Se ha presentado la nueva Ley Orgánica del Sistema Universitario -LOSU- por el que se regirán las universidades españolas

El ministro de Universidades, Joan Subirats, y el secretario general, José Manuel Pingarrón, han presentado en rueda de prensa el nuevo documento de la Ley Orgánica del Sistema Universitario. #LOSU.

Joan-Subirats

Tras meses de trabajo, múltiples reuniones e incluso un cambio de ministro, este lunes 9 de mayo se ha presentado la nueva Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU). Presentación que ha corrido a cargo del actual ministro de Universidades, Joan Subirats, acompañado del secretario general de Universidades, José Manuel Pingarrón, quienes han dado a conocer ante los medios de comunicación el nuevo documento con el que se regirán a partir de ahora las universidades españolas.

Un texto que, como apuntan desde el Ministerio, es el resultado de un proceso de escucha con representantes de todas las universidades públicas españolas, ya sean sus rectores o rectoras, como sus equipos, así como representantes del PAS y PDI, y con otros actores de la comunidad universitaria como sindicatos, estudiantado, las Defensorías Universitarias, los y las jóvenes investigadores, la red de bibliotecas, las gerencias de las universidades, consejos sociales, Federación Española de Municipios y Provincias o a los agentes del diálogo social, entre otros. De este modo, “la LOSU ofrece al sistema universitario las herramientas para adaptarse, y rápido, a los cambios sociales y económicos que se están produciendo”, ha afirmado el ministro.

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Modelo de Financiación según la Ley Orgánica del Sistema Universitario

  • La nueva Ley Orgánica del Sistema Universitario plantea el compromiso de un gasto del 1% del PIB. Esto supone un avance en relación a los datos actuales de gasto que rondan el 0,7% de media del PIB después de una década en que las universidades se han visto afectadas por los recortes y políticas de austeridad producidas por la anterior crisis económica de 2008.
  • Este aumento va en la línea de lo ya acordado en la LOMLOE de un 5% del PIB de gasto en educación o el 1,25% que plantea la nueva Ley de Ciencia que está tramitándose en el Congreso de los Diputados. “No podemos pedirles esfuerzos a las universidades si no van acompañadas de financiación”, ha afirmado el ministro en este aspecto.

Reducir la precariedad: un objetivo prioritario

  • El nuevo documento plantea también numerosas medidas para la reducción de la precariedad en el conjunto del sistema universitario, de forma que las universidades puedan abordar con garantías los retos que se avecinan de cara al futuro.

Entre esas medidas se encuentran:

  • Reducción de la temporalidad. El profesorado con contrato laboral temporal no podrá superar el 20% en efectivos de la plantilla de personal docente e investigador.
  • Vías de entrada a la carrera académica para el profesorado que lleva años contratado bajo figuras no adecuadas (asociado, visitante u otras) y que han precarizado sus condiciones laborales haciendo real una reserva de plaza de hasta un 15%.
  • Recuperación del valor original de la figura de profesor/a Asociado, que aportarán sus conocimientos en aquellas materias en las que su experiencia profesional resulte relevante, con un máximo de 120 horas lectivas.
  • Incorporando la figura del profesorado Sustituto cuya finalidad exclusiva es la de sustituir al PDI con derecho a reserva de puesto de trabajo que suspenda temporalmente sus servicios. De esta manera, se evita que las universidades se vean obligadas a recurrir a otras figuras, como la del Asociado.

Formación a lo largo de la vida, una conexión universidad-sociedad

  • Entre los principales cambios introducidos por el ministro Subirats en la Ley Orgánica del Sistema Universitario se encuentra lo relativo a la formación a lo largo de la vida, es decir, hacer que las universidades estén dirigidas a todas las edades tal y como la Unión Europea y recientes estudios demográficos indican que sucederá en las próximas décadas. De esa necesidad de flexibilidad nace este paquete de medidas enfocadas a dotar a las universidades de las herramientas necesarias para los cambios sociales y económicos que se están produciendo. Así, se determina que la formación a lo largo de la vida sea una función básica de la universidad.
  • Para ello, se establecerán títulos propios de formación a lo largo de la vida mediante modalidades diversas, incluidas microcredenciales, microgrados y otros programas de corta duración y que podrán tener reconocimiento académico. Las administraciones públicas fomentarán programas de becas y ayudas a la formación a lo largo de la vida en el marco de las políticas de fomento de la movilidad internacional. “Necesitamos una universidad más flexible y adaptada a lo que demanda la ciudadanía y que sea para todas las edades”, ha indicado el ministro.

