La falta de personal de atención directa a los alumnos merma la calidad de las políticas educativas de inclusión de la Junta
El Procurador del Común, en su resolución, concluye, como los sindicatos, que tras este problema real vuelve a estar la falta de personal.
- El Procurador del Común reclama a la Consejería nuevos protocolos y la contratación de “personal de apoyo habilitado” para atender la higiene de los alumnos.
- El Comité de Empresa del personal laboral de Educación de Valladolid denuncia que plazas previstas no se han dotado.
La política educativa de la Junta de Castilla y León en materia de inclusión está siendo cuestionada duramente en los últimos días. Los sindicatos que conforman el comité de empresa del Personal Laboral de la Junta han puesto en duda la calidad con la que se está gestionando y el Procurador del Común reclama a la Consejería nuevos protocolos y la contratación de “personal de apoyo habilitado” para atender la higiene de los alumnos.
El pasado 26 de octubre, los sindicatos emitieron un duro comunicado en el que denuncian que “el curso escolar se ha iniciado sin dotación de personal de atención directa para los alumnos de las aulas de inclusión”. “Muchas de estas aulas son de nueva creación y estaba previsto que se abrieran este curso escolar, en otras ya se tenía conocimiento de la necesidad de recursos humanos, pero no se han dotado”, señalan.
Las organizaciones sindicales que conforman el comité de empresa critican que “para cubrir la falta de contratación y dotación de recursos personales en los centros se están realizando movilidades de la plantilla, manejando al personal y a los alumnos como meras piezas de ajedrez, mermando la calidad y atención en los centros de donde son trasladados (se viste un santo para desvestir otro) y dando una respuesta poco educativa y adecuada para todo el alumnado afectado y para los trabajadores”, indican antes de poner algún ejemplo ‘sangrante’: “Tenemos constancia de que en centros con aulas de inclusión, donde acuden alumnos con necesidades especiales, éstos han tenido que cambiar hasta en siete ocasiones de personal de atención directa, con lo que conlleva para este alumnado el cambio de rutinas”.
La falta de personal también está detrás de una resolución del Procurador del Común relativa al cambio de pañal al alumnado de segundo ciclo de Educación Infantil.
En esa resolución se aborda el caso de un alumno de un Colegio Rural Agrupado de la provincia de León en relación con un alumno con cierto retraso madurativo que ha sido integrado en el programa de Atención Temprana llevado a cabo por Asprona-Bierzo. El alumno fue incorporado este curso escolar 2018/19 al segundo ciclo de Infantil en el CRA y, debido a que carece del debido control de esfínteres, así como del necesario desarrollo en el ámbito de la comunicación, que precisa el uso de pañales y el cambio de los mismos cuando es necesario.
El Procurador del Común, en su resolución, recoge que según la queja planteada “una vez iniciado el inicio del curso, se habrían producido situaciones en las que el alumno ha tenido que permanecer en el centro sin cambiar, ofreciéndose a los padres, como única solución, el desplazamiento de los mismos al centro para proceder al cambio de pañal del alumno cuando sea preciso, puesto que, según se les habría indicado, el niño no debería acudir al centro con pañal, así como que no está dentro de las competencias del personal docente el atender las necesidades de higiene de los alumnos, ni en el centro se estaba en disposición de solicitar personal de apoyo para realizar dicha tarea”.
El Procurador del Común, en su resolución, concluye, como los sindicatos, que tras este problema real vuelve a estar la falta de personal.
En concreto, el Procurador del Común, Tomás Quintana López, reclama que no se retrasen las evaluaciones psicopedagógicas de este tipo de alumnado, que los centros establezcan protocolos de actuación para estas situaciones, ya que entiende que “entre las funciones del profesorado no se incluye el cambio de pañales y vestido de modo habitual” y que para que los citados protocolos propuestos sean efectivos “sería preciso que, para la etapa de Educación Infantil se dispusiera de personal de apoyo habilitado para realizar dicho cometido”.
En la plataforma Change.org se ha habilitado una campaña de recogida de firmas que en 4 días ha recopilado más de 600 firmas: «Ni una llamada más a los padres para cambiar a los niños de 3 años en el colegio».
«¿Quien tendría que cambiar a los niños cuando se hacen pis en el colegio? Es la pregunta del millón que año tras año nadie es capaz de responder, y mientras madres y padres como yo nos vemos forzados a salir del trabajo para cambiarlos. Claro, que hasta que llegamos, los niños se mantienen sucios, con la caca y el pis, encima. No entiendo cómo en el año 2018 esto sigue pasando. No entiendo cómo es posible que no se atienda las necesidades fisiológicas de los niñs en un centro escolar, ¡¡Estamos hablando de niñ@s que en algunos casos aún no han cumplido ni los tres años!! No comprendo éste vació normativo, cómo es posible que no exista personal de apoyo para esta primera etapa educativa», denuncia la promotora de la iniciativa, Ana Rayaces.
Esta claro que un cambio de pañal no es lo mismo que atender a un alumno con una gran discapacidad, como por ejemplo un autismo, pero detrás de estas situaciones que ahora se denuncian se encuentra el mismo problema: la falta de personal para atender estas necesidades que deben ser cubiertas en la educación pública.
El Procurador del Común envía el 30 de octubre de 2018 una resolución a la Consejería de la Presidencia de la Junta de Castilla y León.
- Que, dado que el alumnado con posibles necesidades educativas especiales han de recibir la debida atención educativa lo más tempranamente posible, la evaluación psicopedagógica llamada a concretar los apoyos con los que debe contar ese alumnado no puede demorarse una vez iniciado el curso escolar más de lo estrictamente necesario.
- En consideración a lo anterior, se debe concluir, con la menor demora posible, si no se ha concluido ya, la evaluación psicopedagógica del alumno M.C.G., con el fin de facilitarle los apoyos que precise.
- Que, bien desde la propia Consejería de Educación respetando el principio de autonomía de los centros educativos, o bien por parte de los distintos centros educativos, según las instrucciones dadas por dicha Consejería a esos efectos, se concreten los protocolos de actuación para atender la higiene de los alumnos de Educación Infantil mientras permanecen en los centros educativos. Esta medida estaría destinada a lograr una mayor seguridad a la hora de interpretar el papel del profesorado en el mantenimiento de la higiene de los alumnos con relación al currículo de la etapa de Educación Infantil, entendiendo que las funciones de dicho profesorado no incluyen el cambio de pañales y vestido de modo habitual, y que los padres y tutores de los alumnos tienen un deber de implicación en todos los aspectos del ámbito educativo, para evitar situaciones en las que los menores pudieran permanecer en condiciones higiénicas inadecuadas en los centros escolares.
- Que dichos protocolos puedan dar respuesta a los supuestos en los que los padres y tutores no siempre tienen disponibilidad para acudir a los centros educativos cuando son requeridos para atender la higiene de sus hijos o pupilos, ya sea por motivos laborales o de cualquier otra índole, a cuyos efectos sería preciso que, para la etapa de Educación Infantil, se dispusiera de personal de apoyo habilitado para realizar dicho cometido.