitudes, subsanación y admisión de centros.

1. El plazo de presentación de solicitudes se inicia a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León y finalizará el 30 de septiembre de 2018.

2. De acuerdo con lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, si la solicitud no reuniese los requisitos exigidos en la presente orden, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada en los términos del artículo 21 de la precitada ley.

3. Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y de subsanación, se publicará en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación un listado provisional con los centros admitidos y excluidos a la presente convocatoria, indicando la causa de la exclusión. Los centros dispondrán de un plazo de cinco días para formular las alegaciones que consideren oportunas, transcurrido el cual, los listados definitivos de centros admitidos y excluidos serán publicados por el medio indicado anteriormente.

Quinto.– Cuestionario de autoevaluación.

De conformidad con el artículo 3.5 de la Orden EDU/600/2018, de 1 de junio, los centros admitidos en la presente convocatoria en las modalidades indicadas en el apartado segundo. a) y b), deberán realizar un cuestionario de autoevaluación conforme al Anexo, en el que valorarán los procesos de integración de las TIC, recogido en su plan TIC de centro, que se cumplimentará a través de un formulario on-line al que se accederá desde el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León, (http://www.educa.jcyl.es) del 5 al 30 de noviembre de 2018.

Sexto.– Visita de los equipos técnicos.

Una vez realizado el cuestionario de autoevaluación, los centros participantes recibirán la visita del equipo técnico experto en la materia al que se refiere el artículo 4 de la Orden EDU/600/2018, de 1 de junio, para llevar a cabo las siguientes funciones que en él se indican:

  • a) Comprobar las evidencias, informaciones e indicadores aportados por el centro, utilizados para justificar cada una de las valoraciones otorgadas a las afirmaciones del cuestionario, según se recoge en el plan TIC de centro.
  • b) Recopilar información adicional que puede no haber sido reflejada mediante la cumplimentación del cuestionario de autoevaluación.
  • c) Emitir un informe sobre el nivel de competencia digital del centro, haciendo una propuesta de valoración.

Séptimo.– Tramitación.

1. Las notificaciones y comunicaciones derivadas del procedimiento se realizarán exclusivamente por procedimientos electrónicos. La práctica de las notificaciones se realizará de conformidad con el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, previo envío de un aviso sobre la puesta a disposición de la notificación efectuada al correo electrónico indicado en la solicitud de acuerdo con el artículo 41.6 de la citada ley.

2. Las solicitudes serán examinadas y valoradas por la comisión de acreditación establecida en el artículo 5 de la Orden EDU/600/2018, de 1 de junio, para lo que contarán con la colaboración de los equipos técnicos.

3. En caso de tratarse de las modalidades indicadas en el apartado segundo. a) y b), una vez cumplimentado el cuestionario de autoevaluación y realizada la visita de los equipos técnicos, la comisión de acreditación analizará el informe emitido por los equipos técnicos y emitirá informe sobre la certificación del nivel de competencia digital de cada centro, en uno de los cinco niveles descritos en el artículo 2.3 de la Orden EDU/600/2018, de 1 de junio.

4. En caso de tratarse de la modalidad indicada en el apartado segundo. c), una vez admitidas las solicitudes, la comisión de acreditación, si así lo estima necesario, podrá examinar y comprobar el mantenimiento de las mismas circunstancias por las que el centro obtuvo el correspondiente nivel de certificación y emitirá informe sobre la renovación.

Octavo.– Resolución.

1. La convocatoria será resuelta por el Consejero de Educación, de acuerdo con la propuesta de la Directora General de Innovación y Equidad Educativa, visto el expediente y el informe de la comisión de acreditación.

2. La resolución de la convocatoria será publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León y será objeto de publicidad a través del Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).

3. El plazo máximo para la resolución de la presente convocatoria y su publicación será de seis meses a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes, pudiendo suspenderse dicho plazo cuando concurra alguno de los supuestos del artículo 22.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Transcurrido dicho plazo sin que haya sido publicada la resolución, se podrán entender desestimadas las solicitudes.

4. Contra la orden de resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Consejero de Educación en el plazo de un mes, o bien, directamente recurso ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Noveno.– Duración de los niveles de acreditación y seguimiento.

1. De conformidad con lo establecido en el artículo 2.4 de la Orden EDU/600/2018, de 1 de junio, la duración de la certificación de los centros acreditados en esta convocatoria será de dos cursos escolares y su validez será efectiva a partir del 1 de septiembre del curso 2019/2020. En la modalidad del apartado segundo. b), en el caso de los centros que obtuvieron la certificación mediante Orden EDU/717/2017, de 22 de agosto, en el curso escolar 2017/2018, en el supuesto de que en la presente convocatoria no consigan mejorar nivel, los dos cursos se contarán desde que obtuvieron la certificación del nivel en la citada convocatoria.