Una carrera académica más predecible, más corta, y más estable

  • La LOSU ha querido configurarse también como una herramienta que sea capaz de producir certezas y garantías entre el personal docente e investigador. Así, la carrera académica es con la LOSU más predecible y clara, con tres etapas en vez de las cuatro de la LOU; acceso, estabilización y promoción.
  • Desde el inicio los estudios de doctorado hasta la estabilización solo pasarán diez años, consiguiendo así un rejuvenecimiento de la plantilla universitaria. El acceso a la carrera se realizará con la figura del Ayudante Doctor, con un contrato de 6 años (en vez de los 5 de la LOU), eliminando la acreditación para esta figura y accediendo por concurso público. Con ello se avanza la edad de entrada y se permite también atraer talento internacional.
  • Pasados estos 6 años se podrá alcanzar la estabilización a través de las figuras de Titular de Universidad o bien de Permanente Laboral, mediante la acreditación pertinente y un concurso público.
  • También se ha querido poner énfasis en los aspectos relativos a los retornos a la sociedad incorporando nuevos principios para las evaluaciones al profesorado; éstas serán cualitativas y cuantitativas, tendrán en cuenta el acceso abierto, el impacto territorial, la pluralidad lingüística, la experiencia profesional, y las particularidades de cada disciplina académica. Además, y de cara a evitar dinámicas endogámicas, en todos los concursos públicos la universidad convocante estará en minoría y los miembros serán escogidos por sorteo.

Internacionalización

  • El Espacio Europeo de Educación Superior es uno de los planos que la Ley Orgánica del Sistema Universitario tiene presentes a lo largo de todo su articulado, siendo además el título correspondiente a la internacionalización de nuevo cuño. Gobierno, Comunidades Autónomas y universidades elaborarán estrategias para internacionalizar el sistema universitario. Las alianzas universitarias europeas, euro regionales e internacionales se refuerzan, con el impulso de títulos compartidos. Y es que “la europeización del sistema universitario no es solamente una necesidad, sino una exigencia”, ha afirmado el ministro Subirats.
  • Así, en esta ley la movilidad internacional del estudiantado, del PDI y del PAS se convierte en una prioridad. Además, se agilizan los visados por estudios para atraer talento y, al finalizar los estudios universitarios de grado, máster o posgrado, se podrá optar a un visado de dos años para hacer prácticas o trabajar.
  • Asimismo, la LOSU ha creado una nueva figura de Profesorado Distinguido, cuya función está dirigida a atraer profesorado de prestigio académico e investigador, tanto nacional como extranjero.

Gobernanza y estructuras

  • En lo relacionado con la gobernanza, el nuevo texto plantea un modelo democrático de sufragio con cuatro estructuras básicas: Claustro, Consejo de Gobierno, Consejo de Estudiantes y Consejo Social.
  • El Claustro será el órgano de máxima representación y participación de la comunidad universitaria, garantizando siempre un 25% de mínimo de representación del estudiantado; así como una representación del 51% para el personal docente e investigador. Además, se consolida el Consejo de Estudiantes en cada universidad.
  • El mandato de los titulares de órganos unipersonales será, en todos los casos, de seis años improrrogables y no renovables.
  • Las universidades tendrán autonomía para la definición de sus estatutos así como para la creación de otras estructuras en departamentos y facultades.

