Resolución Permiso Parcialmente Retribuido. Curso 18-19 (Año Sabático)

Se conceden los Permisos Parcialmente Retribuidos (Año Sabático) a partir del Curso 18-19 (Publicado el 5 de julio de 2018)


RELACIÓN DE PERMISOS PARCIALMENTE RETRIBUIDOS CONCEDIDOS, PARA EL CURSO 2018/2019, CONVOCADOS POR LA ORDEN EDU/291/2018, DE 13 DE MARZO

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RESOLUCIÓN de 27 de junio de 2018, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se resuelve la concesión de permisos parcialmente retribuidos para los funcionarios de carrera que imparten enseñanzas no universitarias en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, convocados por la Orden EDU/291/2018, de 13 de marzo.

Mediante la Orden EDU/291/2018, de 13 de marzo, se convocaron, para el curso escolar 2018/2019, permisos parcialmente retribuidos para los funcionarios de carrera que imparten enseñanzas no universitarias en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León, y asimismo, se delegó la competencia para su resolución, así como para la revocación y aceptación de la renuncia a los permisos concedidos.

Una vez examinadas por la comisión de selección las solicitudes presentadas, y elevada propuesta de resolución, y en virtud de las competencias delegadas de conformidad con el apartado octavo.1 de la citada orden de convocatoria,

RESUELVO

Primero.– Permisos concedidos.

Conceder, a partir del curso 2018/2019, el permiso parcialmente retribuido, convocado por la Orden EDU/291/2018, de 13 de marzo, por la que se convocan, para el curso escolar 2018/2019, permisos parcialmente retribuidos para los funcionarios de carrera que imparten enseñanzas no universitarias en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, y se delega la competencia para su resolución, así como para la revocación y aceptación de la renuncia, a los permisos concedidos, a los funcionarios de carrera que imparten enseñanzas no universitarias en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, recogidos en el Anexo I.

Segundo.– Permisos desestimados.

Desestimar las solicitudes del permiso que aparecen en el Anexo II, con indicación de la correspondiente causa.

Tercero.– Características y compatibilidad.

1. De conformidad con lo establecido en el apartado segundo de la Orden EDU/291/2018, de 13 de marzo, el permiso se concede para un período de cinco cursos escolares consecutivos, prestando los beneficiarios los servicios correspondientes a jornada completa a lo largo de los cuatro primeros cursos y disfrutando del permiso a lo largo del quinto curso escolar. Este permiso no podrá ser interrumpido, fraccionado o aplazado. Durante los cinco cursos escolares citados, el funcionario percibirá el ochenta y cinco por ciento de las retribuciones que le corresponderían por el desempeño de sus funciones.

El período de cinco años en el que se enmarca el permiso comenzará al inicio del curso escolar 2018/2019.

Los funcionarios, durante el curso escolar en el que disfruten del permiso parcialmente retribuido, permanecerán en situación de servicio activo, conservando, en su caso, el destino definitivo. Igualmente, dicho período les será computable a efectos de antigüedad y derechos pasivos.

2. Según se dispone en el apartado noveno de la Orden EDU/291/2018, de 13 de marzo, la concesión del permiso parcialmente retribuido será compatible con el disfrute de las licencias establecidas en el artículo 62.1 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León y con los permisos aplicables en la normativa vigente que no supongan reducción de retribuciones. No obstante, será incompatible con la concesión de licencias por estudios convocadas por la Consejería de Educación.

Cuarto.– Seguimiento.

A tenor de lo indicado en el apartado undécimo de la Orden EDU/291/2018, de 13 de marzo, las direcciones provinciales de educación velarán por el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos en la citada Orden por parte de los beneficiarios, durante todo el período en el que se enmarca el permiso parcialmente retribuido.

Quinto.– Cargo unipersonal.

Con arreglo a lo establecido en el apartado tercero.1 d) de la Orden EDU/291/2018, de 13 de marzo, los beneficiarios de esta medida que estuvieren desempeñando cargo unipersonal de gobierno en centros docentes durante el cuarto curso de aplicación de la medida, deberán presentar en el mes de julio de ese año el compromiso de abandono o no renovación del cargo directivo.

