El alumnado universitario y de FP que realicen prácticas formativas o prácticas académicas empezarán a cotizar a la Seguridad Social en 2024

FP Dual

La medida del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, ha entrado en vigor el 1 de enero de 2024, donde un total de 458.959 estudiantes de Formación Profesional en prácticas empezarán a cotizar a la Seguridad Social.

La cotización a la Seguridad Social de los estudiantes de Formación Profesional en prácticas costará a las comunidades autónomas en torno a 18 euros al año por alumno a partir de 2025, según datos facilitados por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.

La secretaria general de Formación Profesional, reunió en diciembre de forma telemática a los directores generales de Formación Profesional de las comunidades autónomas y los directores provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), para tratar las cuestiones surgidas en torno a la gestión del alta en la Seguridad Social del alumnado de FP durante sus prácticas en la empresa.

El procedimiento consiste en realizar un alta y una baja por estudiante, indicando el número de días al mes que desarrolle su formación en la empresa. El alta podrá efectuarse hasta diez días después del inicio de las prácticas. La liquidación tendrá carácter trimestral y la llevará a cabo cada administración autonómica.

En cuanto al coste, Seguridad Social bonificará el 95% de las cotizaciones y el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes financiará el 5% restante en 2024. El gasto medio por estudiante que deberán asumir las comunidades autónomas a partir de 2025 será de en torno a 18 euros al año.

Según el Ministerio, “a efectos de prestaciones, la base mensual de cotización aplicable será el resultado de multiplicar la base mínima del grupo 8 de cotización del Régimen General de la Seguridad Social (en 2023, 38,89 euros al mes) por el número de días de prácticas formativas realizadas”.

Cada día de prácticas formativas no remuneradas será considerado como 1,61 días cotizados, sin que pueda sobrepasarse el número de días del mes correspondiente.

Los becarios no cotizarán a la Seguridad Social por desempleo por lo que ese tiempo trabajado no les servirá para poder pedir el paro o prestación contributiva por desempleo ni tampoco para acceder a cualquier otro subsidio.

“la acción protectora será la correspondiente al régimen de Seguridad Social aplicable, con la exclusión de la protección por desempleo, de la cobertura del Fondo de Garantía Salarial y por Formación Profesional, tampoco aportarán al Mecanismo de Equidad Intergeneracional. En el supuesto de las prácticas no remuneradas se excluirá también la protección por la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes”.

Los estudiantes en prácticas, aunque no sean remuneradas, cotizarán desde este mes de enero a la Seguridad Social.

Podrán comenzar una carrera de cotización desde el primer momento, algo que les permitirá generar derechos a futuro, puesto que supondrá el reconocimiento de este tiempo como cotizado a efectos de la futura pensión. Esta medida es de obligado cumplimiento para las empresas.

Los becarios en prácticas serán tratados como trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social,

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