Derechos de la Comunidad Universitaria

  • En este sentido, la LOSU se ha concebido como una ley para ensanchar los derechos de la comunidad universitaria en su conjunto.
  • Se ha querido continuar con la senda ya iniciada por la Ley de Convivencia Universitaria, dotando así a todo el texto de un conjunto de derechos y reconocimientos a diferentes sensibilidades que hasta hoy, con la actual LOU, no eran reconocidos. Así, en materia de género, para crear una universidad, pública o privada, se deberán contar con planes de igualdad, medidas para eliminar la brecha salarial y protocolos frente a todo tipo de acoso. Por otra parte, las Unidades de Igualdad y las de Diversidad serán obligatorias y todos los órganos de las universidades y las comisiones de evaluación o selección de personal serán paritarios (mujeres y hombres).
  • Además, en los concursos se podrán aplicar acciones positivas para promocionar con igualdad de méritos al sexo menor representado.

Discapacidad

  • En lo relativo a las cuestiones de discapacidad, las unidades de diversidad deberán contar con un servicio de atención a la discapacidad y disponer de un plan de inclusión y no discriminación por motivos de discapacidad, origen étnico y nacional, orientación sexual e identidad de género, y por cualquier otra condición social o personal. Se establece también un cupo de reserva para personas con discapacidad en las ofertas de empleo público, las universidades deberán facilitar la lengua de signos así como fomentar estudios propios adaptados a personas con discapacidad intelectual u de otra índole.

Estudiantado

  • La Ley Orgánica del Sistema Universitario, como apuntan desde el Ministerio, es una ley pensada para los y las estudiantes, tengan la edad que tengan, y aporta en su redacción las garantías para que así sea. Es por ello que la vida universitaria y la calidad de la docencia han sido dos elementos clave de los derechos del estudiantado, y así se ve reflejado en este nuevo documento de la LOSU.
  • Su participación en los órganos de gobierno de la universidad como el claustro o los consejos de facultad o departamento alcanza en la LOSU un mínimo del 25%, cuando en la actual Ley Orgánica de Universidades (LOU) no se asegura ningún porcentaje.

La nueva ley de Universidades permitirá un 20% de trabajadores temporales, la mitad que ahora

  • Subirats presenta su versión de la LOSU, que simplifica la carrera para hacerla “predecible”, establece una inversión del 1% del PIB y obligará a los nuevos profesores a formarse en docencia

Joan-Subirats

A los 140 días de desembarcar en el Ministerio de Universidades, Joan Subirats ya tiene su versión de la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU). El ministro ha presentado este lunes el borrador del texto, que espera llevar al Consejo de Ministros en las próximas semanas y al Congreso antes del verano.

La norma, siguiendo la línea que estableció Manuel Castells, pretende atajar la precariedad y temporalidad en las universidades, simplificar la carrera docente y hacerla predecible, aumentar la financiación de los centros (“no han recuperado el nivel de 2009”, ha advertido el ministro), aspira a cambiar la relación del estudiantado con los campus a través de las microformaciones breves y la formación a lo largo de la vida y otorga más derechos a los alumnos, como el derecho a paro o tener voz en las guías docentes. También mantiene las medidas feministas que incluyó su predecesor en el texto, como las medidas de acción positiva para el sexo menos representado en ciertos ámbitos si se dan determinadas circunstancias (sexo menos representado que también pueden ser varones).

Además, se introducen novedades en la ley en cuanto a la elección del rector. O más bien se quitan requisitos. Tras dar varios tumbos en las primeras versiones del borrador de Castells, Subirats ha optado por dejar la cuestión en manos de las universidades. Han desparecido de la ley los requisitos que fijaban anteriores textos –como la acumulación de sexenios de investigación o quinquenios docentes– y ya la única certeza común es que ha de ser un funcionario de amplia experiencia. Las condiciones específicas las decidirán los claustros universitarios, ha informado el ministro.

Además, Subirats ha recordado que la ley establece una financiación del 1% del PIB para el sistema universitario: “Todo esto no será posible si no conseguimos mejorar la financiación pública, que ha bajado un 20% en diez años. Es obvio que una ley que quiera ser ambiciosa o consigue mejorar la financiación o estamos pidiéndole imposibles al sistema”. En un plan que proviene de la Lomloe (la ley de Educación) el Gobierno tiene que negociar con las Comunidades Autónoma un pacto de estado para aumentar la financiación global educativa al 5% del PIB. El 20% de ese 5% (o sea el 1% del PIB) se dedicará a la educación superior universitaria. La ley da este decenio para alcanzar la cuota del 5%.