Contra la presente resolución que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo nombre de Valladolid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 8.2, 14.2 y 46 de le Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición, ante el Consejero de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Valladolid, 27 de junio de 2018.

El Director General

de Recursos Humanos, (P.D. Orden EDU/291/2018, de 13 de marzo) Fdo.: Jesús Manuel Hurtado Olea

ANEXO I

RELACIÓN DE PERMISOS PARCIALMENTE RETRIBUIDOS CONCEDIDOS, PARA EL CURSO 2018/2019, CONVOCADOS POR LA ORDEN EDU/291/2018, DE 13 DE MARZO

PROVINCIA APELLIDOS NOMBRE CUERPO DOCENTE
ÁVILA APARICIO SÁNCHEZ FRANCISCO JAVIER PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
ÁVILA DUQUE TORRES ALICIA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
ÁVILA MATEOS SESMA MARÍA EVA MAESTROS
ÁVILA PARDOS ANDALUZ IGNACIO PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
ÁVILA PASCUAL PAREJA ANTONIO PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
ÁVILA RODRÍGUEZ TORRENS ELISA MAESTROS
ÁVILA TOLEDANO MARUGÁN MARÍA PALOMA PROFESORES DE ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS
ÁVILA VALIÑO CASTRO LUIS MIGUEL PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
BURGOS ÁLVAREZ SABANDO MARÍA GLORIA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
BURGOS CAMPO BLANCO BEATRIZ DEL MAESTROS
BURGOS CARAMANZANA REY MARÍA ELENA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
BURGOS CRESPO IBÁÑEZ DIEGO PROFESORES DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS
BURGOS DIEGO RINCÓN MARÍA TERESA DE MAESTROS
BURGOS DOMINGO HERNÁNDEZ MARTA BELÉN PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
BURGOS GAGO FERNÁNDEZ MARÍA ISABEL MAESTROS
BURGOS GARCÍA FUERTES AMALIA MAGDALENA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
BURGOS GARCÍA PÉREZ ARACELI MAESTROS
BURGOS GONZÁLEZ GALLEGO OCTAVIO MAESTROS
BURGOS MATÉ VARONA MARÍA ISABEL MAESTROS
BURGOS MEDINA GONZÁLEZ BEATRIZ MAESTROS
BURGOS MOLINA SÁEZ MARÍA ISABEL MAESTROS
BURGOS ORTEGA GARCÍA ANA MAESTROS
BURGOS OTERO PÉREZ RAQUEL MAESTROS
BURGOS RETAMERO SANTAMARÍA ADOLFO PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
BURGOS RUIZ MORAL ROCÍO MAESTROS
BURGOS SAÍZ IBÁÑEZ MARÍA JESÚS MAESTROS
BURGOS SALCEDO MUÑOZ ALFREDO PROFESORES DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS
BURGOS SÁNCHEZ CARBALLO MARÍA ISABEL PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
BURGOS SICILIA SEDANO MARÍA DEL MAR MAESTROS
BURGOS TAMAYO MARTÍNEZ ANA MARÍA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
BURGOS VAQUERO PARA LUIS ALBERTO PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
BURGOS VELASCO PURAS MARÍA TERESA MAESTROS
LEÓN ÁLVAREZ MANZANEDO MARÍA ÁNGELES PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
LEÓN ÁLVAREZ MARTÍNEZ ADOLFO PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
LEÓN CARPINTERO BLANCO JAVIER PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
LEÓN DÍEZ RODRÍGUEZ MARÍA JESÚS MAESTROS
LEÓN GALIANA JIMÉNEZ MARTA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
LEÓN GIL TEJEDOR MARÍA ISABEL MAESTROS
LEÓN GONZÁLEZ ALONSO ELENA PROFESORES DE ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS
LEÓN GONZÁLEZ BARAJA MARÍA DE LAS MERCEDES PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
LEÓN HERRERO VALÍN JESÚS PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL
LEÓN HUERGA ALONSO RAFAEL PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
LEÓN MORÁN MARTÍNEZ LAURA MAESTROS
LEÓN PASTRANA SANTAMARTA TOMASA PILAR PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
LEÓN RIVAS SÁNCHEZ JAVIER MAESTROS
LEÓN RODRÍGUEZ GARCÍA SOLEDAD PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL
LEÓN RODRÍGUEZ PRADA MANUEL MAESTROS
LEÓN SAHELICES FERNÁNDEZ MARGARITA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
LEÓN SANZ MOLINERO ELENA MAESTROS
LEÓN SUÁREZ PERERA BLANCA MARÍA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
LEÓN YUDEGO FERNÁNDEZ MARTA MAESTROS
LEÓN YUGUEROS ANTA NURIA MAESTROS
PALENCIA ABAD VALENCIA MARÍA DE LAS NIEVES MAESTROS
PALENCIA ALBA OLIVA MARÍA MAESTROS
PALENCIA GARCÍA GARCÍA JUAN JOSÉ MAESTROS
PALENCIA GUTIÉRREZ RIVERA ROBERTO MAESTROS
PALENCIA GUTIÉRREZ VEGA COVADONGA MAESTROS
PALENCIA LLANOS MARTÍN CONCEPCIÓN PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
PALENCIA MARTÍN RUIZ EDUARDO JOSÉ MAESTROS