2. La Dirección General de Innovación y Equidad Educativa, a través de las direcciones provinciales de educación, podrá llevar a cabo la comprobación del mantenimiento de las circunstancias que dieron lugar a la certificación con el nivel asignado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Orden EDU/600/2018, de 1 de junio.

Décimo.– Compromisos.

1. La participación de los centros educativos en la presente convocatoria conllevará la aceptación de lo establecido en la presente orden.

2. De acuerdo con lo establecido en el artículo 8.1 de la Orden EDU/600/2018, de 1 de junio, los centros docentes acreditados se comprometen a participar en todas aquellas actividades formativas específicas diseñadas por la administración educativa, así como en la experimentación de nuevos recursos y aplicaciones vinculadas con las TIC.

3. Así mismo, en atención a lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Orden EDU/600/2018, de 1 de junio, la Consejería de Educación, a través de la Dirección General de Innovación y Equidad Educativa, teniendo en cuenta las necesidades y objetivos formativos demandados por los docentes o incluidos en el plan de formación de los centros acreditados, se compromete a diseñar la formación específica, las actividades de dinamización y los procesos de evaluación y seguimiento que estime necesarios. Además podrá tener en cuenta a los centros que obtengan la certificación para la implementación de proyectos de innovación educativa.

Undécimo.– Aplicación.

Se faculta a la Directora General de Innovación y Equidad Educativa para dictar cuantas resoluciones e instrucciones sean necesarias para la aplicación de lo previsto en la presente orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Consejero de Educación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 21 de agosto de 2018.

El Consejero,
Fdo.: Fernando Rey Martínez

ANEXO

CUESTIONARIO DE AUTOEVALUACIÓN

Los centros admitidos en la presente convocatoria en las dos primeras modalidades del apartado segundo a) y b) de la orden de convocatoria, deberán realizar un cuestionario de autoevaluación en el que valorarán los procesos de integración de las TIC, recogido en su Plan TIC de centro, a través de un formulario on-line al que se accederá desde el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).

I. LA AUTOEVALUACIÓN DE LA TRAYECTORIA Y EXPERIENCIA DE INTEGRACIÓN DE LAS TIC EN EL CENTRO.

Se admite a efecto de valoración la relación de experiencias, proyectos y/o actividades relacionadas con las TIC que se han llevado a cabo en el centro y que a continuación se relacionan.

Se valorará cada apartado siempre que haya implicación de las TIC en los planes, proyectos o premios. La valoración total será hasta un máximo de 10 puntos.

  • A. Desarrollo de actividades de formación del centro durante los 3 últimos cursos, hasta un máximo de 6 puntos.
    • a) Hasta 3 puntos si la formación se ha realizado el curso anterior.
    • b) Hasta 2 puntos si la formación se ha realizado el penúltimo curso.
    • c) Hasta 1 punto si la formación se ha realizado en el antepenúltimo curso.
  • B. Desarrollo de planes institucionales que no sean de carácter obligatorio y obtención de premios y reconocimientos, hasta un máximo de 4 puntos, a razón de 0,5 puntos por cada actuación:
    • a) Planes de mejora.
    • b) Proyectos de innovación.
    • c) Premios.
    • d) SELFIE.
    • e) Otros.

II. LA AUTOEVALUACIÓN DEL GRADO DE IMPLANTACIÓN DE LAS TIC EN EL CENTRO EN OCHO ÁREAS DIFERENCIADAS.

El cuestionario de autoevaluación está dividido en ocho áreas diferenciadas y la puntuación final se obtendrá teniendo en cuenta el siguiente baremo para cada área:

1.º Área 1: Gestión, organización y liderazgo. 10%

2.º Área 2: Procesos de enseñanza y aprendizaje. 15%

3.º Área 3: Formación y desarrollo profesional. 15%

4.º Área 4: Procesos de evaluación. 15%

5.º Área 5: Contenidos y currículos. 15%

6.º Área 6: Colaboración, trabajo en red e interacción social. 10%

7.º Área 7: Infraestructura. 10%

8.º Área 8: Seguridad y confianza digital. 10%

Cada una de las áreas está compuesta por una serie de conceptos objeto de evaluación que se concretan en afirmaciones, de forma que permitan obtener una valoración y estimación del grado de cumplimiento de las diferentes áreas, y como consecuencia la obtención o no de la certificación correspondiente.

Las afirmaciones que forman parte de cada concepto, y que permitirán su evaluación, deberán ser valoradas por cada centro según su grado de cumplimiento.

Se establecerá una puntuación entre 1 y 10, siendo la puntuación 1 «mínimo cumplimiento», mientras el 10 es la puntuación de «máximo cumplimiento».

