Centros docentes seleccionados para impartir clases extraordinaria (programa Mejora del Éxito Educativo). 6º Primaria y 4º Secundaria. Curso 2020-2021
Centros que impartirán clases extraordinarias fuera del período lectivo en los programas para la Mejora del Éxito Educativo en el curso escolar 2020-2021.
- Anexo I: Alumnado de 6.º curso de educación primaria
- Anexo II: Alumnado de 4.º curso de ESO. Preparación pruebas extraordinarias»
- Anexo II: alumnado de 4.º curso de ESO. Impartición de clases extraordinarias de inglés. Preparación pruebas extraordinarias»
ANEXO I: Centros docentes públicos seleccionados a instancia de la Consejería de Educación para el establecimiento de la red de centros dentro de la medida «Impartición de clases extraordinarias fuera del período lectivo al alumnado de 6.º curso de Educación Primaria» del Programa para la Mejora del Éxito Educativo en el curso escolar 2020‑2021
CÓDIGO CENTRO | CENTRO | LOCALIDAD | LOCALIDAD |
---|---|---|---|
5000488 | CEIP CLAUDIO SANCHEZ ALBORNOZ | ÁVILA | ÁVILA |
5005632 | CEIP JUAN DE YEPES | ÁVILA | ÁVILA |
5004780 | CEIP JUAN LUIS VIVES | SOTILLO DE LA ADRADA | ÁVILA |
09007805 | CEIP ANTONIO MACHADO | BURGOS | BURGOS |
09002388 | CEIP ALEJANDRO RODRÍGUEZ DE VALCÁRCEL | COVARRUBIAS | BURGOS |
09000151 | CEIP SIMÓN DE COLONIA | ARANDA DE DUERO | BURGOS |
09003897 | CEIP LOS ÁNGELES | MIRANDA DE EBRO | BURGOS |
24016547 | CEIP LA PALOMERA | LEÓN | LEÓN |
24000618 | CEIP SAN JOSÉ DE CALASANZ | BAÑEZA (LA) | LEÓN |
24017953 | CEIP SAN MIGUEL | VILLABLINO | LEÓN |
24016250 | CEIP SAN ANTONIO | PONFERRADA | LEÓN |
24013224 | CEIP BERNARDINO PÉREZ | VALENCIA DE DON JUAN | LEÓN |
34000013 | CEIP CASTILLA Y LEÓN | AGUILAR DE CAMPOO | PALENCIA |
34000992 | CEIP EL OTERO | GUARDO | PALENCIA |
34002231 | CEIP VILLA Y TIERRA | SALDAÑA | PALENCIA |
37005241 | CEIP FILIBERTO VILLALOBOS | SALAMANACA | SALAMANACA |
37005231 | CEIP BEATRIZ GALINDO | SALAMANCA | SALAMANACA |
37005216 | CEIP ALFONSO X EL SABIO | SALAMANCA | SALAMANACA |
37008761 | CEIP MIRÓBIGA | CIUDAD RODRÍGO | SALAMANACA |
37000942 | CEIP MARQUÉS DE VALERO | BÉJAR | SALAMANACA |
40000975 | CEIP SANTA CLARA | CUÉLLAR | SEGOVIA |
40008433 | CEIP SAN JOSÉ | SEGOVIA | SEGOVIA |
42000280 | CEIP DIEGO LAÍNEZ | ALMAZÁN | SORIA |
42000772 | CEIP MANUEL RUIZ ZORRILLA | EL BURGO DE OSMA | SORIA |
47007239 | CRA CAMPOS GÓTICOS | MEDINA DE RIOSECO | VALLADOLID |
47006600 | CEIP CLEMENTE FERNÁNDEZ DE LA DEVESA | MEDINA DEL CAMPO | VALLADOLID |
47007331 | CRA LA VILLA | PEÑAFIEL | VALLADOLID |
47002059 | CEIP PÍO DEL RÍO HORTEGA | PORTILLO | VALLADOLID |
47003234 | CEIP FRAY LUIS DE LEÓN | VALLADOLID | VALLADOLID |
47011401 | CEIP EL PERAL | VALLADOLID | VALLADOLID |
47003261 | CEIP GONZALO DE CÓRDOBA | VALLADOLID | VALLADOLID |
47006582 | CEIP PROFESOR TIERNO GALVÁN | VALLADOLID | VALLADOLID |
49006512 | CEIP BUENOS AIRES | BENAVENTE | ZAMORA |
ANEXO II: Centros docentes públicos seleccionados a instancia de la Consejería de Educación para el establecimiento de la red de centros dentro de las medidas «Impartición de clases extraordinarias fuera del período lectivo al alumnado de 4.º curso de educación secundaria obligatoria. Preparación pruebas extraordinarias» e «Impartición de clases extraordinarias de inglés fuera del período lectivo al alumnado de 4.º curso de educación secundaria obligatoria. Preparación pruebas extraordinarias» del Programa para la Mejora del Éxito Educativo en el curso escolar 2020-2021
CÓDIGO JCyL | CENTRO | LOCALIDAD | PROVINCIA |
9000291 | IES CARDENAL SANDOVAL Y ROJAS | ARANDA DE DUERO | BURGOS |
9004142 | IES FRAY PEDRO DE URBINA | MIRANDA DE EBRO | BURGOS |
24018775 | IES DE ASTORGA | ASTORGA | LEÓN |
24006037 | IES JUAN DEL ENZINA | LEÓN | LEÓN |
24017734 | IES CLAUDIO SÁNCHEZ ALBORNOZ | LEÓN | LEÓN |
24017916 | IES EUROPA | PONFERRADA | LEÓN |
24000679 | IES VÍA DE LA PLATA | BAÑEZA (LA) | LEÓN |