PALENCIA RODRIGO CALABIA VIRGINIA INGRID PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
PALENCIA VELASCO GARCÍA PILAR MAESTROS
PALENCIA VILLÁN MARCOS ELENA MAESTROS
PALENCIA VIUDA RIPA MARÍA NURIA DE LA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SALAMANCA ALEGRE LÓPEZ MARÍA SOLEDAD PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SALAMANCA ÁVAREZ PÉREZ MARÍA TERESA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SALAMANCA BARRANQUERO MONTES MARÍA BELÉN MAESTROS
SALAMANCA BERNAL LÓPEZ ANA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SALAMANCA CABO GARCÍA MARÍA ÁNGELES DERLISA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SALAMANCA DÍEZ SEVILLANO MARÍA PURIFICACIÓN PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SALAMANCA GARCÍA-HONORATO GARCÍA EVA MARÍA MAESTROS
SALAMANCA HERNÁNDEZ ROALES MARÍA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SALAMANCA LARA MUÑOZ JAVIER PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL
SALAMANCA MAÑOSO DÍAZ MONTSERRAT MAESTROS
SALAMANCA PÉREZ MARCOS MARÍA ESTHER MAESTROS
SALAMANCA RIVERO CORIHUELA MÓNICA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SALAMANCA SÁNCHEZ MARTÍN MIRIAM PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SALAMANCA SANTOS ANTEPORTALATINA MARÍA MANUELA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SALAMANCA SANTOS ANTEPORTALATINA RAMÓN PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SALAMANCA SIERRA GARCÍA JOSÉ DOMINGO PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SEGOVIA BOYANO ANDRÉS RICARDO PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SEGOVIA GALLEGO PUEBLA RAMÓN PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SEGOVIA GÓMEZ ÁLVAREZ ISABEL MAESTROS DE TALLER
SEGOVIA GÓMEZ GIL CARLOS DAVID MAESTROS
SEGOVIA GÓMEZ VEGAS PAZ PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SEGOVIA MANSO HERRANZ MARÍA OLGA MAESTROS
SEGOVIA MARTÍN DE BENITO CONSUELO MAESTROS
SEGOVIA MARTÍN PENA JAVIER MAESTROS
SEGOVIA MAYOR ANDRÉS MARÍA CONCEPCIÓN PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SORIA GREGORIO ORTEGO MARÍA DE MAESTROS
SORIA LACASTA PRIMICIA JUAN CARLOS PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SORIA MARTÍN IZQUIERDO MARÍA BEGOÑA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SORIA MARTÍNEZ BALLANO MARÍA ESTELA MAESTROS
SORIA MARTÍNEZ PEÑA JULIA ISABEL MAESTROS
SORIA MORALES ARAGONÉS JUAN LUIS PROFESORES DE ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS
SORIA ROMERO PASCUAL MIRIAM MAESTROS
SORIA SORIA RAMAS GEMA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
VALLADOLID CASTRO HUERGA MIRIAM PROFESORES DE ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS
VALLADOLID DURÁN GUTIÉRREZ MARÍA DEL MAR PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
VALLADOLID FRAILE VALLES MARÍA NIEVES MAESTROS
VALLADOLID GANDARILLAS GRANDE ANTONIO M. MAESTROS
VALLADOLID GORJÓN BARRUECO JOSEFA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
VALLADOLID HERNÁNDEZ GARCÍA RODRIGO MAESTROS
VALLADOLID HERNANDO GONZÁLEZ MIRIAM MAESTROS
VALLADOLID IGLESIAS FERNÁNDEZ MIGUEL ÁNGEL PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
VALLADOLID JUÁREZ PÉREZ INMACULADA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
VALLADOLID LASO PARGA IGNACIO PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
VALLADOLID MADRID CENALMOR YOLANDA MAESTROS
VALLADOLID MARTÍN HERNÁNDEZ JOSÉ MARÍA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
VALLADOLID MARTÍNEZ LÓPEZ ALMUDENA MAESTROS
VALLADOLID NIETO ACEBES MARÍA DOLORES PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
VALLADOLID NUEVO ESTEBAN MARÍA ENCARNACIÓN PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
VALLADOLID PÉREZ PAREDES JORGE MAESTROS
VALLADOLID PÉREZ SERRANO MIGUEL ÁNGEL PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL
VALLADOLID RENGEL CORRAL MARÍA MANUELA MAESTROS
VALLADOLID RODRÍGUEZ MARTÍNEZ AMELIA MAESTROS
VALLADOLID ROSA SANZ ÁNGEL MAESTROS
VALLADOLID RUIZ HERRERA MÁXIMO PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
VALLADOLID SÁNCHEZ VALLES SILVIA MAESTROS
VALLADOLID TERRADO MARTÍNEZ CARLOS PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
VALLADOLID YUSTE YUSTA MARÍA LUISA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
ZAMORA FERNÁNDEZ ALIJAS DANIEL MAESTROS
ZAMORA FERNÁNDEZ FUERTES MARÍA ISABEL CAMINO MAESTROS
ZAMORA RODRÍGUEZ COTRINA LUIS MAESTROS
ZAMORA RODRÍGUEZ MANZANO ISRAEL MAESTROS

