Publicación en el BOE de la nueva Ley de Educación -LOMLOE-

El BOE ha publicado el 30 de diciembre la LOMLOE que entrará en vigor el próximo 19 de enero.

Se rechazan todas las enmiendas presentadas por la oposición en el Senado, con reproches por la rapidez en el trámite.

Ley-Educacion-LOMLOE

  • Aprobación: El miércoles 23 de diciembre se aprobó la LOMLOE con 142 votos a favor (PSOE, ERC, PNV y Más Madrid), 112 en contra (PP, Vox, Ciudadanos, el PRC y el PAR) y 9 abstenciones. La ley no vuelve al Congreso. Se da por aprobada tras rechazar 649 enmiendas presentadas.
  • Entrada en vigor:  A los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»  (BOE-30-12-2020)

Novedades LOMLOE

Oferta de plazas

  • La escuela pública tiene que garantizar la oferta de plazas «mediante una oferta suficiente de plazas públicas».
  • Incremento progresivo de puestos escolares en la red de centros de titularidad pública.

Escolarización

  • Se establecerá el procedimiento y las condiciones para la adscripción de centros públicos, respetando la posibilidad de libre elección de centro.
  • Reducir y evitar la segregación mediante la gestión de la oferta de plazas y el proceso de admisión y reparto del alumnado por los centros.
  • Reparto del alumnado en su conjunto. Equilibrio entre el perfil del alumnado de los centros con concierto y los públicos.
  • La Lomloe elimina el concepto de «demanda social» a la hora de programar la red de centros.
  • Se garantizará que las familias tengan «libertad de elección de centro», pues se primará en el proceso de admisión la proximidad de centro al domicilio o lugar de trabajo de los padres, la existencia de hermanos o hermanas matriculados en el colegio y la renta per cápita familiar.

Admisión de alumnos

  • Cuando no existan plazas suficientes, la admisión en un centro se regirá por los criterios prioritarios de hermanos matriculados, proximidad y renta. Después, se tendrá en cuenta el ser familia numerosa u otras circunstancias.
  • Las comisiones de admisión cuando la demanda de plazas supere la oferta, velarán por la presencia equilibrada en centros con fondos públicos del alumnado con necesidad de apoyo educativo o desfavorecido.

Escuela concertada

  • Pretende alcanzar un reparto más equilibrado de alumnos entre la red pública y concertada.
  • Las escuelas de titularidad estatal serán las encargadas de garantizar la oferta educativa.
  • Se elimina la cesión de suelo público para centros concertados.
  • Los centros sostenidos parcial o totalmente con fondos públicos no separarán al alumnado por su género y no se podrán subvencionar con fondos públicos.
  • Se prohíben las cuotas y no puede haber cuotas para actividades complementarias (no obligatorias) y que puedan utilizarse como elemento de selección del alumnado que acude a estos centros

Educación especial

  • Apuesta por incidir en la inclusividad como principio general.
  • Fomenta que el mayor número de alumnos con discapacidad acuda a centros ordinarios.
  • Propone un plan de diez años para que «los centros ordinarios cuenten con los recursos necesarios para poder atender en las mejores condiciones al alumnado con discapacidad» (objetivo cuarto de la Agenda 2030)
  • Las Administraciones educativas regularán los procedimientos, teniendo en cuenta el interés superior del menor y la voluntad de las familias que muestren su preferencia por el régimen más inclusivo»

Programas

  • La Lomloe recupera los programas de diversificación curricular que eliminó la Lomce.
  • Destinados al alumnado que no fuera capaz de pasar de 2º de la ESO a 3º, tenían muy buena acogida en la comunidad educativa y la Lomloe ahora los recupera. «En este supuesto, los objetivos de la etapa y las competencias correspondientes se alcanzarán con una metodología específica a través de una organización del currículo en ámbitos de conocimiento, actividades prácticas y, en su caso, materias, diferente a la establecida con carácter general»
  • La FPB otorgará el título que permitirá seguir progresando por el sistema.

Evaluación de diagnóstico

  • Los centros realizarán una evaluación de diagnóstico, de carácter censal, de las competencias alcanzadas por su alumnado en 4º de Primaia y 2º ESO. Tendrá carácter informativo, formativo y orientador para el conjunto de la comunidad educativa.

