Nueva legislación sobre formación permanente del profesorado
«El coordinador de formación, calidad e innovación de los centros públicos, dispondrá semanalmente de una hora lectiva y una hora complementaria con carácter general y de dos horas lectivas más mientras estén desarrollando los planes de formación del centro, siempre que no suponga incremento de la plantilla funcional del centro. Así mismo, el desempeño de este puesto se tendrá en cuenta en los distintos concursos de méritos en los que participe» (art. 4).
Normativa que regula la formación permanente del profesorado.
La formación permanente es un elemento clave en cualquier profesión, en la medida que se asocia de forma directa con las posibilidades de innovación, cambio y mejora de cualquier institución u organización preocupada por un mejor cumplimiento de sus funciones, fines y objetivos. Este hecho es especialmente relevante en una profesión como la docente, que se encuentra sujeta a una profunda y constante renovación, tanto por las constantes transformaciones de las condiciones económicas y sociales del entorno en el que se desarrolla, como por la evolución de los propios contextos educativos, cada vez más complejos. Así pues, la formación permanente se convierte no solo en facultad sino también en deber de todo el profesorado, ya que es el mecanismo que garantiza la actuación competente y apropiada del docente así como la actualización y adecuación del sistema educativo a las nuevas necesidades que la sociedad tiene en cada momento.
La formación se entiende como un proceso estratégico, cuya concepción y gestión debe realizarse desde una óptica globalizadora, incorporando no sólo la interacción formativa concreta, sino también la prospectiva de cambios sociales y educativos, la detección de necesidades, la planificación, la comunicación de la oferta, el desarrollo, el seguimiento y evaluación, la validación y la difusión de resultados.
Con esta nueva normativa se apuesta firmemente por enriquecer, motivar y facilitar el trabajo realizado por el profesorado en Castilla y León, insistiendo en la necesaria dignificación de la profesión docente e incrementando la adaptación de los docentes a las exigencias de la sociedad contemporánea.
Desde la Consejería de Educación se están llevando a cabo procesos de planificación de la formación permanente del profesorado que contribuyen a la mejora de la calidad de la enseñanza y que sirven de incentivo a la participación de los docentes en actividades formativas. Con esta regulación se fija un marco preciso y estable que responde a las necesidades formativas del profesorado y del propio sistema educativo.
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