Solicitan por escrito la retirada del RDL 14_2021, que «no soluciona el fraude de ley del personal en abuso de temporalidad»

Los sindicatos firmantes mantienen que el Real Decreto Ley 14/2021 atenta contra los derechos de los y las trabajadoras públicas y supondrá que se perpetúe la precariedad laboral en el sector público.

COMUNICADO

Las Organizaciones sindicales COBAS, Confederación Intersindical, CUT Aragón, CUT Galiza, ESK, IAC, Intersindical Valenciana, ISTA, SAS, Solidaridad Obrera, STEILAS, STEs-i, Interinok_Taldea y la Coordinadora Estatal de Personal Público Temporal, hemos comparecido esta mañana en rueda de prensa delante del Congreso de los Diputados para exigir la retirada del RDL 14/2021 por las siguientes cuestiones:

  1. El acuerdo alcanzado por el Gobierno y CCOO, UGT y CSIF es un nuevo proceso de estabilización en términos similares a los firmados por estas centrales sindicales con Cristóbal Montoro en 2017 y 2018. Se profundiza, por tanto, en unos acuerdos que han acreditado su ineficacia. Es un acuerdo que no soluciona, en absoluto, el fraude de ley del personal en abuso de temporalidad.

El RDL 14/2021, lejos de defender el trabajo de los empleados y empleadas públicas, mediante su estabilización, puede provocar miles de despidos. No es verdad que el Gobierno vaya a hacer fijas a 300.000 personas interinas que han sufrido abuso en la contratación temporal.

Tampoco es cierto que el acuerdo asegure indemnizaciones para todas las personas que no obtuvieran su puesto fijo ni el rescate a través de bolsas para las que no superen los procesos selectivos. Justificar la firma del “acuerdazo de Iceta” que pone en riesgo el puesto de trabajo de miles de trabajadores y trabajadoras públicas con mentiras es totalmente inaceptable.

  1. No supone ningún avance en la defensa de unos servicios públicos adecuados y de calidad como instrumento de compensación de las desigualdades sociales derivadas del actual sistema neoliberal. Para fortalecer los servicios públicos hay que eliminar las tasas de reposición, no basta con aprobar una tasa adicional.

Mantener las tasas de reposición impide el desarrollo de servicios públicos de calidad y la creación de empleo público, además de facilitar la amortización de miles de puestos de trabajo que desaparecen tras la jubilación de las personas trabajadoras, lo que supone destrucción de empleo real.

El RDL 14/2021 no garantiza la desaparición de la precariedad en la contratación temporal en las administraciones públicas, ya que podrán mantener trabajadores y trabajadoras temporales por un máximo de tres años, despidiéndolos sin indemnización y posibilitado la amortización de las plazas y la privatización de servicios.

  1. La trasposición de la Directiva Europea 1999/70/CE debería haberse hecho efectiva con anterioridad al 10 de julio de 2001.Es una tomadura de pelo que 20 años después, el Gobierno opte por la vía de urgencia del Real Decreto Ley. Es un despropósito que solamente pretende acelerar la tramitación parlamentaria de un acuerdo absolutamente inaceptable, para intentar acallar el amplio rechazo al contenido del RDL 14/2021.

Además, este Real Decreto-Ley no solo es una norma injusta e inmoral, sino que es contrario al  derecho de la UE, entre otras razones, porque:

  • Los procesos de estabilización no constituyen una medida sancionadora para reducir la temporalidad, ya que infringe la doctrina del TJUE según la cual estos procesos nunca garantizan el cumplimiento de la Directiva, porque “son procesos abiertos a los candidatos que no han sido víctimas de un abuso y porque no confieren a los empleados públicos víctimas de tal abuso ninguna garantía de conseguir la condición de personal estatutario fijo”.
  • No garantiza el cumplimiento de los objetivos de la Directiva 1999/70/CE que son evitar la precarización de la situación de los empleados públicos y garantizar el derecho a la estabilidad en el empleo, como un componente primordial de su protección, ya que la indemnización prevista de 20 días por año de servicio con un límite de 12 mensualidades no tiene carácter disuasorio, ni se adecúa a la gravedad de las infracciones cometidas.

Además, infringe los principios comunitarios de proporcionalidad y de compensación adecuada e integra a los perjuicios causados, al estandarizar la indemnización, y establecer unos límites de 20 días y de 12 mensualidades, lo que conlleva una desproporción entre el alcance potencial del abuso y sus consecuencias a lo largo de varios años, impidiendo el efecto disuasorio y compensatorio de tal indemnización.

  • La doctrina del TJUE marca, además, que las indemnizaciones tienen que ir acompañadas de otras medidas efectivas, proporcionadas y disuasorias que garanticen el cumplimiento de la norma comunitaria.
  1. Se trata, además de un Real Decreto Ley centralista, que supone una clara injerencia sobre las diferentes administraciones públicas, tanto territoriales, como de las naciones del Estado. Impide la posibilidad de que se puedan desarrollar políticas propias de gestión y creación de empleo público, de acuerdo a las necesidades de cada territorio y nación, contraviniendo la voluntad sindical mayoritaria de esas naciones y territorios en muchos casos.

Claro ejemplo de ello es lo ocurrido en Canarias, donde este Real Decreto Ley deja sin efecto el acuerdo entre las organizaciones sindicales y el Gobierno Canario.

  1. No puede ser que la Administración salga indemne del abuso de temporalidad que lleva generando durante décadas y se siga penalizando a las personas trabajadoras que ha sufrido abuso de la contratación temporal.

Creemos que el problema del abuso de temporalidad en el empleo público requiere de soluciones asumibles y garantistas no solo para los empleados públicos afectados, sino para el conjunto de la ciudadanía, porque le afecta de lleno como beneficiaria de los servicios y como contribuyente esencial de los costes financieros de lo público.

POR TODO ELLO, los sindicatos firmantes, hemos registrado una solicitud por escrito a todos los grupos parlamentarios, salvo a Vox, solicitando que no refrenden el RDL 14/2021 en su trámite parlamentario, ya que atenta contra los derechos de los y las trabajadoras públicas y supondrá que se perpetúe la precariedad laboral en el sector público.

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