Para cada afirmación del cuestionario aparecerá un desplegable en el que el centro seleccionará la valoración correspondiente a su situación con respecto al grado de cumplimiento del 1 al 10:

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

Junto con la evaluación de cada afirmación, el cuestionario se completará con un apartado en el que cada centro describirá las evidencias y aportaciones para justificar las valoraciones otorgadas.

ÁREA 1 – GESTIÓN, ORGANIZACIÓN Y LIDERAZGO Actuaciones relacionadas con las estructuras organizativas, de gestión, de administración y coordinación relativas a la integración y uso eficaz de las tecnologías en el proceso de enseñanza y aprendizaje.
1. El centro considera el papel de las TIC en los documentos y planes institucionales en el contexto escolar y en la comunidad educativa desde el ámbito del aprendizaje.
2. El centro considera el papel de las TIC en los documentos y planes institucionales en el contexto escolar desde el ámbito de la gestión, administración e intercomunicación.
3. La organización general del centro tiene definida su contexto tecnológico escolar y ámbito de utilización.
4. El centro tiene especificadas las estructuras organizativas (comisiones, responsables,…) para la planificación, funcionamiento, diagnóstico y evaluación del contexto tecnológico-didáctico del centro y se coordina con los órganos personales y colegiados del centro.
5. Las estructuras organizativas relacionadas con el contexto tecnológico tienen definidas funciones, tareas y temporalización.
6. El centro cuenta con mecanismos para el apoyo a la integración y adaptación del profesorado, alumnado, familias y personal no docente al contexto tecnológico-didáctico escolar.
7. El centro tiene definidas líneas explícitas, en los procesos de administración y organización, referidas a la gestión académica y tecnológica del centro.
8. Existe un plan estratégico de planificación orientado hacia la aplicación e integración de las TIC en todos sus procesos y se revisan los resultados, la calidad y el impacto.
9. La dirección del centro tiene definidas líneas de actuación en relación a la integración de las tecnologías en los distintos ámbitos de gestión.
10. El centro realiza diagnóstico y evaluación de los procesos de integración de las tecnologías en los siguientes aspectos: Uso didáctico, educativo, comunicación interna y externa, uso administrativo y gestión para la mejora continua y la innovación.
ÁREA 2 – PROCESOS DE ENSEÑANZA Y APRENDIZAJE Actuaciones relacionadas con criterios comunes para la elaboración de las programaciones didácticas, selección de recursos digitales, en la estructuración del contexto tecnológico, en las metodologías colaborativas, creativas e inclusivas para el desarrollo de las competencias en el proceso de enseñanza y aprendizaje.
1. El centro tiene establecidos criterios comunes para la elaboración de las programaciones didácticas en los objetivos, en las metodologías y en los procesos para la adquisición de las competencias digitales desde la perspectiva de todas las áreas y niveles.
2. Los planes de acción educativa (planes de convivencia, acción tutorial,…) definen objetivos, metodologías y procesos para adquirir la competencia digital.
3. El centro aplica la integración de los dispositivos tecnológicos y aplicaciones didácticas en los procesos de personalización, individualización del aprendizaje, la inclusión educativa y el aprendizaje adaptativo.
4. El contexto tecnológico del centro está estructurado de acuerdo al modelo didáctico y metodológico.
5. Los docentes utilizan las TIC como herramientas facilitadoras para la implantación y el desarrollo de metodologías activas e innovadoras.
6. Se tienen implantados entornos tecnológicos colaborativos para el aprendizaje.
7. Los modelos de enseñanza y aprendizaje contemplan el desarrollo del pensamiento creativo, crítico y computacional como metodología para el aprendizaje.
8. Dentro del proceso de enseñanza/aprendizaje se recogen evidencias para la comprobación de la competencia digital de los alumnos.
9. El centro adapta los recursos digitales y el entorno tecnológico a las características del centro y de los alumnos.
10. El centro integra objetivos y procesos de aprendizaje sobre el uso seguro de las tecnologías en el currículo escolar.
ÁREA 3 – FORMACIÓN Y DESARROLLO PROFESIONAL Actuaciones relacionadas con acciones formativas para la adquisición y mejora de la competencia digital de sus docentes, la adaptación a entornos digitales, la colaboración y participación profesional en la integración y uso eficaz de las tecnologías en el proceso de enseñanza y aprendizaje.
1. El profesorado del centro desarrolla procesos de autoevaluación de su competencia digital a través de una herramienta estandarizada o de centro.
2. Los procesos formativos del profesorado se adaptan al contexto didáctico y metodológico del centro y están dirigidos al desarrollo de modelos metodológicos y de estrategias de utilización de las TIC.
3. Las acciones formativas desarrolladas surgen de un plan de detección de necesidades en relación al nivel de competencia TIC del profesorado.
4. El centro estructura actuaciones para favorecer la adaptación del profesorado al contexto tecnológico-didáctico del centro.
5. El centro desarrolla estrategias para la dinamización de las actuaciones formativas en el equipo de profesores/as (estrategias de difusión, apoyo práctico en el aula,…).
