Instrucción profesorado desplazado
Los jefes de departamento convocarán a una reunión, antes de finalizar el mes de junio, a todo el profesorado con destino definitivo afectado por la modificación de plazas y que pueda ser desplazado, incluyendo a los que por cualquier motivo no estén ocupando puesto docente en dicho centro en el presente curso 2016/2017.
Instrucción conocida como de desplazados: Instrucción de 29 de mayo de 2017 (pdf) procedimiento de redistribución o recolocación del profesorado
INSTRUCCiÓN de 29 de mayo de 2017, la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se establece el procedimiento aplicable a los funcionarios de carrera de determinados cuerpos en los que se ordena la función pública docente, afectados por los procesos de redistribución o recolocación de efectivos en los centros públicos dependientes de la Consejeria de Educación.
La Orden EDU/454/201 2, de 19 de junio, establece los criterios aplicables a los funcionarios de carrera de determinados cuerpos en los que se ordena la función pública docente, afectados por los procesos de redistribución o recolocación de efectivos en los centros docentes públicos dependientes de la consejeria competente en materia de educación de la Comunidad de Castilla y León.
Con el objeto de regular un procedimiento especifico para la aplicación de lo establecido en dicha Orden, esta Dirección General de Recursos Humanos, haciendo uso de la facultad atribuida por la disposición final segunda de la Orden EDU/454/2012, de 19 de junio, dicta las siguientes instrucciones:
Primera.- La dirección provincial de educación comunicará a los centros el cupo de profesores para su funcionamiento.
Segunda.- El director del centro convocará a la comisión de coordinación pedagógica y comunicará el cupo asignado. Asimismo, el jefe de estudios informará del número de grupos para el próximo curso escolar y la asignación horaria por departamentos.
Tercera.- Los jefes de los departamentos afectados por los cambios de la planificación educativa convocarán a una reunión , antes de finalizar el mes de junio, a todos los profesores con destino definitivo, incluyendo a los que por cualquier motivo no estén ocupando puesto docente en dicho centro en el presente curso 2016/2017.
En dicha reunión estudiarán la asignación horaria del departamento y levantarán acta, que será entregada al jefe de estudios, comunicando qué posibles materias asumen, y/o qué profesorado, en su caso, debe ser desplazado. Para realizar dicha propuesta se seguirán los criterios que establece el articulo cuatro de la mencionada Orden EDU/454/2012 de 19 de junio, asi como lo dispuesto en el Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria, teniendo en cuenta las modificaciones del mismo efectuadas por el Real Decreto 665/2015, de 17 de julio.
En caso de desacuerdo y oídos los departamentos afectados, resolverá la situación el director del centro teniendo en cuenta la normativa vigente y notificará a los profesores afectados su propuesta de resolución.
Cuarta.- Dicha propuesta será remitida por el director del centro a la dirección provincial de educación.
Quinta.- La dirección provincial de educación publicará la relación provisional de vacantes y convocará un acto público para la solicitud de las mismas, según las instrucciones de comienzo del curso 2017/2018 que al efecto dicte esta Dirección General.
Sexta.- No obstante, los afectados por desplazamiento podrán ser confirmados en los destinos desempeñados durante el presente curso escolar 2016/2017, previa solicitud de los mismos efectuada en el plazo que a tal efecto establezcan las direcciones provinciales de educación.
Concluido el plazo precitado, el director del centro emitirá informe sobre su conformidad o no con la permanencia en el centro de los solicitantes, que en este último caso deberá ser motivado y notificado al interesado para que en el plazo de cinco dias hábiles realice las alegaciones que estime oportunas. Asimismo, el director remitirá a la dirección provincial de educación las solicitudes, informes y, en su caso, las alegaciones presentadas.
La solicitud y el correspondiente informe de conformidad del director del centro no generarán derecho alguno a favor de los solicitantes, al quedar condicionada la permanencia en el centro a que la plaza desempeñada durante el curso 2016/2017 estuviese vacante, y no haya sido solicitada por profesorado con mayor derecho, de acuerdo con las prioridades que se determinen en las instrucciones de inicio del curso escolar 2017/2018, de la Dirección General de Recursos Humanos.
Valladolid, 29 de mayo de 2017
El Director General de Recursos Humanos
Jesús Hurtado Mendoza
Y cuando sale entonces la lista de suprimidos???? Y las posibles vacantes para pedir?…gracias