Repetición

  • La repetición será un recurso «excepcional». La ley prohibirá repetir curso más de dos veces durante la etapa obligatoria (hasta 4º de la ESO)
  • El claustro decidirá de manera colegiada si el alumno está preparado o no para seguir avanzando por el sistema. «Los alumnos y alumnas promocionarán de curso cuando el equipo docente considere que la naturaleza de las materias no superadas le permita seguir con éxito el curso siguiente y se estime que tiene expectativas favorables de recuperación».
  • En Bachillerato, se permite pasar de 1º a 2º con hasta dos materias suspendidas, que tendrán que ser cursadas en el siguiente curso.

Titulación

  • Permitirá a los alumnos promocionar de curso y titular con asignaturas suspendidas, aunque esto ya ocurre en toda España.
  • Decisión «colegiada» del profesorado: «Obtendrán el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria los alumnos y alumnas que al terminar la educación secundaria obligatoria hayan adquirido las competencias establecidas y alcanzado los objetivos de la etapa»
  • El alumnado que promoiones en Educación Secundaria sin haber superado todas las materias seguirán los planes de refuerzo que establezca el equipo docente
  • Se otorgará el título de la ESO a todos los alumnos que concluyan la Formación Profesional Básica.
  • Los alumnos de Bachillerato podrán graduarse de manera excepcional con una asignatura suspendida «siempre que en ella no se haya producido una inasistencia continuada y no justificada y se considere que ha alcanzado los objetivos y competencias vinculados a ese título»

Currículo

  • Revisión de los currículos (qué se enseña y cómo), y apuesta por un enfoque competencial.
  • Desaparecen los estándares de aprendizaje evaluables y se habla sólo de criterios de evaluación

Castellano

  • Se suprime la referencia a que el castellano sea la lengua vehicular de la Educación (se introdujo en 2013, ley Wert)
  • Las lenguas vehiculares se indican en la constitución (algunos han vendido la medida como un blindaje del sistema de inmersión lingüística).
  • Se garantiza la lengua castellana en todo el territorio» de acuerdo con el Artículo 3 de la Constitución.

Ratios

  • Se omite la rebaja de las ratios de alumnos por clase justificando que las comunidades pueden rebajarla, que tienen competencias para ellos.
  • Siendo una medida tan  importante no se entiende que se deje en manos de las autonomías.

Materias

  • No se recupera la Ética en 4º de la ESO, que eliminó la LOMCE como asignatura obligatoria.
  • Pese que hay acuerdo en que es una materia vital para fomentar el pensamiento crítico se justifica el currículo está sobrecargado. Las comunidades autónomas podrán incluir alguna optativa dentro de su margen de actuación
  • La informática quedará como optativa en el mejor de los casos en función de que las comunidades decidan ofrecerla o no.
  • Se recupera la obligatoriedad de dos asignaturas de Filosofía en Bachillerato, una en 1º y otra en 2º
  • En Educación Secundaria se incluye el tratamiento de la perspectiva de género.
  • En los cursos primero, segundo y tercero de Educación Secundaria aparece la materia de Tecnología y Digitalización.
  • En algún curso de la etapa de Educación Secundaria todos los alumnos cursarán la materia de Educación en Valores cívicos y éticos.
  • En Educación Secundaria Obligatoria aparecen los Programas de Diversificación Curricular, orientados a la consecución del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, y a los que se podrá optar desde segundo curso.
  • Desarrollo de la competencia digital de los estudiantes en todas las etapas educativas.

Medio ambiente

  • Se incluye la Educación en el respeto al medio ambiente.
  • La crisis climática es uno de los aspectos centrales de la exposición de motivos de esta ley. Educar y formar a la ciudadanía para enfrentarse a uno de los mayores retos que tiene planteada nuestra sociedad es imprescindible.

Organización. Áreas (artículo 18)

  • Se permitirá la agrupación de las asignaturas por ámbitos de conocimiento.
  • «Los centros educativos podrán establecer organizaciones didácticas que impliquen impartir conjuntamente diferentes materias de un mismo ámbito, de acuerdo con su proyecto educativo»
  • Se recuperan los tres ciclos en Educación Primaria, de dos años académicos cada uno.
  • Se incorpora el área de Conocimiento del Medio y aparece en el Tercer Ciclo, 5º o 6º de primaria y en 4º de la ESO una asignatura obligatoria, Valores Cívicos y Éticos, que incluye temas como igualdad de género, educación digital o sostenibilidad.
  • Se incorporan los Ciclos Formativos de Grado Básico y las enseñanzas organizadas en 3 ámbitos: Comunicación y Ciencias Sociales, Ámbito Ciencias Aplicadas y Ámbito Profesional
  • El Bachillerato se organizará en cuatro modalidades: Ciencias y Tecnología; Humanidades y Ciencias Sociales; Artes; General.
  • Educación y comunidades definirán un plan de contingencia para que continúe la actividad educativa en situaciones como la crisis del coronavirus.