6. La planificación de la formación considera la creación de recursos para la difusión y el intercambio.
7. El centro desarrolla trayectorias de acciones formativas relacionadas con el desarrollo de las competencias digitales del profesorado.
8. El centro tiene una trayectoria de acciones formativas dirigidas al desarrollo modelos metodológicos y estrategias de utilización de las TIC en los procesos de enseñanza ya aprendizaje.
9. Las acciones formativas del profesorado siguen en las líneas de favorecer procesos de mejora del entorno tecnológico-didáctico.
10. Existen en el centro estrategias organizativas coordinadas para dinamizar y motivar las acciones formativas relativas a las tecnologías de la información.
ÁREA 4 – PROCESOS DE EVALUACIÓN Actuaciones relacionadas con criterios, indicadores, procesos de evaluación, entornos de aprendizaje, uso de herramientas tecnológicas para la evaluación y resultados de los procesos, la eficacia y la eficiencia de la aplicación de estos procesos y el uso del entorno tecnológico-didáctico en la integración y uso eficaz de las tecnologías en el proceso de enseñanza y aprendizaje.
1. El profesorado desarrolla con las TIC estrategias diversas para la evaluación a los aprendizajes.
2. El centro integra estrategias de análisis de aprendizaje coordinadas para la evaluación didáctica a través de la recogida de datos.
3. El centro tiene establecido criterios compartidos para evaluar los aprendizajes en entornos digitales.
4. Se comunica a los estudiantes el progreso del aprendizaje a través de herramientas digitales (e-portfolio, tutorías inteligentes, simulaciones,…).
5. Se utilizan herramientas digitales y metodologías para la coevaluación y autoevaluación.
6. El centro coordina y define el proceso de evaluación de la adquisición de la competencia digital del alumnado en todas las etapas.
7. El centro considera estrategias de evaluación sobre la eficiencia y eficacia del contexto tecnológico para el aprendizaje.
8. El centro tiene establecidos criterios compartidos para evaluar los aprendizajes entornos digitales presenciales, no presenciales, formales y no formales.
9. El centro evalúa y analiza la utilización de las herramientas del contexto tecnológico.
10. El centro utiliza indicadores y herramientas para valorar la eficacia y eficiencias del entorno tecnológico-didáctico para los procesos de enseñanza y aprendizaje.
ÁREA 5 – CONTENIDOS Y CURRÍCULOS Actuaciones relacionadas con la estructuración, secuenciación, estándares de aprendizaje, competencias y contextualización de los contenidos curriculares relativos a la competencia digital, a los recursos didácticos y a la organización en la integración y uso eficaz de las tecnologías de la información en el proceso de enseñanza y aprendizaje.
1. El centro establece la flexibilización de espacios y horarios, favoreciendo el desarrollo de competencias clave mediante metodologías basadas en tecnologías de la información y comunicación.
2. El profesado establece acuerdos sobre los indicadores de consecución de los estándares para el logro de la competencia digital.
3. El centro tiene en cuenta el carácter transversal y secuenciado de la competencia digital e implica a los aspectos metodológicos, de evaluación y de su adquisición a todas las áreas.
4. El centro establece criterios comunes para la selección y organización de recursos digitales en base a criterios didácticos, metodológicos, de contenido, …
5. Se tienen estrategias de coordinación y de acceso a repositorios de contenidos (institucionales, aulas virtuales, sistemas de gestión de contenidos, CROL,…) de forma amplia y eficaz.
6. El centro tiene estrategias de difusión de los recursos educativos desarrollados por el centro de acuerdo a las normativas vigentes.
7. El centro sigue estrategias organizadas para la adaptación y creación de recursos educativos en función de los procesos de aprendizaje y enseñanza.
8. La planificación contempla la adquisición de las competencias digitales en entornos formales y no formales de aprendizaje.
9. El centro tiene definido un contexto tecnológico-didáctico de acceso a los contenidos por parte del alumno de forma autónoma en situaciones tanto presencial, como no presenciales.
10. El centro integra objetivos y procesos de aprendizaje sobre el uso seguro de las tecnologías en el currículo escolar.
ÁREA 6 – COLABORACIÓN, TRABAJO EN RED E INTERACCIÓN SOCIAL Actuaciones relacionadas con los servicios, redes y entornos colaborativos para la comunicación, la gestión e interacción social de la comunidad educativa orientadas a la integración y uso eficaz de las tecnologías de la información en el proceso de enseñanza y aprendizaje.
1. El centro dispone de un entorno para la utilización de plataformas tecnológicas para la interacción entre el profesorado y los alumnos/as en los procesos de aprendizaje, la evaluación y la tutorización en situaciones presenciales y no presenciales.
2. El centro dispone de servicios y aplicaciones (locales u online), accesibles al alumnado para la creación, intercambio y difusión de contenidos, de acuerdo al nivel educativo.
3. El profesorado desarrolla metodologías de interacción, aprendizaje autónomo y de aprendizaje colaborativo de acuerdo al perfil del alumnado.