37002227 | IES FRAY DIEGO TADEO GONZÁLEZ | CIUDAD RODRIGO | SALAMANCA |
40003654 | IES MARIANO QUINTANILLA | SEGOVIA | SEGOVIA |
47007070 | IES DIEGO DE PRAVES | VALLADOLID | VALLADOLID |
47006171 | IES ANTONIO TOVAR | VALLADOLID | VALLADOLID |
ANEXO III
MEDIDAS DE SEGURIDAD Y GARANTÍAS NECESARIAS PARA FRENAR CONTAGIOS DE COVID-19
En el desarrollo de las distintas medidas, la dirección del centro educativo o persona en quien delegue implantará una estrategia basada en el mantenimiento de distancia, uso de mascarillas, higiene frecuente-meticulosa y ventilación cruzada.
Se organizarán los espacios en las aulas de forma que se garantice una distancia de seguridad de 1,5 metros, siendo obligatorio el uso de mascarilla dentro y fuera de las aulas, independientemente de la distancia de seguridad, además de una correcta y frecuente higiene de manos.
Se supervisará la ventilación de las aulas, si es posible, de forma permanente y cruzada, con apertura de puertas y/o ventanas opuestas para favorecer la circulación del aire, así como la ventilación de pasillos y espacios comunes del centro de forma permanente, o, al menos, 15 minutos al inicio y al final de la jornada, durante el recreo (si hubiera) y entre clases.
Se organizará y escalonará en el tiempo el acceso y finalización de las distintas actividades, habilitando recorridos específicos de entrada y salida, cuando sea posible, además de contar con la señalización de espacios y recorridos necesarios para garantizar el tránsito seguro de profesorado y alumnado por el centro.
Se informará al profesorado y al alumnado de los espacios a utilizar y las pautas a seguir según el protocolo de actuación del centro en relación al COVID-19.
Se procurará que los alumnos se mantengan en la misma aula y puesto durante toda la medida, siendo el docente el que se desplace entre aulas para reducir la movilidad en el centro educativo.
Se recomienda no compartir el uso de materiales por parte del alumnado y del profesorado; en caso de que fuera necesario, se procederá a su desinfección entre usos por diferentes personas.
Se prestará especial atención a la limpieza de las aulas entre las diferentes sesiones presenciales y del resto de los espacios comunes, conforme a como se ha realizado durante el curso escolar.
En el centro existirá al menos una persona como responsable «COVID» que se encargará de la atención del alumnado que pueda presentar síntomas en el centro, así como de realizar las comunicaciones de datos al Equipo COVID de la DPE o que sean requeridos por parte de las Secciones de Epidemiología de los Servicios Territoriales de Sanidad y por los responsables de seguimiento de las Gerencias de Atención Primaria.
La atención del alumnado y las comunicaciones de datos se realizarán conforme a lo establecido en la Guía de actuación ante la aparición de casos de COVID-19 en centros educativos en Castilla y León disponible en el siguiente enlace:
https://www.saludcastillayleon.es/es/covid-19/informacion-profesionales/protocolo-centros-educativos.ficheros/1753141-VERSI%C3%93N%203%20Gu%C3%ADa%20actuaci%C3%B3n%20centros%20educativos%20V3%20-%2026112020.pdf
La realización de pruebas PDIA se llevará a cabo conforme a lo establecido en dicha Guía.
ORDEN EDU/756/2021, de 8 de junio, por la que se seleccionan, a los centros docentes públicos para el establecimiento de la red de centros dentro de las medidas «Impartición de clases extraordinarias fuera del período lectivo al alumnado de 6.º curso de educación primaria», «Impartición de clases extraordinarias fuera del período lectivo al alumnado de 4.º curso de educación secundaria obligatoria. Preparación pruebas extraordinarias» e «Impartición de clases extraordinarias de inglés fuera del período lectivo al alumnado de 4.º curso de educación secundaria obligatoria. Preparación pruebas extraordinarias» del Programa para la Mejora del Éxito Educativo en el curso escolar 2020-2021.