ANEXO II

RELACIÓN DE PERMISOS PARCIALMENTE RETRIBUIDOS DESESTIMADOS, PARA EL CURSO 2018/2019, CONVOCADOS POR LA ORDEN EDU/291/2018, DE 13 DE MARZO

PROVINCIA APELLIDOS NOMBRE CUERPO DOCENTE OBSERVACIONES
ÁVILA GONZÁLEZ SÁNCHEZ MARÍA EUGENIA MAESTROS No cumple el requisito del apartado tercero, punto 1.a), de la convocatoria.
PALENCIA CALLE DÍAZ ÁNGEL MAESTROS No cumple el requisito del apartado tercero, punto 1.a), de la convocatoria.
SORIA SANZ GARCÍA JUANA MARÍA MAESTROS No cumple el requisito del apartado tercero, punto 1.e), de la convocatoria.

CONVOCATORIA:

La  Documento PDF Orden EDU/291/2018, de 13 de marzo (599.9 KB) (9 páginas)  (BOCYL de 22-mar-2018), convocan, para el curso escolar 2018/2019, permisos parcialmente retribuidos para los funcionarios de carrera que imparten enseñanzas no universitarias en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, y se delega la competencia para su resolución, así como para la revocación y aceptación de la renuncia, a los permisos concedidos.

Plazo de presentación de solicitudes: Del 23 de marzo al 8 de mayo de 2018 (ambos incluidos).