4. El centro tiene definida la estructura tecnológica, organizativa y de servicios en red para intercomunicación y coordinación del profesorado de forma eficiente.
5. El centro contempla las estructuras tecnológicas, organizativas y de servicios en red para la comunicación y la interacción con las familias y/o otros usuarios.
6. El centro dispone de criterios, protocolos o procedimientos estructurados y organizados de comunicación e interacción entre los usuarios de los servicios educativos-administrativos.
7. El centro tiene diseñadas medidas para informar, formar y orientar a los usuarios (familias, alumnos,…) sobre aplicaciones y servicios en red del centro para el aprendizaje, interacción comunicativa, tutorización y gestión administrativa.
8. El centro ofrece y dinamiza canales de participación interactiva y social de la comunidad educativa y asociaciones con centros o instituciones (programas europeos, proyectos intercentros e institucionales,…).
9. El centro tiene presencia en las redes globales y difunde sus logros a través de canales reconocidos, cuidando su identidad digital.
10. El centro evalúa la eficiencia y eficacia de plataformas tecnológicas, entornos y servicios en red de colaboración e interacción para el desarrollo de los objetivos educativos, comunicación, participación y gestión de la comunidad educativa.
ÁREA 7 – INFRAESTRUCTURA Actuaciones relacionadas con el acceso, la adquisición y el mantenimiento de los recursos tecnológicos para el desarrollo de las tareas educativas, administrativas y de comunicación en la integración y uso eficaz de las tecnologías en el proceso de enseñanza y aprendizaje.
1. El centro emplea servicios de red de centro y de aula para organizar los recursos didácticos digitales, documentales y de uso didáctico accesibles al profesorado y alumnado.
2. El centro dispone y utiliza espacios de aprendizaje virtuales para la comunicación e interacción entre la comunidad educativa.
3. El centro tiene estructurados, regulados y explicitados los accesos y uso a los servicios de red por parte del profesorado y el alumnado.
4. El centro tiene definidas estrategias organizativas de los recursos tecnológicos en las aulas.
5. El alumnado y el profesorado disponen de recursos tecnológicos o dispositivos con configuraciones de acceso individualizado, personalizado y de los que es responsable para el desarrollo de sus actividades educativas, tanto para la enseñanza como para el aprendizaje.
6. El centro planifica estratégicamente el equipamiento tecnológico-didáctico en función de las perspectivas de reactualización, mejora o innovación educativa.
7. El centro establece medidas y actuaciones de compensación tecnológica relacionados con la inclusión y equidad digital del alumnado.
8. El centro organiza y planifica medidas de apoyo y estrategias para el mantenimiento eficiente y eficaz de las tecnologías y servicios de red y su reciclado.
9. Se utilizan tecnologías de asistencia, inclusión y acceso a contenidos digitales apropiados para atender a las necesidades especiales de los alumnos que requieran un soporte de aprendizaje adicional o diferenciado.
10. La infraestructura de red del centro permite optimizar las posibilidades de aprendizaje de la era digital, dando acceso a escenarios de aprendizaje flexible, cooperativo, personalizado, internacionalizado e inclusivo.
ÁREA 8 – SEGURIDAD Y CONFIANZA DIGITAL Actuaciones relacionadas con la protección, seguridad y confianza digital en la integración y uso eficaz de las tecnologías en el proceso de enseñanza y aprendizaje.
1. El centro tiene establecidos acuerdos, procedimientos y mecanismos de protección del contexto tecnológico con la finalidad de prevenir accesos no autorizados, difusión no permitida, alteración de datos, accesos a entornos inapropiados, prevención de actos antisociales y alteraciones del servicio.
2. El centro tiene la estructura organizativa explicitada para fijar responsabilidades, sistemas de control y protección de la documentación en lo que afecta a la seguridad o el uso inadecuado del entorno tecnológico y de la información de acuerdo a la normativa vigente.
3. El centro tiene categorizado y protocolizado documentalmente los procesos y actuaciones en situaciones de riesgo e incidencias que afecten a la integridad, disponibilidad, autenticidad, validez, confidencialidad e identidad.
4. El Reglamento de Régimen Interior recoge los procesos y actuaciones a aplicar en el caso de uso inadecuado e incidencia en dispositivos y servicios.
5. El centro contempla periódicamente procesos de evaluación y de auditoría en lo que se refiere a la seguridad y a las normativas de protección de datos.
6. Se tienen en cuenta estructuras organizativas y de actuación relativas a la protección de la confidencialidad y de los datos.
7. Se tienen establecidos criterios de almacenamiento, de replicación de seguridad y custodia de los datos confidenciales, documentos y recursos didácticos digitales.
8. El centro tiene establecidos procedimientos para informar sobre las normas de propiedad intelectual, derecho de autor y propiedad industrial.
9. El centro desarrolla actuaciones de formación y concienciación sobre el uso seguro de los equipos, redes y servicios de internet para el alumnado, el profesorado y el personal no docente.
10. El centro considera actuaciones de formación y concienciación de los usuarios externos de su entorno tecnológico del centro (familias, usuarios,…).