Se incumple la ley

El ministro ha explicado en rueda de prensa que la Universidad tiene un problema con la temporalidad y la precariedad en sus plantillas. En cuanto a la primera, la actual ley permite un 40% de trabajadores temporales, cifra que las universidades ni siquiera cumplen. La LOSU rebaja esa cifra al 20%, ha explicado Subirats, dato que no incluye a los contratados doctores ni a los predoctorales. El problema con esta propuesta es que las responsables de velar por el cumplimiento de este máximo son las comunidades autónomas, las mismas que no han vigilado que se cumpla el actual del 40%. El ministerio tiene fe en que ahora lo hagan.

La precariedad tiene su cara en el profesorado asociado, disparado desde la anterior crisis y utilizado para sostener la docencia en muchos campus, una labor para la que no está pensada esta figura. Universidades quiere que estos profesores –profesionales destacados en sus campos que imparten docencia asociada a su especialidad, en teoría– recuperen “el sentido primigenio” que tenía esta figura, ha explicado el ministro. Se hará, por ejemplo, limitando su docencia a 120 horas anuales (ahora dan hasta 180) y, según han explicado fuentes del ministerio, intentando que ejerzan allí donde pueden aportar valor añadido: en los cursos más altos. Para estas figuras temporales que llevan años en la Universidad, en muchos casos fuera de la ley, se reserva un 15% de las futuras plazas que se convoquen.

La propuesta de ley pretende diseñar ahora una carrera universitaria “predecible”, en palabras del secretario de Estado de Universidades, José Manuel Pingarrón, que dure un máximo de diez años hasta la estabilización. La idea es que la evolución profesional empiece con un contrato predoctoral (en cualquiera de sus formas) de cuatro años para realizar la tesis, continúe con un contrato de ayudante doctor de seis (que será evaluado a la mitad) y de ahí se pase, acreditación mediante pero de una manera muy “mecánica”, a un contrato indefinido, sea como funcionario o como personal laboral, otra de las novedades que incluye esta ley, en este caso desde la primera versión de Castells.

El ministerio defiende que las figuras laborales ya existen en la forma de contratados doctores, pero que existe “confusión” en cuanto a su rol. La nueva LOSU pretende despejar el panorama y establecer que tendrán exactamente los mismos derechos y obligaciones que sus pares funcionarios equivalentes (sean profesores o catedráticos). La ley no impone la creación de estas figuras, sin embargo; quedan en manos de las comunidades desarrollarlas o no.

“Estas medidas rejuvenecerán las plantillas”, ha destacado Pingarrón. Actualmente, los ayudantes doctores –una figura que teóricamente es de acceso a la Universidad– rondan los 40 años y la edad de estabilización está en torno a los 45. En ocho años, ilustra el ministerio el problema del envejecimiento, se jubilan algo más de la mitad de todos los profesores permanentes.

Llegan las microformaciones

También hay novedades en el texto para el estudiantado, al que Subirats ha asegurado que se le reconocerán más derechos. Entre estos aparece blindado en la ley su el derecho a los paros académicos (la versión estudiantil de la huelga, que no pueden hacer porque no son trabajadores) o su opinión “vinculante” a la hora de participar en la elaboración de las guías docentes, entre otros. El Ministerio ha aclarado por la tarde que esto no significa que vayan a influir en la aplicación de los exámenes o su diseño.

La norma pretende también cambiar la relación del estudiantado con los campus. Por un lado, el ministerio quiere hacer de las universidades espacios para toda la vida. “Tenemos que superar la idea de que una vez has estudiado vas a vivir toda la vida de eso. La Universidad hay que conseguir situarla en esa idea de que es para todas las edades. Ahora solo el 6% de todo el estudiantado tiene más de 30 años, entre grado y posgrado. Hay abordar el reto de llegar a la mayor parte de la población posible”, ha explicado Subirats.