Religión

  • La Religión seguirá siendo una materia de oferta obligatoria para los centros pero optativa para el alumnado.
  • Ya no será una materia específica en 1º y 2º de Bachillerato
  • Dejará de contar para la nota media final. para el acceso a la Universidad y para la obtención de becas.
  • Se elimina la alternativa – Valores- que había que ofrecer mientras parte del alumnado recibía Religión, sin necesidad de ofertar asignatura espejo.

Laicidad

  • Debería ser una de las bases del sistema educativo en un estado aconfesional, como establece la Constitución Española.
  • Que la religión siga siendo una asignatura más dentro del currículo y por lo tanto equiparable a cualquier otra, sea o no sea computable, junto a la existencia de centros privados subvencionados, es una anomalía en Europa.

Educación Infantil (artículo12)

  • Impulsa el primer ciclo de Educación Infantil.
  • No es obligatoria pero sí universal con una oferta de plazas «pública, suficiente y asequible».
  • Se recupera parte del carácter educativo de la etapa, que la Lomce marcaba como asistencial.
  • Requerirá una propuesta pedagógica propia elaborada por los centros educativos.

Competencias (artículo 6)

  • Se modifica el reparto entre Gobierno y comunidades autónomas sobre el currículum educativo por porcentajes (enseñanzas mínimas). Ministerio de Educación 60% del currículo, (50% en las comunidades con lengua cooficial).
  • Los centros educativos «desarrollarán y completarán, en su caso, el currículo de las diferentes etapas en uso de su autonomía».
  • Las administraciones educativas fijarán la proporción del uso de la lengua castellana y la lengua cooficial como lengua vehicular, así como las materias que deban ser impartidas en cada una de ellas.

Educación de Adultos

  • Podrán incorporarse a la educación de adultos los mayores de 16 años con contrato laboral o deportistas de alto rendimiento.
  • Las Administraciones podrán organizar programas formativos para mayores de 17 años sin cualificación, para permitirles un título de Formación Profesional o certificación académica.

Cuerpo de Inspectores

  • En el acceso a la condición de inspectores, la fase de concurso valorará la trayectoria profesional del candidato y sus méritos, mientras que la fase de oposición será una valoración de capacidades y no una prueba.

Profesorado

  • No aborda el problema del gran número de profesorado interino con gran inestabilidad laboral.
  • Deja a bierta a que «se adoptarán medidas que permitan la reducción del porcentaje de profesores interinos en los centros educativos, de manera que en el plazo de cuatro años, desde la aprobación de la presente Ley, no se sobrepasen los límites máximos establecidos de forma general para la función pública».
  • El incierto futuro que pueden tener muchos de los integrantes del profesorado técnico de Formación Profesional, al quedar éste como un Cuerpo a extinguir, y las dudas que se generan con la actual redacción para todo el profesorado interino sin titulación universitaria.

Acceso a la docencia

  • Durante los años de implantación de la presente Ley, el acceso a la función pública docente se realizará mediante un procedimiento selectivo de concurso-oposición

Financiación

  • No se fija una financiación mínima para dar respuesta a las necesidades de nuestro sistema educativo.

 

La LOMCE aprobada en 2013 por el PP (conocida como la Ley Wert) ha sido la más polémica de todas y nació con una amplísima oposición.

  • La Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) fue la propuesta de reforma de la LOE y de la LOGSE, dos leyes socialistas en aplicación y a las que el PP siempre se opuso.
  • Encontró numerosas voces que pidieron la dimisión del ministro Wert, y la Ley fue calificada como sectaria, discriminatoria y retrógrada.
  • Volvió a dar plena validez académica a la asignatura de Religión, recuperó las pruebas externas de evaluación o reválidas, recortó las becas universitarias y estableció conciertos con los colegios que separan por sexo al alumnado.
  • Encontró fuerte oposición en todos los grupos políticos, así como en el profesorado, en el alumnado y en los padres y madres, que desembocó en manifestaciones, concentraciones y huelgas, como la general del 16 de mayo de 2013.
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