III. ELABORACIÓN DEL PLAN TIC DE CENTRO.

1.– INTRODUCCIÓN.

1.1. Principios e intenciones del documento del plan TIC de centro vinculados con el contexto socio-educativo, con las líneas didáctico-pedagógicas y con la comunidad educativa.

1.2. Proceso recorrido temporal y estratégico realizado en el centro hasta llegar al momento del desarrollo del Plan TIC.

1.3. Tiempo de aplicación y desarrollo del Plan TIC en función de la evolución socio-educativa y tecnológica.

2.– MARCO CONTEXTUAL.

2.1. Situación del entorno actual de aplicación de plan TIC.

Aplicación del Plan TIC y su interrelación con el entorno educativo del centro y de su comunidad educativa.

2.2. Situación del papel de las TIC en documentos institucionales.

Definición del papel de las tecnologías de la información, comunicación y aprendizaje en documentos institucionales, entre otros: proyecto educativo de centro, programaciones didácticas, reglamento de centro, planes de convivencia, plan de formación de centro,…

2.3. Trayectoria y experiencia en la aplicación de las TIC en el centro:

    • a) Planes de mejora.
    • b) Proyectos de innovación.
    • c) Premios.
    • d) SELFIE.
    • e) Otros.

3.– PRINCIPIOS ORIENTADORES DEL PLAN DE ACCIÓN.

  • Definición del plan TIC de centro y las metas que se pretender conseguir con él y los principios orientadores (misión, visión y valores).

4.– OBJETIVOS DEL PLAN DE ACCIÓN.

  • Definición de los logros que se esperan obtener de la integración de las tecnologías de la información en el centro, alineados con los objetivos y principios del proyecto educativo.
  • De acuerdo a los principios expositivos que aparecen en la orden que regula la certificación se integran los objetivos en tres dimensiones: pedagógica, organizativa y tecnológica:
  • a) Objetivos de dimensión pedagógica:
  • Logros y metas relativos a los procesos de enseñanza y aprendizaje, contenido y currículos, los procesos de evaluación y la organización didáctica y metodológica de los recursos y servicios digitales para el aprendizaje y la confianza digital.
  • b) Objetivos de dimensión organizativa:
  • Logros y metas vinculados con la gestión y organización del centro educativo, prácticas de liderazgo y gobernanza, el desarrollo profesional y la colaboración, trabajo en red e interacción social.
  • c) Objetivos de dimensión tecnológica:
  • Logros y metas en relación a las infraestructuras, tanto físicas como digitales de los centros, y todos los aspectos relacionados con la seguridad y confianza digital.

5.– PROCESO DE DESARROLLO PLAN DE ACCIÓN.

5.1. Constitución comisión TIC:

    • a) Constitución del equipo o comisión TIC encargada de la definición y elaboración, difusión y dinamización del Plan TIC y asignación de tareas y funciones y su coordinación con la Comisión de Coordinación Pedagógica del centro.
    • b) Funciones.

5.2. Tareas temporalización de elaboración del Plan TIC:

    • a) Temporalización del proceso de elaboración, seguimiento y evaluación del Plan TIC.
    • b) Proceso de aprobación por los órganos competentes del centro.

5.3. Difusión y dinamización del Plan:

    • a) Estrategias para la difusión y dinamización del Plan TIC.
    • b) Fomentar la participación e implicación en el mismo.

6.– LÍNEAS DE ACTUACIÓN.

