Recuperación y Utilización Educativa de Pueblos Abandonados. (Granadilla, Umbralejo y Búbal) Convocatoria verano 2024

500 ayudas alumnado de 3.º y 4.º de Educación Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica. para participar en el programa «Recuperación y utilización educativa de pueblos abandonados» en Granadilla (Cáceres), Umbralejo (Guadalajara) y Búbal (Huesca) en los turnos de verano de 2024.

Pueblos-Abandonados-Verano-2024

  • Alumnado
    • 3º y 4º de Educación Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica.
  • Solicitudes
    • Hasta el 31 de mayo de 2024.
  •  200 plazas para Granadilla (Cáceres), cuatro turnos, entre el día 7 de julio y el día 3 de agosto de 2024
  •  200 plazas para Umbralejo (Guadalajara), cuatro turnos, entre el día 30 de junio y el día 27 de julio de 2024.
  • 100 plazas para Búbal (Huesca), dos turnos, entre el día 14 y el 27 de julio de 2024.
  • Anexo I: Descrición del Programa. Objetivos eduvativos. Datos generales de los pueblos (característivas del entorno y  actividades)
  • Anexo II: Informe sobre el alumno

Extracto de la Resolución

Resolución íntegra

Extracto de la Resolución de 11 de mayo de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan ayudas para participar en el programa nacional "Recuperación y Utilización Educativa de Pueblos Abandonados" en Granadilla (Cáceres), Umbralejo (Guadalajara) y Búbal (Huesca) para los turnos de verano de 2024.

Primero. Objeto.

Se convocan para su concesión en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para un máximo de 500 alumnos de centros educativos españoles y alumnos de Secciones españolas y Secciones bilingües en centros de otros países miembros de la Unión Europea, para la participación en el programa nacional «Recuperación y utilización educativa de pueblos abandonados» en Granadilla (Cáceres), Umbralejo (Guadalajara) y Búbal (Huesca) en los turnos de verano de 2024.

Segundo. Destinatarios.

Podrán participar en esta convocatoria los alumnos de centros docentes españoles y alumnos de Secciones españolas y Secciones bilingües en centros de otros países miembros de la Unión Europea, que cursen alguna de las siguientes enseñanzas:

3.º y 4.º de Educación Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril (BOE del 12 de mayo) de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva por el Ministerio de Educación y Ciencia.

Cuarto. Financiación.

Estas ayudas se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 18.08.322L.489.02 de los Presupuestos Generales del Estado de 2023 prorrogados para 2024, por un importe máximo de 93.064,15 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará diez días hábiles, transcurridos desde el día siguiente de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Sexto. Solicitudes.

El formulario de solicitud será accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, https://sede.educacion.gob.es, sección «Buscar trámites».

A la solicitud se adjuntará la siguiente documentación preceptiva:

Formulario oficial de la solicitud que habrá de cumplimentarse en la sede electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (https://sede.educacion.gob.es) debidamente firmado por el padre/madre/tutor del estudiante que acredita:

  • – Los datos identificativos del padre/madre/tutor legal,
  • – los datos identificativos de estudiante que participará en el programa,
  • – los datos de participación anterior en el programa,
  • – los datos referidos a la preferencia de participación,
  • – los datos de interés médico para la participación (alergias, medicaciones, etc.),
  • – el consentimiento para que el estudiante abandone el programa, en caso de que por alguna incidencia se interrumpa el mismo antes de la fecha prevista,
  • – la autorización familiar de la participación,
  • -la autorización, en su caso, de la cesión de imágenes con fines exclusivamente educativos, con motivo de su participación en el programa.

En casos excepcionales, y sólo cuando ello proceda en razón de alguna característica relevante y acreditada de desventaja social o educativa personal, informe firmado por el tutor del estudiante con el visto bueno del representante legal del centro educativo, de acuerdo con el Anexo II.

Madrid, 11 de mayo de 2024.- El Secretario de Estado de Educación, José Manuel Bar Cendón.

Resolución de la Secretaría de Estado de Educación por la que se convocan ayudas para participar en el programa nacional “Recuperación y utilización educativa de pueblos abandonados” en Granadilla (Cáceres), Umbralejo (Guadalajara) y Búbal (Huesca), verano de 2024.
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