Solicitud de permiso parcialmente retribuido:

Las solicitudes pueden presentarse de manera presencial cumplimentando el siguiente modelo de solicitud:  Documento PDF Anexo (80.3 KB) (1 página) 

O bien de forma electrónica en el siguiente enlace:

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Características y condiciones del permiso (ver Apartado Segundo de la Orden):

  • Se convoca, para el curso escolar 2018/2019, la concesión de 200 permisos parcialmente retribuidos .

  • Se enmarca en un período de cinco cursos escolares consecutivos, en los que durante los cuatro primeros cursos los beneficiarios prestarán los servicios correspondientes a jornada completa, impartiendo docencia directa en los centros y sin perjuicio de los supuestos de compatibilidad previstos en el apartado noveno, en tanto que en el quinto curso disfrutarán del permiso. En ningún caso el período de duración de esta medida podrá superar los cinco cursos.
    El disfrute del permiso durante el último curso escolar no podrá ser interrumpido, fraccionado o aplazado.

  • Durante los cinco cursos escolares el funcionario percibirá el ochenta y cinco por ciento de las retribuciones que le corresponderían por el desempeño de sus funciones.

  • El periodo de permiso será computable a efectos de antigüedad y derechos pasivos.

  • El periodo de cinco años comenzará al inicio del curso escolar 2018/2019 .

Requisitos (Ver apartado Tercero de la Orden):

a) Ser funcionario de carrera, en situación de servicio activo, de cualquiera de los cuerpos docentes que imparten enseñanzas escolares en los centros públicos no universitarios dependientes, orgánica y funcionalmente, del ámbito de gestión de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León, con al menos siete años de antigüedad.

b) Impartir docencia directa en dichos centros, durante los primeros cuatro cursos de los que consta el permiso.

c) No estar incurso en la tramitación de un expediente disciplinario por falta grave o muy grave, o cumpliendo sanción con motivo del mismo, ni haber sido sancionado por falta grave o muy grave en los siete últimos años.

d) No desempeñar cargo unipersonal de gobierno durante el último curso del permiso, exigiéndose un compromiso de abandono o no renovación del cargo directivo en el mes de julio del año anterior al de disfrute del permiso.

e) No tener cumplidos cincuenta y cinco años o más a 31 de agosto de 2018.

f) No estar incurso en la tramitación de un expediente de incapacidad.

Los requisitos indicados en las letras a), c) y f) del punto 1 deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el tiempo que dure el permiso.

STECyL-i

STECyL-i valora positivamente la aceptación entre el profesorado de la Comunidad de esta modalidad de permiso que hace compatible el disfrute de un permiso para los docentes y el reparto de empleo.

En la última convocatoria sobre 118 solicitudes presentadas, se han estimado 39 en el cuerpo de maestros y 74 de los cuerpos de secundaria. Se desestiman  cinco por no cumplir alguno de los requisitos, años de servicio, por lo que se conceden 113. Con esta última convocatoria de este permiso, son ya 1.110  los permisos concedidos: en el cuerpo de maestros 391 y en los cuerpos de secundaria 719. Como curiosidad informamos de que, a lo largo de estas ya 12 convocatorias, cerca de cien personas han repetido solicitud.

Desde STECyL-i hemos venido insistiendo en plantear algunas mejoras a esta convocatoria que nacía en noviembre de 2006 para el curso 2007/2008. Nos referimos a modificaciones en materia de compatibilidad y en materia de flexibilidad en el curso del disfrute (en vez del quinto curso, pudiera hacerse desde el tercero, por ejemplo). Entendemos que ello evitaría algunas renuncias y revocaciones que se producen. De momento la Consejería de Educación no ha accedido a nuestras peticiones, por lo que volveremos a proponer en la Mesa Sectorial mejoras negociadas a esta modalidad de permiso ya asentada y que tiene tan buena aceptación entre el profesorado de nuestra Comunidad.