Para ello, la LOSU introduce las microformaciones. A falta de una mayor definición –esta versión de la ley, en general, es menos cerrada que la de Castells y buena parte de su desarrollo queda pendiente de los decretos que vendrán detrás–, serán pequeños cursos de una duración de cuatro o seis meses que podrán hacer graduados o profesionales que demuestren los conocimientos necesarios para suplir el título universitario requerido. Esta idea se alinea con el objetivo presentado en el Plan 2050 de la Oficina Prospectiva de Moncloa.

Además, Subirats quiere que las alma máter “cuiden especialmente” a sus alumni, los antiguos graduados. Para ellos, ha explicado, habrá “procesos de actualización de las carreras universitarias que se pueden ir incorporando. La idea es que las universidades den prioridad a los estudiantes para actualizar sus estudios”, ha explicado el ministro. “Hay un claro desajuste entre las necesidades formativas y de actualización de la sociedad y una cierta estructura rígida de las formaciones”, ha comentado Subirats con carácter general.

El ministro también ha abierto la puerta a la realización de los polémicos grados de tres años con másteres de dos, concepto que introdujo el espacio superior europeo universitario y que ha sido recurrentemente rechazado por los estudiantes, que habían logrado una moratoria en su aplicación. Ahora, la nueva ley contempla estos grados cortos para proyectos de alianzas europeas entre universidades.

En lo que el ministro ha vendido como una medida en favor del estudiantado, el ministro ha recordado que la norma incluye la obligación para todo el profesorado de primer año de realizar un curso docente, una medida que se justificó en el momento en el que se presentó porque la docencia universitaria es la única que no evalúa si sus profesores saben dar clase o no. A este respecto también se le da una vuelta a las evaluaciones que realizan los estudiantes de sus profesores. Actualmente no sirve para nada, ha reconocido el ministro. A partir de la aprobación de la ley el estudiantado podrá “hacer los seguimientos de estos procesos”, ha explicado Subirats.

La Ley de Universidades reconocerá por primera vez el derecho a la huelga de los estudiantes

  • El ministro Subirats incluye en el borrador del texto, que está personalizando tras heredarlo de Castells, el reconocimiento al paro académico, una reivindicación histórica del estudiantado

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El estudiantado universitario tendrá por primera vez derecho a su versión de la huelga. La Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) va a incluir en su articulado el reconocimiento al paro académico como derecho subjetivo del estudiantado, según ha podido saber este periódico y confirma el Ministerio de Universidades. La medida no estaba incluida hasta ahora entre los derechos de los universitarios, que la hacen de facto y sin respaldo legal y se arriesgan a sanciones en los centros que no lo tienen reconocido en su normativa interna, que los hay.

“El reconocimiento de un derecho es un cambio de paradigma grande”, explican fuentes del Ministerio de Universidades, que destacan además que así se da respuesta a una reivindicación histórica del estudiantado. Los estudiantes han recibido la noticia con satisfacción. “Era una reivindicación histórica para garantizar nuestros derechos”, valora Nicolás Hernández, presidente de la Coordinadora de Representantes de Estudiantes de Universidades Públicas (Creup).

“Se garantiza con esto tanto el derecho a parar como el de asistir a clase. Éramos uno de los pocos colectivos que no tenían reconocido el derecho a reivindicar sin sufrir consecuencias”, cuenta.

Aunque no es muy habitual, explica Hernández, en algunas situaciones los estudiantes han visto cómo se les ponían pruebas en jornadas de protestas o se les apuntaban faltas injustificadas “que te pueden acabar costando una asignatura”, explica. Cuando se apruebe la ley, estas prácticas quedarán prohibidas, a falta de ver la concreción del articulado.

La medida supone un avance en la democratización de la Universidad y se suma en esta línea a otras como la actualización de la Ley de Convivencia Universitaria, que databa de la época franquista, y fue aprobada definitivamente el pasado febrero. En el caso de esta norma, la primera versión del texto contaba con el respaldo de los rectores a través de la Crue y del estudiantado mediante sus organismos de representación, pero algunas enmiendas aprobadas durante el trámite parlamentario alejaron a estos actores del acuerdo y finalmente salió adelante sin su apoyo.