  • Definición descriptiva actual del contexto TIC del centro y actuaciones y propuestas de mejora e innovación en relación con las líneas de acción en las siguientes áreas:

6.1. Gestión, organización y liderazgo.

    • A. Situación de partida:
      • a) Estructuras y órganos de gestión del contexto tecnológico-educativo (coordinación, planificación, y gestión).
      • b) El Plan TIC en relación a los documentos instituciones (proyecto educativo, programaciones didácticas, reglamento de centro, planes de convivencia, plan de formación de centro…).
      • c) Organización de gestión de infraestructuras, recursos tecnológicos-didácticos, redes, servicios, acceso, uso y responsabilidades.
    • B. Actuaciones concretas y propuestas de mejora e innovación en relación con:
      • a) Acción 1:
        • Medidas.
        • Estrategia de desarrollo.
      • b) Acción … (añadir tantas como se consideren oportunas):
        • Medidas.
        • Estrategia de desarrollo.

6.2. Procesos de enseñanza y aprendizaje:

    • A. Situación de partida:
      • a) Integración curricular de las TIC:
        • Como objeto de aprendizaje: Conocer, utilizar y comprender las TIC.
        • Como entorno para el aprendizaje: Definir un ambiente mediado con TIC.
        • Como aprendizaje del medio: Adquisición de competencias digitales y su secuenciación.
        • Como medio para el acceso al aprendizaje: Medio para facilitar el aprendizaje y atención a la diversidad, la inclusión educativa, internacionalización y, equidad educativa.
      • b) Criterios metodológicos y didácticos compartidos de centros.
      • c) Modelos didácticos y metodológicos de referencia en el uso de recursos y servicios digitales: principios, estrategias generales, criterios de flujo de enseñanza/aprendizaje con TIC (interacción, espacios-tiempos reales y virtuales).
      • d) Organización dinámica de grupos.
      • e) Criterios de centro sobre competencia digital (secuenciación de la competencia digital, estándares e indicadores de evaluación).
      • f) Establecer un plan a la hora de seleccionar los recursos.
    • B. Actuaciones concretas y propuestas de mejora e innovación en relación con:
      • a) Acción 1:
        • Medidas.
        • Estrategia de desarrollo.
      • b) Acción … (añadir tantas como se consideren oportunas):
        • Medidas.
        • Estrategia de desarrollo.

6.3. Formación y desarrollo profesional:

    • A. Situación de partida:
      • a) Competencias y habilidades TIC del profesorado y de distintos perfiles profesionales del centro (equipo directivo, tutores, responsables TIC, delegado de Protección de Datos): autoevaluación y diagnóstico.
      • b) Actuaciones, trayectorias formativas y estrategias de acogida actuales del centro en lo relativo a las competencias digitales y profesionales relativas a las TIC en el centro.
    • B. Actuaciones concretas y propuestas de mejora e innovación en relación con:
      • a) Acción 1:
        • Medidas.
        • Estrategia de desarrollo.
      • b) Acción … (añadir tantas como se consideren oportunas):
        • Medidas.
        • Estrategia de desarrollo.

6.4. Procesos de evaluación:

    • A. Situación de partida:
      • a) Procesos de aprendizaje:
        • Criterios actuales para la evaluación de la competencia digital: secuenciación, estándares e indicadores.
        • Niveles de competencias didácticas.
        • Diagnóstico de adquisición de competencias digitales.
      • b) Procesos de enseñanza:
        • Criterios actuales sobre la evaluación de las competencias TIC: instrumentos, estrategias y herramientas digitales de evaluación.
        • Valoración de los modelos y metodología actuales de los procesos de enseñanza digitales.
      • c) Procesos organizativos:
        • Valoración y diagnóstico de los procesos organizativos de integración digital del centro.
        • Instrumentos y estrategias.
      • d) Procesos tecnológicos-didáctico:
        • Valoración y diagnóstico de la estructura funcional de las tecnologías, redes y servicios (administrativos, comunicación y educativos).
        • Instrumentos y estrategias.
    • B. Actuaciones concretas y propuestas de mejora e innovación en relación con:
      • a) Acción 1:
        • Medidas.
        • Estrategia de desarrollo.
      • b) Acción … (añadir tantas como se consideren oportunas):
        • Medidas.
        • Estrategia de desarrollo.

6.5. Contenidos y currículos:

    • A. Situación de partida:
      • a) Integración curricular de las TIC en las áreas como objeto de aprendizaje, entorno para el aprendizaje, como medio y acceso al aprendizaje.
      • b) Secuenciación de contenidos curriculares para la adquisición de la competencia digital.
      • c) Organización y estructuración de los recursos didácticos y servicios digitales para acceso a los contenidos de aprendizaje.
      • d) Estructuración y acceso a los elementos didácticos.
      • e) Definición actual del contexto tecnológico-didáctico de acceso a los contenidos.
    • B. Actuaciones concretas y propuestas de mejora e innovación en relación con:
      • a) Acción 1:
        • Medidas.
        • Estrategia de desarrollo.
      • b) Acción … (añadir tantas como se consideren oportunas):
        • Medidas.
        • Estrategia de desarrollo.