El Permiso Parcialmente retribuido (Año sabático) es uno de los logros del Acuerdo de mejora de las condiciones laborales y profesionales del personal docente, de 19 de mayo de 2006, impulsado por STEs y firmado por todos los sindicatos docentes en la Mesa Sectorial de Educación de Castilla y León. Se trata de un tipo de permiso que se convoca cada curso escolar desde el 2007/2008 y al que puede acogerse con carácter voluntario el profesorado de los centros públicos de Infantil, Primaria y Secundaria de nuestra región.

Cuando los STEs impulsaron esta medida el objetivo de esa reivindicación era (y es) contribuir a la mejora de las condiciones laborales y de salud del profesorado (oxigenación frente al agotamiento emocional) y de la calidad de la enseñanza, a la vez que favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y fomentar el empleo en la enseñanza. El profesorado en permiso parcialmente retribuido es sustituido con lo que fomenta otros tantos contratos de vacante anual. Se puede decir que se trata de una fórmula en la línea del modelo de reparto del empleo y que no es gravosa para las arcas públicas. En una profesión con una cada vez mayor exigencia esta medida apuesta por dar pasos efectivos en la regulación de esta vieja aspiración de los docentes. Llama la atención que de los más de 1.100 solicitantes que se han acogido hasta la fecha a este permiso, dos terceras partes son de las etapas de secundaria.

¿QUÉ ES EL PERMISO PARCIALMENTE RETRIBUIDO o “AÑO SABÁTICO”?

Este permiso, denominado oficialmente “Permiso parcialmente retribuido” y conocido popularmente como “Año sabático”, se convoca anualmente (cada curso escolar) con una Orden. Su regulación  contempla el mismo modelo de permiso que el acordado otras CCAA: se enmarca en un periodo de cinco cursos escolares consecutivos; durante los cuatro primeros se trabaja a jornada completa, cobrando el 85% de la nómina y durante el quinto curso se disfruta del permiso (no se trabaja), percibiendo el mismo porcentaje. Este quinto curso de permiso cuenta como en “servicio activo”, conservando el destino definitivo y computando a efectos de antigüedad y derechos pasivos. Económicamente significa que el propio docente se financia el 60% y la Consejería aporta un 25% de las retribuciones del año sabático. En el resto de Comunidades la aportación de las respectivas Consejerías es del 20%.

Cada curso escolar se publica la Orden de Convocatoria y una Orden de resolución. En la Orden de convocatoria se recogen los requisitos, nº de permisos (hasta un máximo de 200), criterios de selección, supuestos de compatibilidad e incompatibilidad, así como los de revocación y renuncia.  La última, la Orden EDU/216/2017, de 21 de marzo por la que se convocaron para el curso escolar 2017/2018 estos permisos parcialmente retribuidos, en la que han sido estimadas 113 solicitudes, como hemos señalado.

Así se exige en esencia una antigüedad como funcionario de carrera docente de siete años, no tener cumplidos 55 años o más a 31 de agosto del curso en el que se convoca e impartir docencia directa durante los cuatro cursos previos al disfrute del año sabático. Se trata de un permiso para la libre disposición del profesor/a que se acoja a él. Su disfrute no está condicionado a la realización de tareas concretas (realización de estudios, cuidado de familiares…). Quienes se beneficien del permiso podrán libremente dedicar el tiempo a lo que deseen: ocio, viajar, trabajar en una ONG’s, leer, o estudiar, conciliar su vida familiar,… o simplemente descansar. Se podrá desistir de la solicitud hasta el momento en que se haga pública la relación de solicitantes seleccionados. La Orden establece también los supuestos de compatibilidad e incompatibilidad. Este permiso es incompatible con la reducción de jornada, con excedencias, con licencias por estudio y con la realización de cualquier actividad remunerada durante el quinto año. Así mismo se establecen los casos de revocación y renuncia. La revocación y renuncia aceptada (durante los primeros cuatro cursos) del permiso conllevará la extinción del mismo y la regularización de las retribuciones devengadas y de las consiguientes cotizaciones sociales y retenciones fiscales, desde que se inició el permiso.

Federación STECyL-i, marzo de 2018

Evolucion-Sabatico-2007-2018

Grafico-Sabatico-2007-1018

Sabatico-18-19-Distribucion

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