Reconocer por ley el derecho al paro académico –el derecho a huelga como tal no existe propiamente para universitarios– “es un derecho relevante para el estudiantado, en la medida en que potencia el ejercicio efectivo de la libertad de expresión, y de los derechos de reunión y asociación en el ámbito universitario; su reconocimiento y desarrollo deben fundarse en los principios democráticos de convivencia, la autonomía universitaria y el respeto a los derechos fundamentales”, explican fuentes universitarias.

El derecho al paro académico –que deberá cumplir una serie de requisitos, como que sea convocado por el órgano de representación estudiantil legitimado, preaviso, formalización de las reivindicaciones, etc, similar a las huelgas– amparará la inasistencia a clase, la realización de actividades de información y difusión, de protesta o la prohibición de realizar exámenes en los días señalados.

La cuestión viene debatiéndose –y siendo exigida por el estudiantado– desde hace tiempo. En 2020, el Síndic de Greuges catalán (el defensor del pueblo) pidió que se regulara este derecho a raíz de las protestas universitarias por las sentencias de los juicios del proceso independentista catalán. Entonces, en medio de un clima de crispación en la comunidad, muchos estudiantes reivindicaron que su derecho a manifestarse fuera acompañado de medidas de flexibilización de los criterios de evaluación en sus universidades, de la obligación de asistir a las clases o participar en prácticas externas, mientras otros veían vulnerado su derecho a disfrutar la actividad académica lectiva con normalidad.

Muchas universidades tienen regulado el derecho al paro académico en sus normativas internas, pero no todas. Y si el derecho no está específicamente reconocido ejercerlo puede, sobre el papel, tener consecuencias para el estudiante que lo lleve a cabo. La Universidad de Sevilla, por ejemplo, establece que el paro puede ser parcial (solo algunas asignaturas) o total (toda la actividad docente), que deben pasar dos días desde su convocatoria hasta su inicio y que el periodo de máxima duración es de dos semanas, entre otras cuestiones.

Con esta medida, el ministro de Universidades, Joan Subirats, avanza en la personalización de la ley que anunció llevaría a cabo, tras heredar el texto de su predecesor, Manuel Castells.

El Gobierno reconocerá el derecho a la huelga de los estudiantes en la nueva ley de universidades

  • Las universidades deberán establecer mecanismos que permitan a los Consejos de Estudiantes paralizar la actividad académica, sin que ello afecte al derecho a docencia y evaluación de los alumnos.

El Gobierno introducirá el derecho al paro académico en la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU). El Ejecutivo pretende aprobar la norma en 2023 y, así, reconocer una una «reivindicación histórica» del colectivo estudiantil.

Por lo tanto, todas las universidades deberán establecer protocolos que permitan a los Consejos de Estudiantes paralizar la actividad académica, sin que ello afecte al derecho a docencia y evaluación de los alumnos.

No se penalizará faltar a clase, según CREUP y CEUNE

El ministro del ramo, Joan Subirats, ha mantenido este miércoles una reunión con la Coordinadora de Representantes de Estudiantes de Universidades Públicas (CREUP) y el Consejo de Estudiantes Universitarios del Estado (CEUNE). Las entidades han celebrado en un comunicado haber logrado «el reconocimiento del paro académico como derecho del estudiantado» y «la garantía y protección del derecho a manifestación».

Además, han señalado que «no será penalizable la falta a clase y que no podrán ponerse nuevas pruebas ni impedir este paro». «Seguiremos trabajando por mejorar la Universidad y la vida del estudiantado, día a día», han remarcado.

«Este avance supone el logro de una reivindicación histórica de la representación estudiantil que, a través de su reconocimiento en la ley, blinda el derecho a la protesta e imposibilita que el estudiantado sufra ninguna consecuencia académica por ello», han explicado. Según CREUP y CEUNE, el texto debe seguir avanzando en la participación y representación estudiantil, que «consolide su posición como parte fundamental de la Universidad».

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