6.6. Colaboración, trabajo en red e interacción social:

    • A. Situación de partida:
      • a) Definición del contexto actual del entorno de colaboración y comunicación de la comunidad educativa.
      • b) Estructura del flujo de interacción, colaboración y comunicación de la comunidad educativa (profesorado-alumnado, alumnado-alumnado, equipo directivo-profesorado, profesorado-comunidad educativa, equipo directivo-comunidad educativa).
      • c) Criterios y protocolos actuales de colaboración e interacción.
      • d) Diagnóstico y valoración estructura, organización y servicios de colaboración e interacción.
    • B. Actuaciones concretas y propuestas de mejora e innovación en relación con:
      • a) Acción 1:
        • Medidas.
        • Estrategia de desarrollo.
      • b) Acción … (añadir tantas como se consideren oportunas):
        • Medidas.
        • Estrategia de desarrollo.

6.7. Infraestructura:

    • A. Situación de partida:
      • a) Definición de equipamiento y software: funcionalidad educativa, acceso, uso, configuración, mantenimiento y responsabilidades:
        • De aula.
        • De aulas móviles.
        • De usos múltiples.
        • De centro y gestión.
      • b) Redes y servicios de aula y entornos directos de aprendizaje:
        • Estructura tecnológica y funcional.
        • Funcionalidad de acceso y uso didáctico.
        • Mantenimiento y responsabilidades.
        • Criterios descriptivos de seguridad.
      • c) Redes y servicios de centro:
        • Estructura de la red o redes de centro (red de alumnos, red administración,): funcionalidades, acceso y uso educativo.
        • Estructura tecnológica de las redes (redes inalámbricas, cableado,).
        • Mantenimiento y responsabilidades.
        • Criterios organizativos y seguridad.
      • d) Redes y servicios globales e institucionales:
        • Definición, estructuración y funcionalidades, acceso, uso educativo y comunicación.
        • Estructura tecnológica de las redes (redes inalámbricas, cableado,).
        • Mantenimiento y responsabilidades.
        • Criterios organizativos y seguridad.
      • e) Documento tecnológico de centros, redes y servicios.
      • f) Valoración y diagnóstico de estructura, funcionamiento y uso educativo.
    • B. Actuaciones concretas y propuestas de mejora e innovación en relación con:
      • a) Acción 1:
        • Medidas.
        • Estrategia de desarrollo.
      • b) Acción … (añadir tantas como se consideren oportunas):
        • Medidas.
        • Estrategia de desarrollo.

6.8. Seguridad y confianza digital:

    • A. Situación de partida:
      • a) Estructura organizativa de seguridad y responsabilidad sobre los datos personales y documentos institucionales y recursos de aprendizaje y enseñanza.
      • b) Definición del contexto de almacenamiento de datos.
      • c) Estrategias de seguridad de servicios, redes y equipos.
      • d) Actuaciones de formación y concienciación de usuarios de los servicios centro.
      • e) Criterios de evaluación de seguridad de datos, redes y servicios y su adecuación a la normativa de protección de datos.
    • B. Actuaciones concretas y propuestas de mejora e innovación en relación con:
      • a) Acción 1:
        • Medidas.
        • Estrategia de desarrollo.
      • b) Acción … (añadir tantas como se consideren oportunas):
        • Medidas.
        • Estrategia de desarrollo.

7.– EVALUACIÓN, SEGUIMIENTO Y REVISIÓN DEL PLAN.

7.1. Estrategias de seguimiento y evaluación.

7.2. Instrumentos de seguimiento y diagnóstico del plan:

      • a) Instrumentos de diagnóstico estandarizados.
      • b) Sistemas de acreditación y diagnóstico.
      • c) Auditorías internas o externas.

7.3. Indicadores de evaluación del plan.

      • a) Indicadores de la dimensión pedagógica, relacionados con las siguientes áreas:
        • 1.º Procesos de enseñanza y aprendizaje.
        • 2.º Procesos de evaluación.
        • 3.º Contenidos y currículos.
      • b) Indicadores de la dimensión organizativa:
        • 1.º Gestión, organización y liderazgo.
        • 2.º Formación y desarrollo profesional.
        • 3.º Colaboración, trabajo en red e interacción social.
      • c) Indicadores de la dimensión tecnológica:
        • 1.º Infraestructura.
        • 2.º Seguridad y confianza digital.

7.4. Evaluación respecto a la comunidad educativa:

      • a) Respecto al alumnado.
      • b) Respecto al profesorado.
      • c) Respecto al equipo directivo.
      • d) Respecto al resto de usuarios.

8.– CONCLUSIONES Y PROPUESTAS DE MEJORA.

8.1. Conclusiones sobre la aplicación y desarrollo del Plan TIC de centro.

8.2. Actuaciones y estrategias de mejora del Plan.

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