Mediante Orden EDU/136/2019, de 20 de febrero, (B.O.C. y L. n.º 38, de 25 de febrero) se regula el Programa para la Mejora del Éxito Educativo en la Comunidad de Castilla y León.
El artículo 3 de la citada orden recoge entre las medidas que conforman el Programa para la Mejora del Éxito Educativo, la de «Impartición de clases extraordinarias fuera del período lectivo al alumnado de 4.º curso de educación secundaria obligatoria. Preparación pruebas extraordinarias», así como cualquier otra medida que con carácter experimental se implemente por la dirección general competente en materia de organización de actividades del alumnado de carácter complementario y de apoyo al desarrollo curricular.
En este sentido, mediante sendas Resoluciones de 21 de enero de 2021, de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, se han implementado las medidas «Impartición de clases extraordinarias fuera del período lectivo al alumnado de 6.º curso de Educación Primaria» e «Impartición de clases extraordinarias de inglés fuera del período lectivo al alumnado de 4.º curso de educación secundaria obligatoria. Preparación pruebas extraordinarias».
Por Orden EDU/83/2021, de 26 de enero, se establecen las medidas del Programa para la Mejora del Éxito Educativo que se llevarán a cabo durante el curso escolar 2020-2021, cofinanciadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y el Fondo Social Europeo, entre las que se encuentran la medida «Impartición de clases extraordinarias fuera del período lectivo al alumnado de 6.º curso de Educación Primaria», la medida «Impartición de clases extraordinarias fuera del período lectivo al alumnado de 4.º curso de educación secundaria obligatoria. Preparación pruebas extraordinarias» y la medida «Impartición de clases extraordinarias de inglés fuera del período lectivo al alumnado de 4.º curso de educación secundaria obligatoria. Preparación pruebas extraordinarias.
La Orden EDU/136/2019 de 20 de febrero, en el artículo 11.5, respecto de la medida «Impartición de clases extraordinarias fuera del período lectivo al alumnado de 4.º curso de educación secundaria obligatoria. Preparación pruebas extraordinarias», determina, conforme a lo indicado en el artículo 15, que la consejería competente en materia de educación establecerá una red de centros pudiendo seleccionar, a su instancia, a centros docentes que no hayan presentado un plan de éxito educativo o que habiéndolo presentado éste no haya sido seleccionado.
De igual manera se pronuncia el apartado Cuarto b) de la Resolución de 21 de enero de 2021, de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, por la que se implementa la medida «Impartición de clases extraordinarias fuera del período lectivo al alumnado de 6.º curso de Educación Primaria».
Por último, para la medida «Impartición de clases extraordinarias de inglés fuera del período lectivo al alumnado de 4.º curso de educación secundaria obligatoria. Preparación pruebas extraordinarias», el apartado Cuarto de la Resolución de 21 de enero de 2021, de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, indica que se realizará en los centros docentes que conformen la red creada para impartir la medida «Impartición de clases extraordinarias fuera del período lectivo al alumnado de 4.º curso de educación secundaria obligatoria. Preparación pruebas extraordinarias».
De acuerdo con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,
RESUELVO
Primero.– Centros seleccionados para impartir la medida de 6.º curso de educación de primaria.
Seleccionar, a instancia de la Consejería de Educación, a los centros docentes públicos que figuran en el Anexo I para el establecimiento de la red de centros dentro de la medida «Impartición de clases extraordinarias fuera del período lectivo al alumnado de 6.º curso de educación primaria» del Programa para la Mejora del Éxito Educativo en el curso escolar 2020-2021.
Segundo.– Centros seleccionados para impartir las medidas de 4.º curso de educación secundaria obligatoria.
Seleccionar, a instancia de la Consejería de Educación, a los centros docentes públicos que figuran en el Anexo II para el establecimiento de la red de centros dentro de las medidas «Impartición de clases extraordinarias fuera del período lectivo al alumnado de 4.º curso de educación secundaria obligatoria. Preparación pruebas extraordinarias» e «Impartición de clases extraordinarias de inglés fuera del período lectivo al alumnado de 4.º curso de educación secundaria obligatoria. Preparación pruebas extraordinarias» del Programa para la Mejora del Éxito Educativo en el curso escolar 2020-2021.
Tercero.– Medidas COVID-19.
Los centros docentes de la red donde se impartan dichas medidas seguirán el protocolo de actuación sobre medidas de prevención, higiene y promoción de la salud para frenar contagios de COVID-19, elaborado para el curso 2020/2021. No obstante, con carácter general se seguirán las pautas que figuran en el Anexo III.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación en el plazo de un mes conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Ambos plazos se contarán desde del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Valladolid, 8 de junio de 2021.
La Consejera,
Fdo.: Rocío Lucas Navas